Buzón de Voz
Son penas, no soluciones
No soy jurista. Como periodista tengo la obligación de leer una sentencia antes de opinar sobre ella, y también de consultar a juristas con autoridad en la materia para resolver las múltiples dudas que todo fallo judicial sugiere. En estos tiempos de ruido y de furia, en los que a menudo no cumplimos nuestras más simples obligaciones, es asombrosa la velocidad, seguridad y contundencia de numerosos juicios sobre los juzgadores sin mayor punto de apoyo que el prejuicio ideológico. Habrá oportunidad en las próximas horas y días de conocer análisis solventes de la sentencia del procés desde el punto de vista técnico-jurídico. Aquí y ahora sólo nos atrevemos (y quizás ya sea osado) a apuntar algunas reflexiones urgentes a la vista de esas 493 páginas (ver aquí) en las que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por unanimidad, condena por sedición a penas de entre 9 y 13 años de cárcel a nueve dirigentes del independentismo catalán.
1.- El fallo del Supremo deja en evidencia a las numerosas voces políticas, jurídicas y mediáticas que decidieron desde el minuto uno de los sucesos de septiembre y octubre de 2017 que estábamos contemplando y sufriendo una rebelión, un golpe de Estado violento contra la Constitución y el sistema democrático. Juristas, periodistas y dirigentes políticos que discrepaban (discrepábamos) de ese veredicto anticipado por el auto de acusación del difunto Fiscal General José Manuel Maza, eran inmediatamente tachados de antipatriotas, cómplices del separatismo y cooperadores (conscientes o ignorantes) para la destrucción de España. Fue precisamente la acusación de rebelión la que anuló de inmediato derechos políticos de los acusados, que si hubieran afrontado desde el principio la acusación por sedición no los habrían perdido hasta la firma de esta sentencia.
2.- Condenas de 9 a 13 años de cárcel, de los que ya han cumplido casi dos bajo una prisión incondicional muy difícilmente comprensible, no son una bagatela. Se trata de penas muy duras que no dejan de serlo por el hecho de que se haya descartado la rebelión. Reputados juristas que observaban una conducta delictiva en los implicados pero en ningún caso ese delito, han venido argumentando sus dudas entre opciones como la conspiración para la rebelión o la tentativa de rebelión, que habrían supuesto penas sensiblemente inferiores (ver aquí). El tribunal explica en su fallo por qué considera que los hechos “no son constitutivos de un delito de rebelión” (ver págs. 263 y siguientes en la sentencia), pero no entra en detalles para explicar por qué descarta las citadas opciones, más allá de un argumento reiterado: que los dirigentes independentistas eran conscientes de que sus actos no conseguirían una ruptura del orden constitucional y que en realidad “tenían una finalidad de persuasión del Gobierno español” para establecer una negociación política (ver págs. 273 y siguientes).
3.- La sentencia confirma (o debería confirmar) el ya evidente fracaso de la vía unilateral para la independencia de Cataluña. Con todas las objeciones y las críticas a lo que nos parecen excesos judiciales clamorosos, es obvio que aprobar leyes inconstitucionales, desobedecer normas constitucionales o proclamar la independencia (aunque esa decisión no tenga efectos prácticos de ningún tipo) son pasos que sólo conducen a un mayor sufrimiento personal y a profundizar en la fractura colectiva.
4.- El fallo tendrá duras consecuencias también para quienes aún no han sido juzgados. Carles Puigdemont y los otros seis políticos que prefirieron abandonar Cataluña y España se enfrentan ya a una nueva euroorden que excluye la acusación de rebelión y aportará lo que el Supremo ha sentenciado como “hechos probados”. La configuración del delito de sedición tampoco es fácilmente trasladable a la legislación belga o escocesa o suiza, pero un fallo del más alto tribunal español tendrá sin duda influencia en ese proceso interrumpido desde que un tribunal regional alemán consideró exactamente lo que ahora dice la sentencia: que no observaba el grado de violencia que exige el delito de rebelión. Dicho de otro modo, que en ningún momento se percibió un riesgo para el Estado constitucional, aunque se produjeran incidentes de orden público.
5.- El citado fracaso de la vía unilateral, que no sólo conduce a prisión a políticos elegidos democráticamente sino que ha extendido un sentimiento de frustración en las propias filas del independentismo, no puede ni debe ocultar el fracaso fundamental de la política, y muy especialmente de un Partido Popular instalado durante años en el desprecio a lo que se estaba larvando en la sociedad catalana y en la utilización electoralista de la confrontación excitando ese nacionalismo español que, entre otras graves consecuencias políticas, terminó dando alas a la extrema derecha de Vox. Aquella “conjura de los irresponsables” (en expresión certera de Jordi Amat) derivó en una renuncia de la política para dejar en la vía exclusivamente judicial un conflicto de carácter netamente político y democrático. Esa vía no ha concluido. Habrá recursos al Tribunal Constitucional y al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, además de las solicitudes internacionales para juzgar a Puigdemont. Pero sería deseable que los actuales dirigentes políticos asumieran su responsabilidad para iniciar una nueva fase capaz de recuperar el valor de la política en la resolución de conflictos democráticos que no desaparecen por el hecho de trasladar el problema de los parlamentos a los juzgados.
La prensa internacional destaca la contundencia de la sentencia del 'procés'
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6.- En vísperas de nuevas elecciones generales, en un estado de precampaña indefinida desde diciembre de 2015, es exigible que los candidatos dediquen un mayor esfuerzo a explicar qué proponen para solucionar esta crisis constitucional, en lugar de competir ahora por una mayor dureza en la ejecución de las penas decididas por el Supremo. No augura nada bueno que PP y Ciudadanos centren todo su discurso en la exigencia del cumplimiento íntegro de las condenas, ni que Pedro Sánchez haya transmitido un mensaje bastante similar, en esa carrera por representar el perfil más identificable con la fuerza del Estado. Ya no sólo se exige que no haya indultos sino que tampoco accedan a ningún beneficio penitenciario. Lo cual acerca más esas posiciones a la venganza o el escarmiento que al respeto a la justicia y al sistema penal. Los condenados del procés deben tener derecho a disfrutar exactamente de los mismos beneficios penitenciarios que otros presos. Llámense Junqueras, Cuixart o Urdangarin. Si se cometiera alguna irregularidad administrativa desde la Generalitat catalana, hay vías de recurso en manos de la fiscalía y finalmente será decisión de los jueces. El respeto al funcionamiento democrático no puede ser selectivo.
7.- Los próximos días y semanas son clave para evitar nuevas inflamaciones sobre la herida abierta. No nos cansamos de insistir en que sobran pirómanos y faltan líderes dedicados a buscar vías que clarifiquen esta enorme “confusión nacional” (en definición, también certera, de Ignacio Sánchez-Cuenca). El independentismo, sin duda herido por el fallo del Supremo, está emplazado a demostrar su fortaleza pero también su carácter absolutamente pacífico. Mostrará una unidad cimentada hoy por hoy precisamente en la defensa de sus presos o huidos, que tendrá que poner a prueba más pronto que tarde en unas elecciones autonómicas en las que se dilucide cuál es el peso político en la balanza del unilateralismo legitimista y cuál el de las vías más pragmáticas que parece encarnar ERC.
Dos años después de aquel octubre dramático de 2017, en el que la imagen de la democracia española en el mundo quedó manchada por los porrazos de la Policía a ciudadanos pacíficos que participaban en una votación sin consecuencias legales, es hora de recuperar la racionalidad y las herramientas políticas. Acatando todas las sentencias judiciales, pero sin caer en la falsa impresión de que el problema de fondo se haya solucionado. Habríamos avanzado mucho si, además de respetar la legalidad, desde el independentismo (plural) y desde el llamado constitucionalismo (también plural) al menos aceptáramos que la mitad de Cataluña no puede imponer nada a la otra mitad. Se llama democracia, y exige apostar por la convivencia.