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Tribunales

Los bancos se preparan para hacer frente tras el verano a una nueva batalla judicial por los abusos hipotecarios

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Con la tormenta por el pago del impuesto hipotecario ya calmada, el sector bancario se enfrenta a un nuevo otoño caliente. Las principales entidades financieras regresarán de vacaciones con la vista puesta en Luxemburgo y en un nuevo frente judicial que puede costar a la banca miles de millones de euros. A comienzos de septiembre, el abogado general de la Unión Europea está llamado a emitir sus conclusiones sobre el IRPH, índice al que se ligaron en España 1,3 millones de hipotecas y cuya legalidad ha sido puesta en duda. Los bancos son conscientes del enorme impacto económico que podría tener una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE) declarando abusiva esta referencia. Por ello, varias entidades ya han empezado a echar cálculos sobre su exposición al IRPH. Sin embargo, fuentes del sector dicen que por el momento se mantienen en una “posición de expectación”. Eso sí, aseguran que “lógicamente” existe preocupación por un fallo que pueda poner de nuevo “en entredicho” las actuaciones de la banca.

El denominado Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios se comercializó en 2008 como una alternativa a otros indicadores como el Euríbor, que por aquel entonces se encontraba en plena escalada –en julio de aquel año llegó a rozar el 5,4%–. Calculado por el Banco de España, era mucho menos volátil que el indicador fijado por el Banco Central Europeo, lo que permitía que este índice fuera vendido como una suerte de seguro frente a las continuas oscilaciones del Euríbor. Pero del mismo modo que a estos préstamos no les afectan las subidas, tampoco se pueden beneficiar de las bajadas. Así, mientras que el pasado mes de septiembre el IRPH se situaba en el 1,891%, el indicador fijado por el supervisor europeo estaba en el -0,166%. Por ello, asociaciones de consumidores como Asufin denuncian que los bancos usasen como “reclamo” la “mayor estabilidad” del IRPH sin advertir a los clientes de que estos índices “tradicionalmente se han situado por encima del Euríbor”, lo que suponía “un previsible encarecimiento de la hipoteca”.

Muchos afectados decidieron llevar el caso ante la justicia al considerar que las entidades no habían sido suficientemente transparentes. En noviembre de 2017, el Supremo se pronunció por primera vez al respecto. Y lo hizo dando la razón a la banca. En su sentencia, el Pleno de lo Civil del alto tribunal dictaminó que la referenciación de un préstamo hipotecario a un tipo oficial como el IRPH no implica ni un abuso ni una falta de transparencia. “Al tratarse de índices oficiales utilizados por las diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales, resulta fácilmente accesible para un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, conocer que se utilizan diferentes sistemas de cálculo del interés variable y comparar las condiciones utilizadas por los distintos prestamistas en un elemento tan esencial como el propio precepto del préstamo”, apuntaba el fallo. Sin embargo, no hubo unanimidad. Dos magistrados emitieron un voto particular recalcando que la cláusula que incorporaba el IRPH no supera el control de transparencia.

Una vez conocido el fallo del Alto Tribunal, el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona decidió elevar una cuestión prejudicial al TJUE al entender que la decisión del Supremo podía suponer una vulneración de la normativa comunitaria sobre la protección de los consumidores. A finales de septiembre, la Comisión Europea se puso del lado de los afectados con un informe, elaborado por sus servicios jurídicos y dirigido a la Corte de Luxemburgo, en el que recordaba que las leyes europeas obligan a “explicar al consumidor, antes de la firma del contrato, cómo se configura el tipo de referencia, cuál ha sido la evolución de este tipo en el pasado, así como su posible evolución futura, comparándolo con otros tipos utilizados en el mercado”. Con este documento sobre la mesa, ahora le toca el turno al abogado general de la Unión Europea, que tendrá que presentar su informe el próximo 10 de septiembre, tres meses después de la fecha inicialmente prevista para ello –24 de junio–.

Un riesgo que puede “afectar a la rentabilidad”

Tal y como recuerdan a infoLibre fuentes de uno de los principales bancos españoles, la posición que adopte el abogado general de la UE “no es definitiva”. Eso sí, en la gran mayoría de los casos suele coincidir con la sentencia final. Por tanto, una vez se conozcan las conclusiones del letrado, habrá que esperar hasta que los magistrados se pronuncien sobre un asunto que preocupa, y mucho, a las autoridades españolas y comunitarias. Así lo pusieron de manifiesto a comienzos de julio los inspectores de la Comisión Europea y del Banco Central Europeo en el último informe de supervisión del rescate bancario. “Aunque los costes vinculados a los litigios sobre la deuda preferente o acciones ya han sido pagados o aprovisionados”, recogía el documento en su punto número 30, “podrían emerger” algunos “riesgos potenciales” sobre “los costes administrativos o índices de interés aplicados (como el IRPH)” y, dependiendo de las decisiones judiciales, “afectar a la rentabilidad de algunos bancos”.

El supervisor español, por su parte, también lanzó una advertencia sobre esta cuestión hace un par de meses. Así, en su Informe de estabilidad financiera, primavera 2019, el Banco de España situó el “riesgo legal” como uno de los tres principales a los que tendrá que hacer frente el sector. Y, en este sentido, avisó a las entidades de que todavía existen “procedimientos judiciales muy relevantes pendientes de resolución”. El documento del supervisor bancario se centra en el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios. “Dependiendo del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, podría producirse un aumento de las demandas judiciales contra los bancos españoles con impacto en aquellas entidades con mayor volumen de préstamos hipotecarios indiciados al IRPH”, alertaba el Banco de España, que exigía a todas estas entidades expuestas “una apropiada medición del posible impacto contingente y medidas de gestión y prevención adecuadas”.

16.500 millones de exposición

Atendiendo a los mensajes lanzados desde el organismo que gobierna Pablo Hernández de Cos, el sector bancario ha empezado a echar cálculos sobre el golpe económico que podría tener una sentencia desfavorable. Según los datos comunicados a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Caixabank sería la entidad que más sufriría un fallo en contra, con una exposición de 6.700 millones de euros a cierre de marzo, seguida por Banco Santander, BBVA y Bankia: 4.300 millones, 3.100 millones y 1.600 millones, respectivamente. Banco Sabadell, por su parte, sería la menos expuesta. Según sostuvo en uno de los últimos encuentros con analistas el consejero delegado, Jaime Guardiola, la entidad tiene una exposición que ronda los 800 millones después de que en el último año la hayan conseguido reducir un 43% pasando a sus clientes a hipotecas fijas. En total, los cinco principales bancos hacen frente a 16.500 millones de euros.

Fuentes de uno de ellos explican que se encuentran “en posición de expectación” y recuerdan que el IRPH es un índice “que ya existía y que era público que se aplicaba”. “Nosotros no nos lo inventamos”, aseveran esas mismas fuentes, que aseguran que en la entidad son “moderadamente optimistas” ante lo que pueda pasar en Luxemburgo. Además, evitan especular sobre el impacto económico porque “hay que ver, según la sentencia, a qué y cuántas hipotecas afecta y a partir de cuándo”. Eso sí, reconocen preocupación en el sector por este asunto porque podría volver a poner de nuevo a la banca “en entredicho”. Un varapalo reputacional del que ya advirtió el Banco de España en su informe de estabilidad financiera: “La manifestación del riesgo legal (…) se ha traducido en una pérdida de reputación para el sector bancario (…) que las entidades deben esforzarse en revertir proporcionando a sus clientes los productos financieros adecuados a sus necesidades y capacidades, así como suministrando la información relevante de manera clara y transparente”.

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De las cláusulas suelo al impuesto hipotecario

El sector bancario español lleva años enredado en los tribunales por las estrategias comerciales utilizadas a la hora de conceder préstamos hipotecarios. Y no han sido pocos los varapalos judiciales recibidos por este motivo. El más duro se produjo en diciembre de 2016, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoció la retroactividad total de las cláusulas suelo, corrigiendo así el criterio marcado por el Supremo unos años antes –sólo se aceptaba la devolución del dinero cobrado por esta vía a partir de mayo de 2013– y poniendo al sector bancario ante un impacto potencial cifrado en unos 4.000 millones de euros. Sólo unos meses después, Luxemburgo volvió a golpear nuevamente a las entidades financieras sentenciando que todas aquellas hipotecas multidivisa –préstamos que se pagan en otras monedas diferentes al euro– colocadas por sin haber ofrecido al prestatario “información suficiente” debían ser declaradas nulas. En este caso, el impacto del fallo se cifró en unos 1.600 millones.

El último terremoto se registró hace sólo unos meses. Pero en esta ocasión, la banca no fue la única perjudicada. El pleito por el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), más conocido como impuesto hipotecario, llegó a sumir al Supremo en una de las mayores crisis de credibilidad que se recuerdan. Y no es para menos. Durante tres semanas, la incertidumbre fue total. Primero, el Alto Tribunal dio a conocer una sentencia en la que se dictaminaba, en un completo giro jurisprudencial, que eran las entidades las que tenían que hacer frente a la factura del impuesto. Pocas horas después, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo decidió, “habida cuenta de la enorme repercusión económica y social” del fallo, avocar al Pleno a estudiar otro recurso con un objeto similar para decidir si confirmaba o no el cambio de criterio. Del cónclave salió una nueva sentencia a favor de la banca que incrementó la presión social y obligó finalmente al Gobierno a impulsar un decreto que trasladaba el peso del tributo a los bancos.

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