De populismo penal y sobreactuación política

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Gaspar Llamazares

La reforma del solo sí es sí aparece como respuesta al movimiento feminista y al clima de indignación popular como consecuencia del caso de la manada, en un contexto que a veces parecía partir de la presunción de culpabilidad de las víctimas. De tal manera que para algunos jueces casi era necesaria la violencia brutal del agresor y la resistencia heroica de la agredida para trascender de la calificación de meros abusos a una sentencia de violación.

El objetivo de la ley orgánica de garantía de la libertad sexual era y es la consolidación normativa del requisito indispensable del consentimiento explícito en las relaciones sexuales y a la par el abordaje integral de la prevención y respuesta a los delitos sexuales con la máxima protección de la víctima como principal finalidad, equiparando a España con otros 11 países europeos, entre ellos Reino Unido, Suecia y Portugal. La legislación también se ocupa de los delitos sexuales contra los niños y propone la reeducación de los delincuentes. Esa es la razón por la que en la nueva ley, además de endurecer las penas frente a los delitos más graves, se suprimen los abusos para limitar los tipos penales a la agresión sexual y la violación, con la inevitable modificación a la baja de la horquilla de las penas al objeto de garantizar con ello el mantenimiento del principio de proporcionalidad en particular en los casos sin agravantes.

El primer riesgo es que siempre que se legisla en caliente se provoca como consecuencia la expectativa lógica de entrar en el populismo penal por el que todo se soluciona con la elevación de las penas de cárcel, hasta el límite de la cadena perpetua propugnada por una ultraderecha que hace gala de su perspectiva machista.

De hecho, la mayoría de las reformas parciales del Código Penal a las que he asistido o en las que he participado como diputado lo han sido casi siempre, por no decir siempre, para endurecer aún más las penas de cárcel. Sin embargo, con su aplicación se ha producido, al margen de disposiciones para limitarla, la obligada revisión posterior de las condenas en favor del reo en base al principio de retroactividad de las leyes penales, regulado en el artículo 2-2 del Código Penal y, como consecuencia también, en casi todas las reformas, tanto por parte de los operadores jurídicos como de los periodistas especializados en la materia, la habitual acusación al ministerio de justicia y a las cámaras legislativas de turno de tener una  técnica legislativa deficiente.

No es extraño pues que la legislación penal y penitenciaria española tengan las penas más duras, además del mayor nivel de cumplimiento de las penas privativas de libertad que la mayoría de las democracias de nuestro entorno. Sin embargo, ocurre lo contrario con las más bien escasas penas alternativas a la prisión y con las aisladas experiencias de reinserción como las unidades terapéuticas y educativas (UTEs) de las prisiones, que de acuerdo a la finalidad rehabilitadora que contempla nuestra Constitución deberían ser las prioritarias.

El caldo de cultivo del escándalo mediático y político se da como consecuencia de la aparente paradoja de la expectativa creada dentro del populismo punitivo de endurecimiento de todas las penas frente a la realidad de la revisión y reducción de algunas penas en concreto, sin tener en cuenta el endurecimiento de las penas en los casos más graves como la violación colectiva o en manada y la inclusión de nuevas formas de agresión sexual como la sumisión química.

Sin embargo, como dice el magistrado Joaquín Bosch, "no es ninguna barbaridad la interpretación jurídica del Gobierno sobre que no proceden las reducciones de penas, pues coincide con lo que se está decidiendo en unas resoluciones judiciales. Y tampoco es ninguna barbaridad que haya tribunales acordando esas reducciones".

No obstante, se aprovechan las lógicas revisiones, en particular de los casos con reducciones de algunas penas menores, para distorsionar los efectos, descalificar la nueva ley y acusar al gobierno y a la ministra de igualdad de desproteger a las víctimas, cuando lo importante es que tanto la justicia y la protección de las víctimas como la rehabilitación y la reinserción de los penados avancen.

Una reinserción de los delincuentes sexuales que asciende en la actualidad en la línea de otros delitos a más del ochenta por ciento, a pesar del clima de populismo penal que los considera poco menos que delincuentes sin remisión. Y una evaluación para la que habría que dar un tiempo prudencial para permitir la aplicación del nuevo código penal y asimismo a establecer la jurisprudencia por parte del Tribunal Supremo.

Además, y aunque la polémica en los asuntos penales está servida, ésta se ha descontrolado como producto de la desproporcionada reacción de sorpresa del ministerio de Igualdad,  como si éste no contase con la revisión de penas y de su rebaja por una parte de los jueces, acusándolos de machismo y de una lectura política sesgada de la norma.

El primer riesgo es que siempre que se legisla en caliente se provoca como consecuencia la expectativa lógica de entrar en el populismo penal por el que todo se soluciona con la elevación de las penas de cárcel

Una reacción defensiva que se agrava en particular con la división entre los partidos del Gobierno, en la que ministras del PSOE se abren a una imposible reforma e incluso dentro de Unidas Podemos algunos acusan a la vicepresidenta del Gobierno de "ponerse de perfil", aprovechando todos la ocasión para pasar facturas pendientes. Un tiro en el pie. Y por si fuera poco por parte de la mayoría de investidura, que se han situado al abrigo de las críticas con el 'ya te lo dije' ante la polémica generada por la revisión de las sentencias, siendo conscientes por otra parte de la inutilidad de una disposición transitoria para evitarlo, así como de la imposibilidad de una hipotética nueva reforma que pudiera salvar las revisiones de sentencias.

En resumen, unos se equivocan lanzando la pelota hacia adelante acusando a la justicia y otros se pasan la pelota de unos a otros en vez de asumir la lógica jurídica y los efectos colaterales de la norma.

Todo ello ha dejado al ministerio de Igualdad solo en defensa de la ley del solo sí es sí como objetivo a batir por parte de la derecha, pero no cabe duda que debilita también al conjunto del Gobierno.  Por otra parte, la respuesta de las organizaciones de jueces acusando de mala técnica legislativa a los políticos no deja de ser más de lo mismo como ante las últimas reformas puntuales del Código Penal. Tal y como si los letrados del Gobierno y del Parlamento no fueran tan expertos en la materia como los fiscales,  jueces y magistrados. Al populismo penal parece que le corresponde últimamente una suerte de tecnocracia corporativa.

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Gaspar Llamazares es fundador de Actúa.

La reforma del solo sí es sí aparece como respuesta al movimiento feminista y al clima de indignación popular como consecuencia del caso de la manada, en un contexto que a veces parecía partir de la presunción de culpabilidad de las víctimas. De tal manera que para algunos jueces casi era necesaria la violencia brutal del agresor y la resistencia heroica de la agredida para trascender de la calificación de meros abusos a una sentencia de violación.

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