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El futuro de Cataluña

Llarena niega a Sànchez la defensa de su investidura porque el mero hecho de estar en JuntsxCat “revalida su objetivo delictivo”

Jordi Sánchez, número dos de Junts per Catalunya.

Fernando Varela

No hay cambio de guión. El juez instructor de la causa contra el procés independentista, Pablo Llarena, ha vuelto a denegar a Jordi Sànchez, número dos de la candidatura de Carles Puigdemont, su petición de ser trasladado al Parlament de Cataluña y poder así defender su investidura en la sesión convocada para este viernes.

La pelota vuelve ahora al tejado del presidente del Parlament, el republicano Roger Torrent, que a las pocas hora de la decisión del Supremo anunció el aplazamiento del Pleno de investidura inicialmente convocado para este viernes.

A través de un comunicado, Torrent ha acusado al Supremo de “vulneración de derechos”. Este viernes tendrá lugar una reunión extraordinaria de la Mesa del Parlament para “dar respuesta” al Alto Tribunal.

El magistrado, que esta vez rechaza también, expresamente, la posibilidad de una investidura telemática, vuelve a fundamentar su negativa en que Sánchez, asegura, tiene intención de volver a cometer el delito de rebelión del que ha sido acusado, objetivo que deduce de que el expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) haya “revalidado su objetivo delictivo integrándose en una candidatura [Junts per Catalunya] que proclama precisamente continuar ejerciendo el método de actuación que se enjuicia”.

Su candidatura a la Presidencia de la Generalitat —impulsada por la mayoría de los diputados del Parlament— contiene “elementos” que el juez no precisa pero que, según su criterio, “apuntan marcada y racionalmente, a que su eventual mandato pueda orientarse hacia el quebranto del orden constitucional”.

Existe el riesgo, añade, de que Sánchez lleve a cabo una hipotética “transgresión” con “profundo quebranto de las mismas normas prohibitivas penales que han justificado” la causa contra él.

Como en otras ocasiones, el juez insiste en la existencia de “indicios”, que tampoco precisa, “de que el ataque al orden constitucional puede estar en desarrollo, por más que se encuentre actualmente paralizado y en posible espera de un relevo en sus protagonistas”.

De nuevo, el “contexto político”

Sigue habiendo, subraya, “un contexto político en el que concurren todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse la independencia de Cataluña de manera inmediata” y mediante mecanismos contrarios a la ley. Sectores que, además, “se ajustan a un plan de secesión que contempla abordar ilegalmente una legislatura constituyente”.

Ninguno de estos riesgos, concluye Pablo Llarena, se pueden limitar con medidas de libertad, de conducción policial hasta el Parlament o de intervención en la sesión de investidura mediante mecanismos telemáticos.

Llarena descarta cambiar de criterio basándose, como pedía la defensa y reclaman las formaciones independentistas, en que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas haya hecho un llamamiento para que sean respetados los derechos políticos del candidato. En su opinión, debe seguir prevaleciendo la protección de los derechos políticos que “pueden verse afectados” si Sànchez vuelve a tratar de conseguir la independencia de Cataluña por medios ilegales y violentos.

Ese llamamiento, sostiene el juez, no “supone una indicación concreta” ni puede nunca “ser vinculante”. De hecho, subraya Llarena, “ni siquiera osa sugerir” que la tutela cautelar de los derechos políticos de Sánchez deba pasar por posibilitar “que pueda producirse su eventual nombramiento como presidente de la Generalitat de Cataluña”.

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El interés en evitar “daños irreparables” en los derechos políticos del candidato a la investidura no implica, según el Supremo, que “ineludiblemente deba autorizarse” su ejercicio completo ni que deba renunciarse a evaluar si pueden “arrastrar consigo la negación parcial” de los derechos políticos “del resto de la comunidad que sean dignos de protección preferente”.

Según el juez, privar a Sánchez de la “posibilidad de acudir a la sesión del Parlamento convocada para pretender su propia investidura” es una decisión “resulta plenamente justificada” para evitar “las graves consecuencias” que en su opinión tendría “su reincidencia”, así como la “marcada probabilidad” de que vuelva a intentar conseguir la independencia de Cataluña por medios ilegales si consiguiese ser elegido president.

Jordi Sànchez lleva 176 días encarcelado en la prisión madrileña de Soto del Real y sigue siendo diputado del Parlament de Cataluña. El 23 de marzo fue procesado por rebelión después de que el juez Llarena llegara a la conclusión de que  utilizó su responsabilidad como presidente de  ANC para movilizar a cientos de miles de seguidores e impulsar “una masa de fuerza” que hiciera frente a la obligación policial de impedir el referéndum ilegal. El juez le atribuye además una parte de la responsabilidad en las concentraciones del 20 de septiembre que sitiaron a la Guardia Civil y a una delegación judicial que ese día registraba la Consellería de Economía.

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