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Las decisiones del Tribunal Supremo que dejan en evidencia al fiscal Maza y a la jueza Lamela

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El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena acordó en la noche de este jueves que la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa de esa cámara Lluís Corominas, Anna Simó, Lluís Guinó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet estén en libertad, con distintas medidas cautelares, mientras se investigan los delitos de rebelión, sedición y malversación que la Fiscalía les imputó en su querella y que el magistrado asume en esta fase inicial del proceso. 

Aunque están incriminados por delitos similares, la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela decretó en cambio la entrada en prisión de forma provisional y sin fianza para el vicepresident cesado Oriol Junqueras y siete consellers destituidos del Govern, que permanecen internados en dos penales madrileños desde el 2 de noviembre. Sólo el exconseller Santi Vila eludió la cárcel tras manifestar ante la instructora su desistimiento del proceso soberanista y depositar una fianza de 50.000 euros.

Es cierto que las circunstancias no son idénticas, pues no es lo mismo tramitar leyes, que es lo que hacen los parlamentarios a través del poder legislativo, que ejecutarlas, que es tarea de los gobernantes a través el poder ejecutivo. Tampoco es lo mismo acatar el artículo 155 como hizo la Mesa del Parlament al dar por disuelta la Cámara y renunciar a su normal funcionamiento, que defender que el único Govern "legítimo" es el destituido como han repetido Junqueras y otros dirigentes. No obstante, hay que tener en cuenta que todos los miembros cesados del Ejecutivo autonómico han mostrado su sumisión de facto a la intervención del Gobierno central. 

Otra diferencia es que, en el interrogatorio, los miembros citados de la Mesa del Parlament sí contestaron a las preguntas del juez y del Ministerio Público, mientras que Junqueras y los siete consellers destituidos encarcelados sólo respondieron a sus abogados. Además de asumir la aplicación del artículo 155, todos manifestaron que abandonarían a la actividad política o, de seguir ejerciéndola, lo harían "renunciando a cualquier actuación fuera del marco constitucional", tal y como explica el magistrado en el auto. No obstante, les advierte de que en caso de "retorno a la actuación ilegal" las medidas cautelares impuestas se podrían "modificar".

Precisamente este viernes la Fiscalía confirmó en un comunicado que no recurrirá las medidas cautelares tomadas el jueves por el juez Llarena, ya que entiende que el auto del magistrado del Supremo "admite con una rigurosa y extensa fundamentación" sus planteamientos. En realidad, la Fiscalía había solicitado prisión incondicional para cuatro miembros de la Mesa del Parlament, petición que no fue atendida en absoluto por Llarena. Pero la Fiscalía no se queda ahí. También consideró necesario salir en defensa de la jueza de la Audiencia Nacional que sí aceptó las peticiones del Ministerio Público. Según interpreta la Fiscalía, las decisiones tomadas por el magistrado del Supremo "en modo alguno contradicen, afectan o deslegitiman" la tomada la pasada semana por la jueza Lamela respecto a los exconsellers de la Generalitat.

En realidad, varias decisiones del juez del Tribunal Supremo sobre temas relevantes sí dejan en evidencia determinadas actuaciones tanto de la jueza de la Audiencia Nacional como del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, cuya querella dio origen a esta investigación. infoLibre explica estas cuestiones a continuación: 

1. Medidas cautelares individuales

Una diferencia sustancial entre la actuación de Llarena y la de Lamela es que el primero sí deja ver en su auto un hecho clave: que las responsabilidades penales son personales y, por tanto, no equiparables entre diferentes investigados en una misma causa. El juez del Tribunal Supremo celebró una vistilla conjunta con los seis investigados, pero después, en el auto, desgranó de manera individual las medidas cautelares impuestas a cada uno de ellos. 

Por ejemplo, motivó la petición de prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para Forcadell en su intervención "medular" en el procés y en la "intensa repercusión" que su "liderazgo" ha tenido en las diferentes etapas que ha ido atravesando la causa soberanista. Algo que, a juicio del magistrado, "aporta a sus iniciativas una trascendencia social, administrativa e institucional, que no es comparable con la que puede atribuirse a la mayor parte del resto de partícipes". Para Corominas, Simó, Guinó y Barrufet dictó libertad bajo fianza de 25.000 euros y para Nuet, libertad incondicional. 

Lamela, sin embargo, atribuyó a todos los querellados –excepto al exconseller Santi Vila, que dimitió horas antes de la proclamación de la declaración de independencia– el mismo "papel activo" impulsando el procés a través de una acción "meditada y perfectamente preparada y organizada" y "reiterando durante más de dos años el incumplimiento sistemático de las resoluciones del Tribunal Constitucional" en pro de la secesión. 

2. Situación del diputado Nuet

En la querella que dio origen al procedimiento en fiscal general del Estado, José Manuel Maza, atribuye al diputado de Catalunya Sí Que Es Pot y secretario tercero de la Mesa del Parlament Joan Josep Nuet los delitos de rebelión, sedición y malversación por tramitar las resoluciones votadas en el Parlament encaminadas a declarar la independencia. Entre ellas, la resolución de Junts pel Sí y la CUP que, el 27 de octubre, declaró la creación de la república catalana.

En concreto, cita que votó a favor de la admisión a trámite de dos proposiciones de ley, la de transitoriedad jurídica y la fundacional de la república, lo que determinó su inclusión en el orden del día y, finalmente, su votación en el Pleno. El fiscal también asegura que dio su voto favorable a los acuerdos que permitieron el nombramiento de los miembros de la sindicatura electoral de Cataluña. 

El juez Llarena, sin embargo, dice en su auto que aunque Nuet "votó a favor de introducir en el debate parlamentario determinadas cuestiones que podían contar con el veto del Tribunal Constitucional" se opuso a los textos clave del proceso soberanista. De hecho, su defensa aportó la documentación que acredita que, a diferencia de lo que se sostiene en la querella, se abstuvo en la votación por la se admitió a trámite la ley de transitoriedad y votó en contra de la admisión a trámite de las dos resoluciones aprobadas el día 27 de octubre: la de la declaración de independencia y la del proceso constituyente. 

El propio Nuet aseguró en varias entrevistas este viernes que el juez Llarena les dijo al inicio de su declaración: "Tranquilos, esto no es la Audiencia Nacional y lo que ha pasado allí aquí no tiene por qué pasar". A inicios de semana su defensa había reclamado la inadmisión de la querella por incluir "errores" como la atribución "falaz" de dos votaciones que no son ciertas. Y los documentos prueban que Nuet tenía razón.

3. Petición de fianza millonaria 

El juez Llarena también se distanció de la jueza Lamela y de la fiscalía en la fianza de 6,2 millones de euros que el ministerio público reclamaba para los investigados y que la magistrada de la Audiencia Nacional dio por buena incluso antes de que los investigados acudieran a su juzgado. Esa cantidad corresponde a la que, según la investigación, se destinó en los presupuestos para financiar el referéndum del 1 de octubre.

En un segundo auto, el magistrado del Supremo denegó esa medida "sin perjuicio de que pueda ser acordada, en la cuantía que corresponda, si el contenido de la instrucción que se inicia lo mostrara pertinente", aunque consideró precipitado fijarla en el actual momento procesal. 

4. Justificación del riesgo de fuga 

La  legislación fija los supuestos que tiene que acreditar el juez para motivar la prisión provisional: evitar que el imputado se fugue; impedir que oculte, altere o destruya pruebas, así como imposibilitar que siga cometiendo delitos o que pueda actuar de nuevo contra la víctima. Es suficiente con que concurra una de estas circunstancias. Además, tanto el Supremo como el Constitucional han determinado a través de una reiterada jurisprudencia que los jueces tienen que tener en cuenta a la hora de ordenar la privación de libertad tanto la gravedad del delito cometido como las circunstancias personales del supuesto criminal. 

Pues bien, uno de los aspectos más criticados del auto de la jueza Lamela fue precisamente que valorara el riesgo de fuga de unos investigados que nunca habían eludido la acción de los tribunales [Junqueras y los otros siete dirigentes ahora encarcelados] en función de la conducta de otros [Puigdemont y el resto de políticos huidos]. "Basta recordar el hecho de que algunos querellados se han desplazado a otros países eludiendo las responsabilidades penales en las que puedan haber incurrido", puede leerse en su escrito. 

El juez Llarena, en cambio, considera que el riesgo de fuga sí existe, aunque resalta el "manifiesto contraste" entre unos encausados que se han presentado cuantas veces han sido reclamados por la justicia con otros "que se encuentran actualmente fugados". Y precisamente subraya que ese riesgo se "difumina" por el hecho de haberse  presentado cuantas veces han sido citados por los tribunales. Es decir, Llarena razona exactamente lo contrario que Lamela.

5. Valoración de la destrucción de pruebas 

En su auto, la jueza Lamela también subraya que hay una "alta probabilidad" de que los querellados oculten, alteren o destruyan pruebas "teniendo en cuenta los cargos que han ostentado hasta hace solo unos días". Pero en las primeras 15 páginas del auto la magistrada reitera en varias ocasiones el carácter público de algunas de sus actuaciones, así que parece inverosímil que pueda borrarse todo ese rastro. La jueza también obvia que ya no controlan esa administración y que en otras partes de su escrito también reconoce que cuentan con una amplia red de colaboradores que podrían hacer esa función. Y ni siquiera insinúa cuáles son esas posibles pruebas que podrían destruir.

El juez Llarena admite una diferencia entre los exmiembros del Govern y los integrantes de la Mesa del Parlament sobre los que él indaga. Señala que los segundos están siendo investigados por haber favorecido la creación de una base normativa para la secesión a través de los debates y las votaciones de esa Cámara y que, en consecuencia, sus acciones están documentadas en los diarios de sesiones del Parlamento de Cataluña.

Así, dice no tener evidencias de que los encausados hayan podido adoptar actuaciones o decisiones orientadas al fin de destruir pruebas más allá de la "inespecífica sospecha" de que cualquier acusado puede desplegar comportamientos que tengan como objetivo facilitar la impunidad de sus actos. Lamela tampoco tiene evidencias de la posible destrucción de pruebas –o, si las tiene, no las cita en su auto de prisión–, pero en cambio concluyó que ese riesgo era real y no una mera sospecha suya y del fiscal.

6. Posible indefensión de los encausados 

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Otro de los aspectos cuestionados del proceso que se sigue en la Audiencia Nacional es precisamente la supuesta indefensión que su celeridad generó en los investigados. La querella que les llevó a la cárcel fue presentada por la Fiscalía en la mañana del lunes 30 de octubre. El martes 31 por la tarde la jueza Lamela se declaró competente para investigarlos y los citó a declarar menos de 48 horas después, el jueves 2 de noviembre por la mañana. El día anterior había sido festivo.

Esta premura llevó a los abogados de los imputados a reclamar que suspendiera el procedimiento porque no habían tenido tiempo suficiente para estudiar la querella y preparar su defensa, pero la jueza lo rechazó. Su criterio contrastó con el del juez Llarena, que sí dio por buena la petición de los letrados de los seis miembros la Mesa del Parlament y aplazó una semana los interrogatorios, por esos sus declaraciones se produjeron siete días después. Durante ese período, a petición de la fiscalía, los encausados estuvieron sometidos a vigilancia policial. 

Andreu Van den Eynde, el abogado de cuatro de los encarcelados (Junqueras, Romeva, Bassa y Mundó), aseguró la semana pasada en un entrevista en RAC1 que tiene previsto llevar esta denuncia por falta de garantías en el proceso ante estamentos internacionales. "Habrá un día en que se pasarán e intervendrá un tribunal internacional y cambiarán las tornas. Entonces comenzarán a cambiar las cosas", señaló. 

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena acordó en la noche de este jueves que la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa de esa cámara Lluís Corominas, Anna Simó, Lluís Guinó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet estén en libertad, con distintas medidas cautelares, mientras se investigan los delitos de rebelión, sedición y malversación que la Fiscalía les imputó en su querella y que el magistrado asume en esta fase inicial del proceso. 

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