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SÓLO SÍ ES SÍ

Avances del 'sólo sí es sí' más allá de las penas: centros 24 horas, acceso a vivienda y jueces especializados

Varias mujeres con carteles durante una manifestación convocada por la Comisión 8M, por el 8M en Madrid.

Las rebajas de penas y la excarcelación de agresores sexuales han situado bajo el punto de mira a la ley que iba a marcar un cambio de paradigma para el feminismo. La dimensión de lo que se ha dado en llamar "efectos indeseados" de la ley del sólo sí es sí, el peso de las consecuencias de la reforma penal y la polarización entre los socios del Gobierno y en el mismo seno del movimiento feminista, han conseguido desplazar el grueso de una ley integral que no sólo modifica la respuesta penal a la violencia sexual, sino que busca abordarla en todas sus formas y en muchas otras esferas. Este miércoles, el Tribunal Supremo confirmó las rebajas de condenas firmes fruto de la ley, haciendo saltar por los aires la última tabla de salvación que le quedaba al equipo de Irene Montero. ¿Pero qué ocurre con las más de setenta páginas de la ley? ¿Qué mejoras se introducen más allá del ámbito estrictamente penal?

Centros de crisis 24 horas

Quizá la medida más celebrada por parte del Ministerio de Igualdad es aquella relativa a la atención integral de las víctimas, a través del cumplimiento de una deuda histórica: la construcción de centros de atención 24 horas en cada provincia, los llamados centros de crisis. Se trata de una de las principales asignaturas pendientes en materia de violencia sexual y una medida que ya había recomendado implementar el Consejo de Europa, quien sugería al menos un centro de crisis por cada 200.000 mujeres o uno en cada provincia. 

La ley expone que los citados centros brindarán "atención psicológica, jurídica y social", pero además, bajo criterios de "atención permanente y actuación urgente, proveerán apoyo y asistencia en situaciones de crisis para víctimas, familiares y personas del entorno". Contarán con un equipo multidisciplinar de profesionales y podrán llamar a sus puertas no sólo las víctimas de agresiones recientes, sino también mujeres que hayan sufrido ataques en el pasado. A finales de año, cada provincia deberá haber implementado uno de estos recursos.

Al menos así lo dispone la ley. A preguntas de infoLibre, la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, criticó el pasado viernes que comunidades como Galicia, Andalucía y Castilla y León, con los fondos ya transferidos para esta tarea, no han dado pasos adelante y ni siquiera han comunicado "cuáles son los proyectos que quieren poner en marcha" para el cumplimiento de esta disposición. "Es sorprendente que haya gobiernos que con financiación encima de la mesa decidan no construir centros que van a servir para ayudar a mujeres que han sido agredidas sexualmente", lamentó Rodríguez.

Valoración forense ágil y garantista

Si algo es fundamental a la hora de detectar y actuar ante una agresión sexual, es la práctica forense. Las administraciones "garantizarán la disponibilidad del personal médico forense para asegurar que el examen y las actuaciones de interés legal se practiquen a las víctimas sin demoras y conjuntamente con el reconocimiento ginecológico o médico preceptivo". Además, se evitará algo fundamental para las víctimas: la reiteración de reconocimientos, salvo que resulten estrictamente indispensables. 

En ese contexto, la recogida de muestras biológicas "no estará condicionada a la presentación de denuncia" y se conservarán "debidamente para su remisión, garantizando la cadena de custodia y del modo más inmediato posible, al Instituto de Medicina Legal". 

Las unidades de valoración forense integral, claves a la hora de analizar el riesgo en los casos de violencia de género, pasarán a ocuparse también de la violencia sexual contra mujeres, niñas y niños. Por este motivo "serán reforzadas y se garantizará su presencia" en todo el país. "Su intervención se producirá desde las primeras fases del proceso, incluido el servicio de guardia", dicta la ley.

Estas unidades deberán diseñar "protocolos de actuación global e integral en casos de violencia sexual", donde se tengan en cuenta "las necesidades y derechos de las víctimas, con atención específica a las sometidas a formas de discriminación múltiple". Como ocurre en la violencia machista dentro de las relaciones de pareja, los profesionales que operen en dichas unidades deberán valorar la gravedad de la situación y el riesgo de reiteración, con el objetivo de garantizar las medidas de protección y apoyo necesarias.

La denuncia deja de ser un requisito imprescindible

El texto legislativo desplaza la denuncia como elemento imprescindible para acreditar la existencia de violencia sexual y el consiguiente acceso a ayudas. Y propone otros caminos, como ya ocurre para la violencia machista en los márgenes de las relaciones de pareja. Lo hace por un motivo: sólo el 8% de las mujeres que ha sufrido violencia sexual fuera de la pareja ha denunciado alguna de estas agresiones. El porcentaje se eleva al 11,1% si se tienen en cuenta también las denuncias interpuestas por otra persona o institución, según datos recogidos por la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer. 

Por esta razón, dejará de ser necesaria la existencia de una denuncia formal para demostrar una situación de violencia sexual, mientras que pasarán a ser válidos a tal efecto informes "de los servicios sociales, de los servicios especializados en igualdad y contra la violencia de género, de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencias sexuales de la administración pública competente, o de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social".También serán válidas las "sentencias recaídas en el orden jurisdiccional social; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos". 

Garantías para las mujeres extranjeras

La ley dispone medidas específicas para las mujeres extranjeras, cualquiera que sea su situación administrativa: todas tienen garantizados los derechos reconocidos en la ley y si al denunciar su situación se pone de manifiesto su situación administrativa irregular, "no se incoará el expediente administrativo sancionador" y se suspenderá "la ejecución de las órdenes de expulsión o de devolución".

Empleo y vivienda

El sólo sí es sí tiene también la vocación de mejorar el acceso de las víctimas de violencia sexual a derechos básicos, como el empleo y la vivienda. Se traza de esta manera un programa de acción específico para víctimas inscritas como demandantes de empleo, que incluirá medidas para "favorecer el inicio de una nueva actividad por cuenta propia", y además las trabajadoras desempleadas y las autónomas que hayan cesado su actividad como consecuencia de la agresión "tendrán derecho, en el momento de demandar un empleo, a participar en las ayudas de contenido económico" y a participar "en programas específicos de inserción laboral".

Las administraciones deberán "promover el acceso prioritario" de las víctimas al parque público de vivienda y a los programas de ayuda de acceso a un hogar. Las víctimas también podrán acceder de forma prioritaria a "los establecimientos residenciales y otros centros de atención a las personas en situación de dependencia".

Ayudas económicas

Y en el terreno de la reparación, establece una serie de ayudas de naturaleza económica para las mujeres que hayan sufrido violencia sexual. Cuando la renta de la víctima sea inferior al salario mínimo interprofesional, recibirá "una ayuda económica equivalente a seis meses de subsidio por desempleo". La misma ayuda la recibirán las mujeres que dependan económicamente de la unidad familiar, siempre que esta no sea superior a dos veces el salario mínimo.

En caso de víctimas con una discapacidad de al menos un 33%, el importe que ingresará será el equivalente a un año de subsidio por desempleo. Y siempre que existan personas a su cargo, se aumentará a dieciocho meses o veinticuatro en caso de familiares dependientes con discapacidad. Los subsidios contemplados podrán prorrogarse por una sola vez.

Finalmente, las víctimas acreditadas de violencia sexual tendrán la consideración jurídica de víctimas de violencia de género en lo que atañe al programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

Personal de justicia especializado

La ley concede un año desde su entrada en vigor para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para establecer "la especialización en violencia sexual de la Fiscalía y los jueces que sirvan en juzgados de violencia sobre la mujer". Siguiendo esta línea, "se revisarán las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y de la fiscalía contra la violencia sobre la mujer, así como las pruebas selectivas de especialización de jueces y magistrados".

También en el plazo de un año se regulará la "composición y funcionamiento" de los equipos técnicos que conforman estos juzgados y la forma de acceder a los mismos.

Educación sexual en todas las etapas

El sólo sí es sí recoge la apuesta firme del Gobierno por integrar la educación sexual en todas las etapas. La norma se refiere concretamente a contenidos basados en "la coeducación y en la pedagogía feminista sobre educación sexual e igualdad de género y educación afectivo-sexual para el alumnado, apropiados en función de la edad, en todos los niveles educativos".

En el ámbito universitario, se incluirán contenidos formativos de estas características "en los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales en los que resulte coherente". 

¿Y cómo se garantizará la implantación de estos contenidos? A través de los servicios de inspección educativa, que deberán velar por "el cumplimiento y aplicación" de lo dispuesto en el articulado.

Reparación simbólica

El Ministerio de Igualdad le da especial importancia a lo que bautiza bajo el nombre de reparación simbólica. Es decir, más allá de la justicia en términos materiales, quiere trasladar a las instituciones la responsabilidad de reconocer la violencia y así "restablecer la dignidad y reputación de las víctimas siempre desde un enfoque reparador integral transformador".

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Así, las administraciones públicas promoverán "el compromiso colectivo" contra la violencia sexual, acciones que expresen el rechazo explícito de los poderes públicos y adoptarán las medidas "necesarias para evitar la repetición del delito".

Sumisión química y acoso callejero

En cuanto a la parte penal, pero más allá de las penas mínimas y del entramado en torno al consentimiento, existen novedades de calado. Por ejemplo, se introduce expresamente la denominada sumisión química, es decir, toda agresión que se produzca valiéndose del uso de sustancias y psicofármacos que anulan la voluntad de la víctima. También entra en el Código Penal el acoso callejero, castigando a quienes "se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad".

Se establecen también algunos cambios respecto a la responsabilidad penal de los menores: los agresores más jóvenes deberán someterse de forma obligatoria y como pena accesoria a "programas formativos de educación sexual y de educación en igualdad".

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