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"En caso de que no se atienda el requerimiento, resultará necesario aplicar el artículo 155"

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Yolanda González / Elena Herrera

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, envió este miércoles a su homólogo en el Govern de la Generalitat, Carles Puigdemont, el requerimiento [consultar, aquí]con el que abre la vía a la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Este artículo faculta al Ejecutivo a "adoptar las medidas necesarias" para obligar a una comunidad al "cumplimiento forzoso" de las "obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan" o para la "protección" del "interés general". También establece que para la ejecución de esas medidas, el Gobierno podrá "dar instrucciones" a todas las autoridades autonómicas.

Según el documento, al que ha tenido acceso infoLibre, el Gobierno da a Puigdemont de plazo hasta el próximo lunes 16 de octubre a las 10 de la mañana para que le confirme si "alguna autoridad de la Generalitat de Cataluña ha declarado la independencia de Cataluña y/o si su declaración del 10 de octubre ante el pleno del Parlamento implica la declaración de independencia al margen de que esta se encuentre o no en vigor". 

En el caso de que la contestación sea afirmativa, o de que no haya respuesta, el presidente de la Generalitat tiene hasta el día 19, también a las 10 de la mañana, para que revoque esa declaración. De no hacerlo, el Gobierno advierte que "propondrá al Senado la adopción de las medidas necesarias para el cumplimiento por parte de la comunidad autónoma de sus obligaciones constitucionales y para la protección del interés general". 

"En caso de que no se atienda el presente requerimiento, resultará necesario aplicar el artículo 155 de la Constitución a fin de garantizar el orden constitucional, la convivencia democrática y el normal funcionamiento de las instituciones y los servicios públicos, sin perjuicio de que se restaure el normal funcionamiento de las instituciones una vez cese esta situación de grave perturbación", se indica en el texto.

"Grave riesgo para el mantenimiento del orden constitucional"

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El Gobierno advierte de que la actuación del presidente de la Generalitat y de la mayoría no cualificada del Parlament se ha apartado "con tal intensidad" de sus obligaciones constitucionales que, de no ser atendido el citado requerimiento, supondría "un grave riesgo para el mantenimiento del orden constitucional". En concreto, cita las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica y la realización de la consulta del 1-O. Y recuerda que la Constitución ha previsto las medidas a aplicar en tal caso.

En el documento –de siete páginas – el Ejecutivo subraya que la Generalitat ha hecho "caso omiso" de las resoluciones del Tribunal Constitucional al tiempo que recuerda que el cumplimiento de las sentencias judiciales es una "garantía" del Estado de derecho. También sostiene que las actuaciones del Govern suponen un "ataque frontal" al derecho internacional y "han vulnerado las mínimas garantías democráticas y los estándares de los Estados en cuyo contexto geopolítico se incluye España". 

El Reglamento del Senado en su artículo 189 [consultar aquí] desarrolla el procedimiento de tramitación del 155. Establece que el Gobierno tiene que requerir formalmente al presidente de la comunidad autónoma para que cumpla con las obligaciones constitucionales. En caso de no atender el requerimiento o no responder el Gobierno, tendría que llevar las medidas que pretenda adoptar a la Comisión General de las Comunidades Autónomas, que estudiará el caso y formulará una propuesta razonada sobre si procede o no la aprobación de esas medidas. Con posterioridad, el Pleno del Senado someterá a debate y votación esa propuesta, que para salir adelante necesita la mayoría absoluta.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, envió este miércoles a su homólogo en el Govern de la Generalitat, Carles Puigdemont, el requerimiento [consultar, aquí]con el que abre la vía a la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Este artículo faculta al Ejecutivo a "adoptar las medidas necesarias" para obligar a una comunidad al "cumplimiento forzoso" de las "obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan" o para la "protección" del "interés general". También establece que para la ejecución de esas medidas, el Gobierno podrá "dar instrucciones" a todas las autoridades autonómicas.

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