LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
Las decisiones del nuevo CGPJ muestran que el empate pactado entre PP y PSOE favorece a la derecha

La fuga de Aguirre

El juez no ve delito en la huida de la policía de Aguirre

Esperanza Aguirre llega con Ignacio González en su coche a la Asamblea de Madrid ocho días después de que presentara su dimisión en septiembre de 2012.

El magistrado del Juzgado de Instrucción nº 14 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta por el incidente que tuvo la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, con agentes de movilidad, tras aparcar su vehículo en el carril bus de la calle Gran Vía de Madrid.

El juez considera que no ha quedado "suficientemente acreditada la desobediencia y las lesiones por imprudencia denunciadas". Tampoco ve que sean "constitutivos de infracción penal los daños de la motocicleta pilotada por el agente de movilidad denunciante", especifica el auto, al que ha tenido acceso infoLibre.

En el caso de Aguirre se aprecia, según el juez, “una frontal oposición de las versiones de denunciantes y denunciada, y un resultado igualmente contradictorio de los medios de prueba practicados durante la instrucción”.

Aguirre cuestiona la imparcialidad del juez que decidió que su incidente de tráfico debe ser juzgado como delito

Aguirre cuestiona la imparcialidad del juez que decidió que su incidente de tráfico debe ser juzgado como delito

También destaca el magistrado “las variaciones y omisiones” del agente presuntamente lesionado en sus manifestaciones ante la Policía y en el juzgado. Asimismo, resalta la resolución judicial que es “incontrovertible que los agentes le dieron la orden de alto”, pero sin embargo tampoco considera acreditado que se pueda hablar de desobediencia, es decir, que se percatase de la orden de detención que se le daba.

Así pues, “la solución no puede ser otra que el sobreseimiento de los presentes autos pues la denuncia inicial ha sido rebatida por la denunciada, existiendo incluso más apoyos a su versión que a la de los agentes de movilidad denunciantes, y dudas serias acerca de la credibilidad de estos”, completa el juez.

Contra esta resolución, cabe interponer un recurso de reforma en el plazo de tres días o bien de apelación en el plazo de cinco, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Más sobre este tema
stats