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Hacienda promete por quinto año consecutivo “intensificar” el control de las fundaciones para evitar abusos fiscales

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes el Plan de Control Tributario para este año, que detalla las que serán las líneas de actuación de la Agencia Tributaria para prevenir y combatir el fraude fiscal. Las más novedosas: el control sobre las criptomonedas, como el bitcoin; las diferentes formas de la mal llamada economía colaborativa y el comercio electrónico.

Pero también se reiteran directrices establecidas desde hace años. Es el caso del control sobre las fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, que el plan plantea “intensificar” este ejercicio, para evitar que hagan una “utilización abusiva del régimen fiscal especial” que les conceden las leyes españolas. En realidad, la Agencia Tributaria lleva cinco años, desde 2014, prometiendo en sus planes de control una mayor vigilancia sobre las fundaciones, también con el objetivo de descubrir si poseen bienes cuya titularidad real permanece oculta. No debe de haber sido muy efectiva, sin embargo. Al menos a tenor del reciente informe que el Tribunal de Cuentas ha elaborado sobre cómo gestiona el Gobierno las exenciones y deducciones que aplica al IRPF, el impuesto de sociedades, el IVA, los impuestos especiales y las tasas.

El órgano fiscalizador constataba el escaso control que la Administración tributaria ejerce sobre estos incentivos fiscales, pese a que suponen una merma considerable en la recaudación. En concreto, destacaba en su informe las “debilidades” y “deficiencias” de la vigilancia sobre las fundaciones, entidades sin ánimo de lucro y confesiones religiosas. Todas ellas, también las federaciones deportivas, disfrutan de un régimen fiscal que se rige por una ley de 2002 y les permite una tributación especial en el impuesto de sociedades y en los impuestos locales. En el primero, están exentos de pagar por las rentas e ingresos que obtienen de su actividad específica, además de tributar a un tipo reducido del 10% por las que no tengan relación con ella.

El Tribunal de Cuentas revela que la Agencia Tributaria considera “no cuantificable” la primera exención, los impuestos que fundaciones, asociaciones y confesiones religiosas no pagan por su actividad natural. No sabe cuánto dinero deja de ingresar el Estado por ese concepto. Tampoco cuánto se reduce la recaudación por culpa del tipo reducido del 10%, puesto que esta cantidad se calcula de forma agregada, junto con el resto de los tipos reducidos del impuesto de sociedades, y se ha clasificado bajo el epígrafe genérico de “otras actuaciones de carácter económico”.

El informe, publicado la semana pasada, fiscaliza las exenciones y deducciones del ejercicio de 2015, cuando Hacienda llevaba ya dos años incluyendo en sus directrices del Plan de Control la “intensificación” de la vigilancia sobre las fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Según detalla el tribunal, en 2015 se acogieron a este régimen fiscal especial 14.372 contribuyentes, de los que 11.799 son fundaciones y asociaciones y 1.396, entidades religiosas. Pero, debido a la inexistencia de controles, el órgano fiscalizador cuenta 803 entidades que se aplicaron el régimen especial y sus exenciones pese a que no se habían constituido con la forma jurídica exigida legalmente. Entre ellas, cita a dos personas físicas, 53 sociedades anónimas, 719 sociedades limitadas y cuatro Uniones Temporales de Empresas (UTE). Además, para acogerse a ese régimen es necesario que la entidad presente en la Agencia Tributaria una declaración censal, excepto las confesiones religiosas, la Cruz Roja, la ONCE o la Obra Pía de los Santos Lugares, por ejemplo, que pueden aplicarlo automáticamente. Pero más de 4.000 entidades se acogieron a esta tributación especial sin haber hecho esa declaración. Y otras 1.378 asociaciones que carecían de la declaración de utilidad pública también se apuntaron a los favores fiscales. El Tribunal de Cuentas atribuye estas deficiencias a la inexistencia de “controles efectivos” por parte de la Agencia Tributaria.

Sólo 21 actas de inspección

Lo mismo ocurre con otro de los requisitos exigidos por la ley para acceder a las exenciones tributarias: la elaboración de una memoria económica, que debe presentarse en la Agencia Tributaria en un plazo de siete meses desde el cierre de cada ejercicio. En ella las entidades sin ánimo de lucro tienen que consignar sus ingresos y gastos, así como su participación en sociedades mercantiles. Sólo las entidades que facturen menos de 20.000 euros anuales están eximidas de hacerlo. Sin embargo, únicamente presentaron la memoria 4.087 entidades, el 57% de las que estaban obligadas en 2015.

Según explica el Tribunal de Cuentas, el único control que lleva a cabo la Agencia Tributaria se refiere a las declaraciones de entidades que no han presentado la inscripción censal o la memoria económica. Pero como el sistema informático está diseñado para no activarse cuando el NIF del declarante comienza con la letra R, el correspondiente a las congregaciones e instituciones religiosas, si éstas no han presentado la memoria económica, el sistema no las detecta. Tanto la Iglesia católica, como la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas, la Federación de Comunidades Israelitas y la Comisión Islámica deben entregar la citada memoria, de acuerdo con las propias normas de la Agencia Tributaria.

La vigilancia que llevó a cabo la agencia en 2015 tuvo como resultado el levantamiento de 21 actas de inspección referidas al impuesto de sociedades, por importe de 541.445 euros. Cuatro terminaron en expedientes sancionadores, pero con multas por una cantidad exigua: 19.424 euros. Sólo dos casos llegaron a la categoría de delito, por una cantidad total de 470.759 euros. Y a una entidad que no se precisa la Agencia Tributaria le reclamó ese año ocho millones de euros por no haber cumplido el requisito de destinar el 70% de sus rentas a fines de interés general y la excluyó por ello del régimen especial.

“Significativa pérdida de personal”

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El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) tacha de “continuista” y “poco ambicioso” el Plan de Control Tributario para este año. Por las directrices incluidas y por la falta de medios. “No habrá una mejora de los recursos económicos ni un refuerzo de la plantilla en la lucha contra el fraude”, advierte. De hecho, resalta que la Agencia Tributaria cuenta ahora con 2.789 trabajadores menos que en 2009, por lo que difícilmente podrá desarrollar los nuevos proyectos de control –criptomonedas, economía digital, lucha contra la evasión fiscal y la planificación agresiva de las multinacionales– si no es “a costa de reducir otros programas de investigación”.

En ese punto coincide con el sindicato el propio Tribunal de Cuentas, que recomienda a la Agencia Tributaria dotarse de “un número suficiente de funcionarios de los grupos A1 y A2 destinados a las tareas de control de las declaraciones”. En sus alegaciones al informe del órgano fiscalizador, el presidente de la agencia, José Enrique Fernández de Moya, reconoce la “significativa pérdida de personal” sufrida por el organismo. De acuerdo con sus cifras, a finales de 2016 contaba con 24.839 trabajadores, 2.326 menos de los que tenía en 2007.

Según Gestha, la Agencia Tributaria posee un empleado por cada 1.928 contribuyentes, mientras que su equivalente en Francia tiene uno por cada 860, en Alemania uno por cada 729 y en Luxemburgo uno por cada 551.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes el Plan de Control Tributario para este año, que detalla las que serán las líneas de actuación de la Agencia Tributaria para prevenir y combatir el fraude fiscal. Las más novedosas: el control sobre las criptomonedas, como el bitcoin; las diferentes formas de la mal llamada economía colaborativa y el comercio electrónico.

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