La reforma de la propiedad intelectual, una medida "insuficiente" que no traerá "grandes cambios"

Un "jalón" en la política cultural del Gobierno. Así definía Íñigo Méndez de Vigo, ministro de Cultura, Educación y Deporte, la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por el Consejo de Ministros del 13 de abril. Pero, aunque el Ejecutivo la considere un hito, los expertos consultados por este periódico consideran que los cambios en la normativa son "insuficientes" en lo relativo a la transparencia, y que no provocarán "grandes cambios" en el panorama de gestión de los derechos de autor, aunque permitan la entrada de nuevos competidores.

Y todos subrayan algo que el dirigente del PP obviaba: el nuevo texto no nacía de una iniciativa del Gobierno, sino que transponía dos directivas europeas. A una de ellas llegaba además con notable retraso: firmada en 2014, la normativa debía implantarse antes de abril de 2016. Por ello, la Comisión Europea llegó a pedir el pasado diciembre al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que impusiera una sanción económica a España a razón de 123.928,64 euros diarios. Los otros tres países para los que Europa solicitaba penas económicas —todas de menor cuantía— eran Bulgaria, Rumanía y Luxembugo. 

Una "importante medida", para el ministro, de las incluidas en la nueva versión de la ley tiene que ver con  la transparencia de las sociedades de gestión de derechos. La normativa introduce un órgano de control interno que deberá ejercer labores de fiscalización de la entidad, que deberá estar integrado por socios que no participen ya en otros órganos de gobierno. Esta decisión venía a paliar, según Méndez de Vigo, las "dudas" que había suscitado "el funcionamiento de algunas entidades" en cuanto a "su transparencia y tratamiento de los ingresos". Era una clara referencia a la SGAE, afectada primero por el caso Saga —presunto fraude por el que la Fiscalía pide siete años de cárcel para el expresidente de la entidad— y, más recientemente, por la llamada "rueda de las televisiones" —una supuesta trama que pudo defraudar, según investiga la Audiencia Nacional, hasta 100 millones de euros—. 

"Hay que recordar que esta es una provisión incluida en la directiva, no es una medida española", dice Antonio Fernández, director general de la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (Adepi), que representa a las entidades de gestión de derechos Agedi, AIE, Aisge, Cedro, DAMA y Egeda (la SGAE no forma parte de ella "desde hace unos meses", pero Fernández, sin dar más detalles, asegura que "no tardará en volver").No duda, sin embargo, en celebrar la inclusión de la medida en la normativa española: "Es un instrumento lógico y legítimo para que pueda haber una mayor información disponible para los socios. Es positivo y razonable". Su posición choca con la de José Miguel Fernández Sastrón, presidente de la SGAE, que criticaba tras la publicación del Real Decreto que la "preocupación" del Ministerio por "la transparencia" solo es "para controlar a los autores".

Una normativa para la SGAE

Fuentes de distintas entidades de derechos señalan que la SGAE es justamente la más afectada por este punto de la normativa, y la única para la que supondrá una modificación significativa de su actividad diaria. Jokin Erkoreka, coordinador general de la entidad de gestión de derechos vasca EKKI, asegura que esta normativa apenas supone cambios en su organización: "Aquí no existe el voto ponderado [como en la SGAE, donde quienes más recaudan tienen más poder de decisión] y la participación es directa. Ese sistema ha servido siempre de control, y seguro que hay voluntarios para formar parte del nuevo órgano. Nos parece una buena noticia, en cualquier caso". Este es también el caso de DAMA (que representa los derechos de los autores audiovisuales), en el que se sigue el sistema de un socio, un voto. 

El único punto en el que el Real decreto va un paso más allá de la directiva europea es aquel que impone que las entidades que facturen más de 100 millones de euros al año —la SGAE— deberán incluir en este órgano de control al menos a un miembro independiente, ajeno a la entidad. Además, el órgano de control tendrá unas competencias más extensas, que incluyen la aplicación del sistema de reparto o la ejecución de la recaudación y el reparto de derechos. Y estas entidades tendrán un plazo máximo de tres meses —y no de un año, como las demás— para introducir en sus estatutos las modificaciones necesarias. "Nos hemos acostumbrado a que la Ley de Propiedad Intelectual se modifique siempre con respecto a la SGAE", reflexiona Erkoreka, "Es normal, por su volumen, y porque el legislador al final tiene que limitar ese Ministerio paralelo que le ha ido saliendo". 

Pero esta normativa "es insuficiente". Al menos, en opinión de David García Aristegui, coautor de SGAE: el monopolio en decadencia junto a Ainara LeGardon y miembro del sindicato CNT, en Gráficas, sección de Música. En su opinión, hay otros ámbitos en los que la SGAE hace gala de una falta de transparencia que el Real Decreto no resuelve. "La SGAE", continúa, "es muy rauda en recaudar pero es mucho más lenta en identificar y repartir". La entidad llegó a tener más de 100 millones de euros pendientes de identificar: había recaudado un dinero que no sabía a quién pertenecía. El derecho a reclamar el pago expira a los cinco años, y cuando esto ocurre el dinero se queda en la organización. "Si esto es así, ¿la entidad va a hacer algún tipo de esfuerzo por identificar ese pendiente de pago en tiempo y forma? No", apunta Aristegui. También coincide con él Erkoreka en la necesidad de primar el llamado cobro por uso efectivo. La SGAE cobra por el acceso a todo su catálogo, se haya usado o no, pero entidades como la vasca ingresan solo por las obras que han sido utilizadas, lo que impide que se genere este volumen pendiente de identificar. 

La normativa obliga también a hacer público el sistema de reparto, cosa que prevé ya la ley española. Pero, a juicio de Aristegui, el sistema de la SGAE resulta especialmente opaco: "Antón Reixa [presidente de la organización hasta 2013] nos contaba que le pusieron un Power Point para explicarle cómo funcionaba el reparto y a la decimosexta vez empezó a pillarlo. 'Lo que es justo tiene que ser comprensible', decía, y yo estoy de acuerdo". Otra práctica de la entidad muy criticada es que los contratos firmados con plataformas como Youtube o Spotify no son públicos ni accesibles para los socios. 

La nueva competencia

Otro de los aspectos más novedosos de la directiva europea, aplicada a través del Real decreto, es la regulación de los llamados "operadores de gestión independiente". Estos son empresas con ánimo de lucro y no gestionadas por los creadores —a diferencia de las entidades de gestión, que no tienen ánimo de lucro y son asociativas—, que pueden gestionar parte de los derechos de un autor. Así, entidades como Unison, que ya planea su expansión en España, competirán con otras entidades, en este caso la SGAE, por la obra de un artista. "Son pasos", dice Aristegui, "para que se vaya atenuando el monopolio de las entidades de gestión", que hasta ahora reinaban casi en solitario según el ámbito creativo: el audiovisual, la música, la edición... Erkoreka también ve en esto algo positivo: "En un marco de libre competencia, las entidades van a tender hacia el cobro por uso efectivo". Es decir, tendrán que identificar aquello que se ha escuchado, en el caso de la música, para asegurarse de que no están cobrando por el catálogo de la competencia. 

Hay derechos, sin embargo, que seguirán siendo administrados únicamente por las sociedades de gestión. Son los llamados "derechos de gestión colectiva obligatoria", como el canon digital o los ingresos por alquiler y préstamo. Estos tendrán que ser gestionados exclusivamente por las entidades de gestión. "Si es una liberalización solo de parte de los derechos, no se puede hablar de liberalización completa", explica Antonio Fernández, de Adepi, que señala que estas organizaciones están obligadas también a desarrollar programas para socios con pocos recursos o de promoción de la creación. "Es una liberalización muy sui generissui generis", secunda Aristegui, "porque sigue habiendo un monopolio en buena parte de la administración de derechos".

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Para Fernández Sastrón, presidente de la SGAE, este cambio supone subastar "la cultura española al mejor postor". El representante de Adepi señala, sin embargo, que la aplicación de la normativa en otros países del entorno "no ha producido una revolución": "La experiencia tampoco ha sido como para tirar cohetes, y en cualquier caso la actividad de estas nuevas empresas no se puede comparar con la de las entidades de gestión". ¿Temen que la entrada de los operadores ponga el sector patas arriba? "No se esperan grandes cambios", despacha, "aunque la voluntad es liberalizar". 

Hay otros aspectos de las directivas europeas, como el que establece que el autor debe poder romper su contrato con un preaviso máximo de seis meses —con la SGAE podía alargarse, hasta ahora, hasta más allá del año— o el que facilita la adaptación de obras para invidentes, aplaudidos por casi todos. Pero los actores críticos temen que esta reforma cancele la posibilidad de desarrollar una nueva normativa, más profunda, a corto plazo. "Tenemos que seguir el sistema de cerca y reformarlo, también en las normas de rango menor", lanza el representante de Adepi. No será, quizás, en esta legislatura. 

 

Un "jalón" en la política cultural del Gobierno. Así definía Íñigo Méndez de Vigo, ministro de Cultura, Educación y Deporte, la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por el Consejo de Ministros del 13 de abril. Pero, aunque el Ejecutivo la considere un hito, los expertos consultados por este periódico consideran que los cambios en la normativa son "insuficientes" en lo relativo a la transparencia, y que no provocarán "grandes cambios" en el panorama de gestión de los derechos de autor, aunque permitan la entrada de nuevos competidores.

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