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Al Revés y al Derecho

La alianza del PP y el Tribunal Constitucional contra las políticas sociales

Fabiola Meco Tébar

Las normas jurídicas son el instrumento mediante el cual un Estado social y democrático de Derecho marcado por el imperio de la ley reconoce derechos y consagra garantías para hacerlos efectivos. Es el mecanismo habilitado en democracia parlamentaria para la concreción de políticas.

La tarea del Legislador, como la del juez, requiere de marcos previos de actuación. Uno, el propio marco normativo superior en materia de derechos que viene determinado por normas bien estáticas, como la Constitución española, o bien dinámicas o en evolución, como los “olvidados” por “ninguneados” tratados internacionales ratificados por España. Se trata de un acervo jurídico que constituye, o debiera constituir, un significativo motor de cambio y renovación de nuestro ordenamiento. El otro marco relevante para todo legislador y juez es la propia realidad social a la que se va a dar respuesta.

Gobernar para las personas, ponerlas en el centro de la política, no solo es ser consciente de sus necesidades; sino principalmente cumplir con el compromiso adquirido de remover todos los obstáculos existentes para dotar de eficacia a los derechos reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico.

Las políticas de cambio se sirven de las normas jurídicas para hacer efectivos principios y valores significativamente distintos a los que hasta ahora han marcado la suerte de nuestros derechos, los mimbres de nuestra democracia. La igualdad, la justicia social, la transparencia, la independencia judicial, la integridad pública y la participación ciudadana son, entre otras, banderas de identidad con las que liderar y defender un cambio de modelo.

La lucha contra la desigualdad es, sin lugar a dudas, el gran caballo de batalla de estas políticas del cambio. Normas como las de la pobreza energética, la función social de la vivienda o la sanidad universal para dar cobertura sanitaria a personas “sin papeles” en los distintos territorios son, entre otras, importantes regulaciones autonómicas de carácter social que afectan a derechos humanos y que son recurridas sistemáticamente de inconstitucionalidad.

Sobre algunas ya hay pronunciamiento del Tribunal Constitucional, que las declara inconstitucionales (no sin significativos votos particulares) por invadir competencias de carácter general o básico. Normas dictadas en ejercicio de competencias autonómicas y en desarrollo del art. 2 de la Constitución española, que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones. Leyes que buscan blindar protección a la ciudadanía y remover los obstáculos de la desigualdad, son recurridas ante un Tribunal Constitucional politizado. Un juez éste, el máximo garante de la norma suprema, un “señor del derecho” al que Zagrebelsky le recordaría que a la hora de dictar sentencia no sólo hay que pensar en respetar la ley, sino también tener en cuenta la protección de derechos de los particulares y la búsqueda de la justicia.

Con esta técnica en diferido del recurso de inconstitucionalidad, el gobierno central del Partido Popular aplica un poder que no tiene en los territorios autonómicos donde no gobierna, en una clara ofensiva centralizadora de las políticas, en una negación misma de la capacidad de autogobierno de las autonomías. Una unilateralidad que amenaza lo construido en términos territoriales y trabaja por la desprotección de derechos antes reconocidos. Frente a ello, hoy más que nunca urge afrontar un escenario constituyente que no tenga las cartas marcadas.

Las instituciones son las personas que las componen, y cuando unas son lo que son y otras están teledirigidas, como es el caso de quienes integran el Tribunal Constitucional, es casi seguro que la espada de Damocles caerá sobre quien con políticas valientes combatan la desigualdad, la pobreza y la exclusión, y se alejen de un camino establecido por el que no puede avanzar la mayoría social. Pepe Mujica, el expresidente de Uruguay, les recordaría seguramente aquello de que “el poder no transforma a las personas, sólo muestra cómo son realmente”.

Fabiola Meco Tébar

Las normas jurídicas son el instrumento mediante el cual un Estado social y democrático de Derecho marcado por el imperio de la ley reconoce derechos y consagra garantías para hacerlos efectivos. Es el mecanismo habilitado en democracia parlamentaria para la concreción de políticas.

Publicado el
28 de diciembre de 2017 - 09:24 h
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