La sentencia del procés es, como no podía ser de otra manera, técnicamente muy correcta a salvo de que de una lectura más pausada pueda obtenerse otra conclusión. En otro lugar de infoLibre y tras un sereno examen la analizaremos desde esa perspectiva. Pero puedo ya anticipar mi opinión de que es una sentencia dura, pese a que el Tribunal haya rechazado la rebelión –descarte que ya hicimos dos centenares de penalistas, aunque según el fiscal Zaragoza “no los de mayor prestigio”–, así como la imposición de un período de seguridad para el pase a tercer grado en la ejecución penitenciaria. Con todo, el Tribunal ha impuesto penas muy altas y ha dejado de aplicar alguna posibilidad de rebaja.
Es momento ahora de plantearse si el pronunciamiento judicial –que debe ser acatado si queremos vivir en un Estado de Derecho– va a ayudar a conseguir solventar el principal problema que tenemos como Estado o va a constituir un obstáculo cada vez más difícil de superar. La Sala Segunda del Tribunal Supremo no podía acometer la función de resolver problemas políticos. La aplicación del Derecho penal como solución a la convivencia política y aun identitaria tiene la misma significación que la de la gasolina en un incendio. Y ahí estamos. Sin saber qué pretendemos porque ni siquiera tenemos claro qué es lo que queremos. Si la cuestión es impedir cómo sea que el pueblo catalán se manifieste puede que hayamos dado un paso adelante; si entendemos, por el contrario, que el problema que de verdad importa es que más del 5% de los españoles quieren irse y que han entrado, con difícil regreso, en el camino del odio a todo lo que signifique España, hemos emprendido una velocísima marcha atrás. Y es preciso detenerse y cambiar la dirección.
Acatar una sentencia no significa hacerla ejecutar íntegramente, como pretende el presidente del Gobierno español en funciones. El Derecho ofrece otras posibilidades que no deben ser descartadas sólo porque algunos ¿potenciales socios de gobierno? hagan de eso su única razón de sobrevivir políticamente. La ejecución penitenciaria puede ser un instrumento –posiblemente el único en este momento– para iniciar un diálogo real que vaya más allá de los escasos y efímeros gestos hacia la solución del conflicto que se han hecho en esa dirección desde la Moncloa. –Es verdad que, del otro lado, aún ha sido más irracional y hasta a veces ridículo; es más la imposición de una mitad sobre otra es directamente un atentado a la democracia; pero de cualquier mitad sobre la otra–. Y esa es la dinámica a que nos ha conducido una cadena de decisiones profundamente inadecuadas para conseguir la afección de todos los españoles por España. La más importante fue quizá otra sentencia: la del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, sentencia que pudo y debió ser evitada si quienes ahora se rasgan las vestiduras por la deslealtad de algunos, hubieran calculado las consecuencias y hubiesen concebido la lealtad como lo que realmente es: hacer lo mejor para tu país y evitar poner en riesgo su propia identidad.
Esto tiene mucho que ver con la manera en que unos y otros concibieron en su día la significación de la Constitución –de lo que para bien o para mal ahora se viene denominando “el régimen del 78”–: mientras que para los que fuimos a votarla con entusiasmo y esperanza, entre los que, por cierto, se encontraba la mayoría de los catalanes, era la puerta abierta a la democracia superadora de cuarenta años de dictadura y opresión, que había de ir progresando y superando sus límites de entonces, para otros , los que ahora con manifiesto ánimo excluyente se autodenominan “constitucionalistas”, era una puerta cerrada, un “hasta aquí hemos llegado”, que no podía permitir ningún avance ni mayor progreso. Así, desde la mal entendida lealtad, se negaba el espíritu, el significado, de la propia Constitución. La amputación del Estatut fue uno de los mayores logros de esta segunda perspectiva; algo que no habría sucedido con las primeras composiciones del Tribunal Constitucional.
La democracia española nació, por cierto, de una amnistía. La confrontación, en aquel momento, entre reforma y ruptura, terminó con la opción de dar validez formal a un derecho proveniente de un régimen que lo había impuesto a través de una guerra y no a la recuperación del único históricamente legítimo. Y el pacto pasó por la amnistía, el olvido. “Los ilusionados ciudadanos” creían que el grito de petición de amnistía iba a suponer la superación de la división y el comienzo de una nueva etapa de la historia en la que todos íbamos a ser capaces de convivir. Y, con todas las limitaciones que se quiera, así fue. La Constitución española de 1978 nació, en fin, de una amnistía. Por eso resulta históricamente paradójica la pretensión de algunos –los mismos, por cierto, que se empeñaban en definir el procés como rebelión y golpe de Estado– de calificar la amnistía de inconstitucional. Lo son los indultos generales –porque un indulto general es necesariamente un ejercicio arbitrario del poder y una negación de la función jurisdiccional–; pero no una amnistía; decisión que requiere de una Ley Orgánica y que es, por tanto, adoptada por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, con la pretensión de superar una situación histórica que la mera aplicación del derecho vigente no puede conseguir.
La posición de Cataluña en España no puede ser impuesta permanentemente por las bayonetas. Pasa por el convencimiento. De los catalanes entre sí y del resto de los españoles con ellos. También aquí pueden ser reproducidas las palabras de Don Miguel de Unamuno, ahora tan escuchadas a través del cine: no se trata de mantener la unidad de España a través de vencer por la fuerza, siquiera sea del Derecho, sino de convencer a quienes ahora manifiestan su odio de que abandonarla no es una buena opción. Y para eso es casi indispensable recuperar el método que nos permitió construir, con todas las limitaciones que se quiera, un espacio político común: lo fue en 1977 la amnistía. La situación actual no es más fácil que la de entonces. Pero se requiere para ello precisamente lo que más se echa de menos: una renuncia a anteponer votos, siglas y testosterona al interés general y a los fundamentos del Estado Democrático de Derecho. ___________
Juan Carlos Carbonell Mateou es catedrático de Derecho Penal
La sentencia del procés es, como no podía ser de otra manera, técnicamente muy correcta a salvo de que de una lectura más pausada pueda obtenerse otra conclusión. En otro lugar de infoLibre y tras un sereno examen la analizaremos desde esa perspectiva. Pero puedo ya anticipar mi opinión de que es una sentencia dura, pese a que el Tribunal haya rechazado la rebelión –descarte que ya hicimos dos centenares de penalistas, aunque según el fiscal Zaragoza “no los de mayor prestigio”–, así como la imposición de un período de seguridad para el pase a tercer grado en la ejecución penitenciaria. Con todo, el Tribunal ha impuesto penas muy altas y ha dejado de aplicar alguna posibilidad de rebaja.