La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de "falta de transparencia" a los consumidores, cuando no se les haya dado información suficiente. El tribunal ha estimado parcialmente un recurso de casación en el que se planteaba un asunto sobre este umbral mínimo de los tipos de interés en las hipotecas.
En un comunicado, el Supremo aclara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas, al tiempo que razona que esta decisión tampoco significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.
Una vez que se redacte por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.
Las cláusula de suelo imponen al tomador de la hipoteca el pago de un tipo interés mínimo, incluso si el precio real del dinero más el margen que exige el banco se sitúa por debajo de ese umbral.
Casi cuatro millones de créditos para comprar vivienda incluyen en España este tipo de condiciones, que reportan a las entidades financieras entre 3.500 y 7.000 millones de euros cada año. Se aplican de acuerdo con la evolución del euríbor.
Audiencia de Sevilla
El Supremo ha fallado a favor del recurso que presentó en su día la asociación de usuarios bancarios Ausbanc contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que consideró legal fijar un interés mínimo a un crédito hipotecario.
La resolución, de octubre de 2011, avalaba las cláusulas suelo, que impiden a los usuarios beneficiarse de los bajos tipos de interés, porque su aceptación es "libre y voluntaria". Entonces el tribunal revocó una sentencia anterior del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla que anuló cláusulas suelo de BBVA, Novacaixagalicia y Cajamar por "abusivas".
La Audiencia Provincial de Sevilla, por el contrario, argumentó que las hipotecas de estas tres entidades "en ocasiones contienen los pactos de limitación de interés y en otras no", lo que descartaba, a su juicio, que las cláusulas suelo vengan impuestas de antemano.
El pleno de la Sala de lo Civil continuará su reunión hasta mañana para estudiar si declara abusivas también las cláusulas techo de algunas hipotecas. También debate si los bancos son responsables de colocar inversiones de alto riesgo en clientes minoristas, como las preferentes, para las que igualmente se alega un problema de falta de información al consumidor que puede viciar su consentimiento.
Ver másEl TS dictamina que las cláusulas suelo sólo son válidas si son transparentes
Denuncias de Facua
Por su parte, la asociación de consumidores Facua ha remitido una primera batería de denuncias a las 17 autoridades de consumo autonómicas contra BBVA, Cajasol Caixabank, Unicaja, Caja Rural del Sur y Banco Popular.
La asociación, que prepara acciones contra otras entidades, ha invitado a los usuarios a que le aporten copias de sus contratos hipotecarios para contribuir a ampliar el número de bancos denunciados.
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de "falta de transparencia" a los consumidores, cuando no se les haya dado información suficiente. El tribunal ha estimado parcialmente un recurso de casación en el que se planteaba un asunto sobre este umbral mínimo de los tipos de interés en las hipotecas.