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El 'caso Cuadrado'

El PP decidió denunciar al tesorero de Cs por mentir tras recibir un informe que había encargado a los letrados del Senado

Carlos Cuadrado (el primero por la izquierda), en un acto de Ciudadanos. A la derecha, su líder, Albert Rivera.

Fernando Varela

El PP decidió llevar a los tribunales al tesorero de Ciudadanos, Carlos Cuadrado, después de recibir un informe de los servicios jurídicos del Senado que su grupo parlamentario en la Cámara alta encargó para saber hasta dónde podían llevar la acusación contra alguien que mienta en una comisión de investigación.

Mentir a una comisión de investigación en el Congreso o en el Senado es delito desde la reforma del Código Penal de 1995, pero nunca esta previsión se ha llevado a la práctica. De hecho, tal y como subraya el autor del informe jurídico, el letrado Eugenio de Santos Canalejo, hay muy pocas referencias bibliográficas a este asunto, tanto en el campo del constitucionalista como en el de la doctrina penal.

El artículo 502.3 del Código Penal castiga con una “pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses” al “que, convocado ante una comisión parlamentaria de investigación, faltare a la verdad en su testimonio”.

Pero ¿qué significa faltar a la verdad en el testimonio ante una comisión parlamentaria de investigación? Este concepto está bien fundado en el ámbito judicial y ante los tribunales, pero no en el legislativo.

El letrado del Senado no entra en el caso concreto de Cuadrado, que el 13 de julio de 2017, cuando fue interrogado en la comisión en varias ocasiones sobre si tenía procedimientos judiciales pendientes “en España o fuera de España", contestó tajante: “No tengo ninguno”.

Como desveló infoLibre hace un mes, el tesorero de Ciudadanos no dijo entonces la verdad. En aquella fecha, de acuerdo con los documentos oficiales a los que ha tenido acceso este diario, Cuadrado figuraba como parte demandada en al menos tres procedimientos judiciales en el Estado de São Paulo (Brasil). Dos procesos judiciales se dirigían directamente contra Cuadrado y el tercero contra la compañía Square Brasil Comércio Importação e Exportação de Máquinas Ltda., de la que el político español es administrador único y dueño del 99% de las acciones.

El informe del letrado, sin embargo, sí concluye cuáles son los elementos que deben darse para que se pueda hablar de una mentira a una comisión de investigación. “El delito de falso testimonio ante comisión parlamentaria de investigación requiere la objetiva falta de verdad en la declaración y el dolo directo”. O lo que es lo mismo, la voluntad deliberada de cometer un delito, que en ese caso consiste “en conocer la falsedad y querer así expresarla“.

El primer elemento imprescindible, a juicio de De Santos Canalejo, es que sea el resultado de “una acción positiva”, lo que significa que tiene que ser una afirmación falsa. No basta, en principio, con una omisión.

El segundo es que el falso testimonio tiene que versar “sobre hechos (no sobre opiniones o juicios de valor)”. En tercer lugar, el informe destaca el requisito de que suponga “una alteración sustancial de la verdad (en el marco de las respuestas del declarante a las preguntas que se formulen)”. 

Por último, a juicio de los servicios jurídicos del Senado, la mentira “ha de versar sobre hechos relevantes”.

La reforma del Código Penal en esta materia se produjo en 1995 en un contexto muy concreto, justo cuando las comisiones de investigación de dos casos de corrupción (el del que fuera director general de la Guardia Civil, Luis Roldán, y el del exgobernador del Bando de España, Mariano Rubio) estaban en su apogeo. Gobernaba Felipe González, que no había incluido esta previsión en el proyecto que envió al Congreso. Ya en el trámite, el PSOE, a regañadientes, se vio forzado a negociar una enmienda de Izquierda Unida defendida por Diego López Garrido, que paradójicamente acabaría formando parte del grupo socialista.

López Garrido defendió la propuesta con el argumento de que “la experiencia reciente” de las comisiones sobre Roldán y Rubio había “puesto de manifiesto la necesidad de proteger la seriedad y el rigor de las declaraciones”.

La idea, recuerda el informe, era poner el foco en “el deber que incumbe a quienes comparezcan” de “colaborar con el órgano depositario de la soberanía nacional en el ejercicio de uno de sus más importantes cometidos y responsabilidades”.

La necesidad de reconstruir los hechos

El letrado explica que “la reconstrucción veraz de los hechos no es ajena a una investigación parlamentaria, por político que sea el marco en el que se desenvuelve y por políticas que sean las conclusiones del dictamen final”. La base de la valoración final de las comisiones de investigación precisa “comprobar la existencia histórica de unos hechos, con los que construir un relato, una ‘historia', mediante los “medios de prueba” que “utiliza un historiador, es decir, documentos y testimonios”.

De Santos recurre, en su búsqueda de jurisprudencia y apoyo documental, al Diccionario de la Real Academia Española, según la cual la expresión “faltar a la verdad” es “decir lo contrario de lo que se sabe”.

A la vista de este informe, el PP llegó a la conclusión de que Cuadrado mintió y por eso pretende denunciarlo. “Cuadrado mintió”, subrayó su portavoz, el senador Luis Aznar. “Y esto es algo muy grave. Lo llevaremos a los tribunales. No es agradable, pero no podemos permitir que venga y mienta con el descaro que lo hizo”.

En su día, en conversación con infoLibre, ante la pregunta de por qué había afirmado que no tenía ninguna causa pendiente cuando en realidad tenía tres, Cuadrado ofreció la siguiente explicación: "En su intervención, el senador Aznar manifestó que yo tenía mas de 100 procesos como “actor". Lo que yo quería decir es que no tenía ninguna causa penal que me impidiese declarar ante la comisión. El senador buscaba saber si quería excusarme para declarar por tener causas judiciales, intentando llevar esta comisión al contexto del caso Bárcenas y el PP intentaba transmitir la idea de que todos los tesoreros actuamos igual. En ese sentido, yo respondí pensando que no había ningún procedimiento penal que me impidiera declarar ante la comisión o que mi declaración pudiese perjudicarme  en unos procesos judiciales. Ni se me pasó por la cabeza pensar en los procedimientos civiles o administrativos por mi actividad profesional, que nada tienen que ver con mi cargo como responsable de Finanzas de Ciudadanos".

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Consulte a continuación el informe completo:

  informe by infoLibre on Scribd

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