El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este miércoles que se aplique una retroactividad "limitada en el tiempo" en el cálculo de las cantidades que los bancos deberán devolver a los afectados por las cláusulas suelo en España, unas prácticas declaradas abusivas por el Tribunal Supremo en mayo de 2013, informa Europa Press.
Las opiniones del abogado general no son vinculantes para el Tribunal europeo, que dictará sentencia sobre este asunto antes de finales de año, pero en la mayoría de los casos sus conclusiones coinciden con el fallo definitivo. Las "repercusiones macroeconómicas" asociadas a la amplitud con que se utilizaron estas cláusulas justifican en particular esta limitación, según el letrado europeo.
Lo que está en juego con la sentencia que el TJUE dictará en los próximos meses no es la nulidad de las cláusulas (algo sobre lo que ya falló el Supremo) sino si las entidades financieras tienen que devolver a los afectados las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013 –cuando el Tribunal Supremo emitió la primera sentencia contra Cajamar, Abanca y BBVA– o la retroactividad total, que supondría la devolución desde la firma de la hipoteca.
Las conclusiones presentadas este miércoles apuntan a que la Directiva europea "no exige a los Estados miembros que establezcan la nulidad retroactiva de la cláusula", y avala así la protección a la banca.
Cómo y cuántas personas se beneficiarán
La asociación de consumidores Adicae asegura que, aunque la sentencia fuera finalmente favorable a los intereses de los hipotecados, estos no se beneficiarían "directamente". Es decir, para aspirar a la devolución total, Adicae matiza que los afectados tienen que reclamar por vía judicial. La asociación calcula que de las más de cuatro millones de familias que podrían beneficiarse de la devolución total, dos millones aún están pagando la cláusula suelo.
La OCU, por su parte, ha pedido a los jueces que forman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que dejen de lado los argumentos políticos y económicos y se limiten "exclusivamente" a aplicar la ley, que fija "claramente" que la nulidad de una cláusula implica dejar sin efectos la misma como si nunca hubiera existido y por tanto, la devolución total de los importes cobrados.
La organización ha lamentado que en la decisión del abogado general del TUE de avalar la "limitación en el tiempo" de la retroactividad de las cláusulas suelo hayan "pesado más" los motivos económicos que los intereses de los consumidores.
En cualquier caso, la OCU ha advertido de que si el TUE confirma el criterio del abogado general, la cláusula suelo seguirá siendo "abusiva" y los consumidores mantienen su derecho a la devolución de las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013.
Conclusiones "indignantes y grotescas"
La asociación de consumidores Facua ha calificado de "indignantes y grotescas" las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad de las cláusulas suelo, ya que entiende que muestran una "extraordinaria sensibilidad" por los intereses de los banqueros y "no con los de las familias que han sido víctimas de un fraude de miles de millones" de euros.
Facua también ve "aberrante" que en las alegaciones presentadas por el mismo asunto prejudicial el Gobierno español defendiese los intereses de la banca frente a los derechos de los consumidores. "El Ejecutivo esgrimió, de hecho, que es necesario limitar los efectos económicos de la nulidad por una cuestión de seguridad jurídica para las empresas", ha recordado.
En este sentido, la asociación lamenta la falta de acción por parte del Gobierno y de las comunidades autónomas contra estas "prácticas abusivas" para evitar que los afectados tengan que recurrir a los tribunales para reclamar su devolución, una vez que el Supremo las ha declarado nulas. Facua insiste en que la protección del consumidor "no puede ni debe descansar exclusivamente en la vía judicial, más costosa, lenta y farragosa para los usuarios que para el poder económico".
La asociación se queja de "la pasividad" de las autoridades competentes en la materia, "que no han castigado una actividad considerada abusiva, y por lo tanto, contraria a la ley, por parte de la Justicia" y siguen permitiendo que los tribunales "se vean colapsados por las denuncias de particulares contra los bancos que las han aplicado".
BBVA defiende la decisión del Supremo
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BBVA ha reafirmado su defensa de que el criterio fijado por el Supremo español "por unanimidad y en pleno" era "conforme a derecho europeo". "Siempre hemos defendido que el criterio fijado por el Supremo español por unanimidad, en pleno, era conforme a derecho europeo. El informe del abogado general no varía nuestra posición", han explicado a Europa Press fuentes de BBVA.
El consejero delegado de BBVA, Carlos Torres, ha descartado varias veces en público que la entidad se pudiera ver afectada por un eventual fallo del Tribunal de Justicia de la UE que obligara a devolver las cláusulas suelo con efectos retroactivos. El banco decidió eliminar este tope a la caída del Euríbor desde que el Tribunal Supremo emitiera la sentencia hace tres años.
"BBVA fue parte de un proceso que acabó con una sentencia firme en la que la entidad dejó de aplicar las cláusulas suelo desde mayo de 2013. Es cosa ya juzgada y cualquier eventual revisión no afectaría al banco porque nuestro caso ha sido juzgado", argumentaba Torres.
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este miércoles que se aplique una retroactividad "limitada en el tiempo" en el cálculo de las cantidades que los bancos deberán devolver a los afectados por las cláusulas suelo en España, unas prácticas declaradas abusivas por el Tribunal Supremo en mayo de 2013, informa Europa Press.