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Sobre este blog

AlRevésyAlDerecho es un blog sobre derechos humanos. Y son derechos humanos, al menos, todos los de la Declaración Universal. Es un blog colectivo, porque contiene distintas voces que desde distintas perspectivas plantean casos, denuncias, reivindicaciones y argumentos para la defensa de esos bienes, los más preciados que tenemos como sociedad. Colectivo también porque está activamente abierto a la participación y discusión de los lectores.

Coordinado y editado por Ana Valero y Fernando Flores.

alrevesyalderecho@gmail.com

Literatura y derechos

Patricia Goicoechea

Hoy, 23 de abril, se celebra el Día Internacional del Libro. Qué buena excusa para proponer desde aquí algunas obras literarias que tratan de derechos, del Derecho y del mundo de la Justicia.

Lo que encontrarán a continuación ni es, ni pretende ser, una de esas listas de “las 5 novelas imprescindibles sobre…”, por ello no verán citados ni El Proceso de Kafka, ni Matar a un ruiseñor de Harper Lee, ni El Extranjero de Camus, ni otras tantas tan conocidas. ¿Por qué? Pues por eso mismo, porque esas ya son de sobra conocidas y porque ya hay muchas listas por ahí de imprescindibles.

Lo que encontrarán a continuación son unas pocas novelas que a mí me han gustado y las comparto con ustedes, por si quieren animarse a leerlas o por si hoy desean regalar libros y, a estas horas del día, aún les viene bien alguna idea.

***

¿No está mal, verdad? Una buena frase para ganarse enemigos, y no sólo en la judicatura. Cualquiera diría que forma parte de un libro que cuenta, con mucha admiración y respeto, la lucha de varios jueces de lo civil por defender los derechos de los consumidores. Aunque esto no es lo único que cuenta Emmanuel Carrère en De vidas ajenas: también habla del tsunami en el sudeste asiático en 2004, de embrollos familiares, de un viudo con hijas pequeñas, del propio escritor y su pareja, de sobreponerse a la desgracia. Así que, si lo del derecho de los consumidores no les acaba de convencer, encontrarán mucho más y muy bien escrito.

Etienne, Juliette, Jean-Pierre, Florès, son jueces de lo civil en una pequeña ciudad de apenas 30.000 habitantes. Jueces de pueblo, vaya. Lidian con pleitos que enfrentan a particulares sobreendeudados con sociedades de crédito, de esas que ofrecen dinero inmediato para que uno pueda cumplir todos sus sueños a la de ya y luego reclaman unos intereses salvajes. Estos cuatro jueces de pueblo empiezan a anular los contratos de crédito porque, entre otras cosas, lo de los intereses salvajes suele ir escrito en una letra ilegible y con una redacción incomprensible. Pero los magistrados del Tribunal Supremo, en París, les paran los pies con una doctrina que impide que jueces justicieros como estos anulen contratos de oficio.

Entonces aparece en escena el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con la sentencia Océano Grupo (2000) –dictada en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona–, que recuerda que

el sistema de protección [de los consumidores] establecido por la Directiva se basa en la idea que el consumidor se halla en situación de inferioridad respecto al profesional” (Considerando núm. 25 de la sentencia)

y que, por tanto, los jueces pueden apreciar de oficio el carácter abusivo de una cláusula contractual. Y, como el derecho de la Unión Europea y su interpretación por el TJUE prevalece sobre el derecho de los Estados miembros y las doctrinas de sus tribunales nacionales, la jurisprudencia del Tribunal Supremo francés quedó superada por la del TJUE.

Por cierto, que todo lo que Carrère cuenta en esta obra es real. Tan real como esta frase suya: “Cuanto más elevada es la norma, más generosa es y más próxima está de los grandes principios que inspiran el derecho con D mayúscula. Es por decreto que los gobiernos cometen pequeñas mezquindades, mientras que la Constitución o la Declaración de los Derechos Humanos las prohíben y se mueven en el espacio etéreo de la virtud. Afortunadamente, la Constitución o la Declaración de los Derechos Humanos valen más que el decreto, y seríamos muy tontos si no sacásemos ese as para combatir las maniobras de un valido o incluso de un rey”.

***

Así se auto-define Roberto Doni, un magistrado que ejerce como fiscal sustituto en Milán y que, a sus sesenta y cinco años, espera que le premien con un tranquilo destino en provincias donde jubilarse.

Con esa rectitud y probidad que él mismo se auto-atribuye encara el proceso de apelación contra la sentencia condenatoria de un inmigrante tunecino, por un delito de asesinato. La rectitud, el deseo de hacer carrera y lo de actuar como Dios manda, en esas circunstancias, implican oponerse a la apelación y solicitar que se confirme la condena. Y en eso anda Doni cuando aparece Elena Vicenzi, una periodista veinteañera, un poquito intensa, pero bastante simpática, que trata de convencerle para que pida la absolución del tunecino. Hasta aquí no les destripo nada, porque esto es más o menos lo que se cuenta en la contraportada del libro.

Por ley superior, de Giorgio Fontana, aparte de relatar el dilema jurídico y moral de Doni, retrata también un Palacio de Justicia apuntalado con clavos en la fachada porque corre peligro de derrumbarse, un edificio en el que se cuela cualquiera sin apenas control de acceso, las pequeñas mezquindades que rodean las posibilidades de ascenso en la carrera o las vanidades tontas (“Paoli, el fiscal general, (…) aunque era un demócrata, le gustaba mucho que lo llamaran ‘Excelencia’”).

Fontana narra de una manera sutil, sin caer en la caricatura gruesa y el cinismo, la distancia en la que los profesionales del derecho necesitan instalarse para desempeñar sus funciones y que tan difícil resulta hacer entender a quienes preguntan “¿Cómo puedes defender a…?” (sustituyan el verbo “defender” por “acusar”, “condenar” o “decidir” y tendrán tres variantes de la clásica pregunta a abogados, jueces y fiscales). Esa distancia viene a ser esto: “un día su hermano le había preguntado cómo podía pasar toda una tarde con un cuaderno en la mano y mirando un vídeo en el que dos psicólogos hablaban con una niña sobre las violencias que había padecido. La respuesta era sencilla: no lo podía soportar. Lo hacía y se acabó. Llega un momento en que los hechos vuelven a ser lo que son: hechos. Para sobrevivir, despojas todo acto de su significado: sólo interesan las causas, sólo la física del mal y no la ética”.

***

Adam tiene diecisiete años, le faltan unos meses para cumplir dieciocho, está ingresado en un hospital londinense enfermo de leucemia. Los médicos quieren hacerle una transfusión de sangre, pero el propio Adam y sus padres se niegan porque son Testigos de Jehová. El hospital los demanda y la juez Fiona Maye, del Tribunal Superior, especializada en derecho de familia, tiene que tomar una decisión urgente.

La ley del menor, de Ian McEwan, como las dos anteriores, desarrolla con detalle y rigor cuestiones jurídicas pero, a diferencia de las otras dos, aquí se trata de derecho anglosajón. En las sentencias de la Juez Maye hay referencias a Aristóteles, Adam Smith, John Stuart Mill y citas de jurisprudencia de 1893.

A Fiona Maye le gusta “formarse una opinión por medio de la observación directa”, salir de su despacho y hablar con esos menores respecto de cuyas vidas decide fuera de la sala de vistas, como, según dice, se hacía en la década de los ochenta:

A Fiona se le va un poco de las manos ese “toque humano” cuando acaba cantando en la habitación de hospital de Adam mientras éste toca el violín.

En fin, que para decidir si Adam puede ser transfundido en contra de su voluntad, la Juez Maye debe cumplir con el mandato de la Ley del Menor de 1989 –la primacía del bienestar del menor–, pero debe también evaluar si Adam posee la “competencia Gillick” –la comprensión y el entendimiento suficientes para comprender plenamente la cuestión de que se trata–.

Ilustración: "The Cup of Tea", 1935 / André Derain (1880-1954)

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Publicado el
23 de abril de 2018 - 09:33 h
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