Los deberes pendientes de España con la UE: 71 directivas pendientes de incorporarse a la legislación

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El Gobierno tiene en la actualidad 71 directivas comunitarias pendientes de adaptar al ordenamiento jurídico español. Del total, 28 de ellas, el 39%, han superado ya la fecha límite de transposición. El retraso en esta materia puede culminar con la apertura de un procedimiento infractor y, en el peor de los casos, una sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con su correspondiente sanción.

Para respetar los plazos marcados, el resto de transposiciones deberían ser una realidad entre el 25 de diciembre y el 30 de julio de 2020. Por años, España debería transponer este 2018 un total de 23 directivas europeas. Es el mismo número que las que ha de adaptar en 2019. De momento, para 2020 sólo hay una decena.

Así consta en una respuesta parlamentaria por escrito del Ejecutivo a varios diputados de Ciudadanos con fecha del pasado 12 de noviembre. En el texto [aquí, en PDF], el Ejecutivo de Pedro Sánchez ofrece el listado de las directivas pendientes de adaptar e informa de que "el retraso medio en la transposición desde el año 2016 es de 92 días".

Entre las directivas cuya fecha límite de transposición ya ha expirado está, por ejemplo, la 2013/0030, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y el gas mar adentro, la directiva offshore. O la 2014/0057 sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado. También, la 2017/0541, relativa a la lucha contra el terrorismo o la 2017/2013, que tiene que ver con la inclusión de nuevas sustancias psicotrópicas en la definición de droga.

A la hora de buscar causas a este retraso en las transposiciones, el Ejecutivo apunta al intercambio de pareceres que exige un país descentralizado como España. Tampoco pasa por alto el largo periodo de Gobierno en funciones en 2016. A este mismo argumento recurrían los conservadores en los últimos meses de Gobierno de Mariano Rajoy cuando se les cuestionaba por el trabajo atrasado en esta materia.

Procedimientos de infracción 

Datos de la Comisión Europea a 26 de noviembre concluyen que España tiene abiertos un total de 97 procedimientos de infracción por incumplimiento del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

El Gobierno no facilita este dato en su respuesta a Ciudadanos, no obstante, sí mantiene que "el hecho de que la Comisión Europea inicie un procedimiento de infracción no comporta automáticamente la existencia de un incumplimiento "

En este sentido, destaca, que en los casos en los que se ha iniciado un procedimiento de infracción, los contactos bilaterales con la Comisión suelen dar "buenos resultados y permiten a menudo que no sea necesario avanzar en la fase pre-contenciosa".

El proceso

Una vez que la Comisión detecta una posible infracción, es frecuente que se establezcan conversaciones informales entre el estado cuestionado y la institución. En ocasiones, tras esta fase no regulada en los tratados, se produce una corrección o el rechazo de la Comisión a continuar con el proceso.

El inicio de lo que en las instituciones europeas se conoce como "fase pre-contenciosa" arranca con una "carta de emplazamiento" de la Comisión al Estado miembro a fin de que éste pueda "presentar sus observaciones" sobre el posible incumplimiento. En este documento, se detallan los motivos y se indica la norma que se podría estar infringiendo. Tras la carta, el Estado interesado puede presentar observaciones o incluso solucionar o comprometerse a solucionar el asunto cuestionado.

Los dictámenes motivados llegan cuando el Estado no ha presentado observaciones a la carta o estas no convencen a la Comisión. En estos casos, la institución europea opina sobre la existencia de una infracción. Y el Estado miembro vuelve a tener tiempo para cumplir con la obligación observada.

La infracción sólo puede ser declarada por el TJUE.

56,9 millones en multas

En su pregunta por escrito al Gobierno en el Congreso, la formación liderada por Albert Rivera pide, además, que se les informe del "dinero que ha pagado anualmente en multas por incumplimiento España a la UE entre 2012 y 2017". La suma de todas las sanciones es de 56.900.000 euros.

El Ejecutivo precisa que son tres los procedimientos de infracción que han desembocado en una sentencia del TJUE sancionando a España con multa.

La primera de ella es del 11 de diciembre de 2012 y tiene que ver con el caso de ayudas públicas a la empresa Magefesa. Se impuso una multa de 23.900.000 euros, "correspondiendo 20 millones a una multa de tanto alzado y 3.900.000 a una multa coercitiva". La cifra total "fue repercutida al Gobierno vasco debido a su responsabilidad competencial", explica el Ejecutivo.

La segunda de las sentencias, de ayudas públicas en el caso de las haciendas forales vascas, es del 13 de mayo de 2014 y el importe de la multa fue de 30 millones. Como en el caso de Magefesa, la multa fue repercutida  al Ejecutivo vasco.

La sentencia más reciente, la del régimen jurídico de los estibadores, es del 13 de julio de 2017: 3 millones de euros.

En principio, la Comisión Europea solicitaba una sanción de 24 millones de euros al estimar que el incumplimiento persistió durante un "tiempo significativo" de 29 meses y porque afectó a los fundamentos del mercado interior, en especial a la libertad de establecimiento. Después, el TJUE dejaría la multa en tres millones.

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El pasado 25 de julio el Tribunal de Justicia emitía una sentencia por incumplimiento de la normativa de tratamiento de aguas residuales urbanas y, informa el Ejecutivo en su respuesta parlamentaria, la Comisión acaba de requerir a España a pagar la multa de 12 millones de euros "en concepto de sumo a tanto alzado impuesto".

"Se prevé abonar en los años 2018 y 2019 los importes que deban calcularse en concepto de multa coercitiva decreciente, con periodicidad semestral", concreta el Gobierno.

Para agilizar la aprobación de directivas el Gobierno destaca la búsqueda de "soluciones legislativas para acortar los plazos", recurriendo especialmente a la herramienta del real decreto ley. También, la búsqueda de la colaboración del Congreso, sobre todo en el caso de las directivas "que se encuentren en riesgo de multa".

El Gobierno tiene en la actualidad 71 directivas comunitarias pendientes de adaptar al ordenamiento jurídico español. Del total, 28 de ellas, el 39%, han superado ya la fecha límite de transposición. El retraso en esta materia puede culminar con la apertura de un procedimiento infractor y, en el peor de los casos, una sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con su correspondiente sanción.

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