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Un juez ordena al Ayuntamiento de Vigo, gobernado por el PSOE, derribar una cruz de piedra falangista de 12 metros

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El Ayuntamiento de Vigo, gobernado por el PSdeG-PSOE, deberá retirar "de forma inmediata" el monumento de exaltación franquista conocido como Cruz do Castro, tal y como le ordena el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la ciudad. El magistrado Antonio Martínez Quintanar estima el recurso presentado por la Asociación Viguesa pola Memoria Histórica do 36 y considera que la cruz de piedra, de 12 metros de altura erigida por la Falange en 1959, es un elemento de "exaltación propagandística de la sublevación golpista, de los vencedores de la Guerra Civil y de la represión franquista posterior". Y, por tanto, supone un agravio u ofensa que deben ser eliminados.

La Ley de Memoria Histórica establece en su artículo 15 que "las Administraciones Públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, la Guerra Civil y de la represión de la dictadura".

La sentencia judicial, a la que ha tenido acceso infoLibre, rechaza que la cruz tenga algún significado religioso. Por el contrario, destaca que las cruces de los caídos levantadas durante el franquismo en toda España "surgieron siempre a iniciativa de Falange, al margen de la opinión del clero y de la autoridades eclesiásticas". De hecho su promoción obedeció, dice el juez, a "la incorporación de los símbolos católicos tradicionales al ceremonial político fascista".  

Para defender la permanencia de la cruz, el alcalde vigués, Abel Caballero, sacó a colación el acuerdo al que había llegado con el obispo de Tui-Vigo, José Diéguez, para retirar los símbolos franquistas de las fachadas de las iglesias pero mantener el monumento a los caídos en el Monte do Castro.

Además, el juez considera que "la mera adopción de un acuerdo municipal en el año 1981 y la retirada de determinados elementos accesorios no transmutan la naturaleza simbólica de la propia Cruz de los Caídos". El juez se refiere al acuerdo que adoptó por unanimidad el pleno del Ayuntamiento ese año y por el que se decidió que el monumento pasaba a honrar a "todos" los muertos durante la Guerra Civil. El Ayuntamiento de Vigo argumentó ante el magistrado que ese pacto, que incluía la retirada de los símbolos y placas de exaltación franquista de la cruz, convertía el monumento en un "elemento neutro de simbología religiosa". La sentencia lo combate. "No puede considerarse reconvertido de forma instantánea en "monumento para la reconciliación", opone el juez, porque desde entonces no se ha colocado ninguna placa que recuerde a "todos" los caídos, ni se ha celebrado ante la cruz ningún acto de desagravio.

Inaugurada por Franco, levantada sobre suelo municipal

La Cruz do Castro fue inaugurada por el propio dictador, Francisco Franco, en 1961, con la presencia de las autoridades falangistas más importantes del ámbito nacional. Según el informe pericial solicitado por el juez al historiador de la Universidad de Vigo José Ramón Rodríguez Lago, el monumento "fue el principal lugar de celebraciones públicas en Galicia de Falange". La cruz se erigió sobre terreno de propiedad municipal, en un lugar privilegiado y simbólico de la ciudad, la ladera del Monte do Castro, frente al mismo edificio del Ayuntamiento de Vigo.

El magistrado hace suyas las conclusiones del informe pericial y recuerda que ya hubo dos peticiones anteriores para que se retirara la cruz, en 2008 y 2010, secundadas por 4.046 ciudadanos y 30 asociaciones y colectivos de Vigo.

El Ayuntamiengo vigués, en su afán por preservar el monumento, llegó a compararlo ante el juez con el campo de concentración y exterminio de Auschwitz-Birkenau. Martínez Quintanar desdeña cualquier similitud. Y recuerda que el campo polaco, además de haber sido declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco, se ha convertido en "un museo como testimonio y recordatorio de la barbarie nazi y de los crímenes contra la Humanidad allí perpetrados, como testimonio frente al negacionismo del Holocausto".

Nada más lejos que la Cruz do Castro, a la que no se ha dado "ningún uso público específico de desagravio y en el que no se ha realizado ningún acto a favor de la memoria de las víctimas del bando republicano o de los represaliados del franquismo". Más bien, resalta el juez, debería ser comparada con aquellos monumentos que "son objeto de represión penal en otros países, en los que se castiga penalmente la difusión de signos distintivos de partidos y asociaciones declarados inconstitucionales".

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, explica el presidente de la Asociación Viguesa pola Memoria Histórica do 36, Telmo Comesaña, en referencia a la fecha en que produjeron las últimas ejecuciones del franquismo. Comesaña lamenta que haya sido necesario poner una demanda al alcalde de Vigo sólo para que contestara a sus peticiones. "Hasta ahora siempre nos descalificó", asegura el presidente de la asociación, que es hijo y sobrino de paseados.

A las víctimas del franquismo, protesta, "se les quita así la posibilidad de ser recordados". Porque Abel Caballero ha rechazado todas las solicitudes de la asociación para honrar a los muertos republicanos en la Guerra Civil y a quienes fueron represalidados después. "En la Puerta del Sol [en pleno centro de Vigo]", recuerda Telmo Comesaña, "cayeron los primeros muertos el 20 de julio de 1936". Y allí tampoco quiso Caballero ninguna placa.  

El Ayuntamiento de Vigo, gobernado por el PSdeG-PSOE, deberá retirar "de forma inmediata" el monumento de exaltación franquista conocido como Cruz do Castro, tal y como le ordena el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la ciudad. El magistrado Antonio Martínez Quintanar estima el recurso presentado por la Asociación Viguesa pola Memoria Histórica do 36 y considera que la cruz de piedra, de 12 metros de altura erigida por la Falange en 1959, es un elemento de "exaltación propagandística de la sublevación golpista, de los vencedores de la Guerra Civil y de la represión franquista posterior". Y, por tanto, supone un agravio u ofensa que deben ser eliminados.

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