¿Tiene derecho la supuesta hija secreta del emérito a una parte de su opaca herencia?
Nuevo incendio alrededor de la Casa del Rey. Nada tiene que ver, en esta ocasión, el desarrollo de la segunda visita del emérito. Ni tampoco sus oscuros negocios. En este caso, el foco está sobre la existencia de una supuesta hija secreta. El asunto no es nuevo. De hecho, la periodista Pilar Eyre lleva años hablando de una "aristócrata muy famosa". Pero ahora, el caso ha vuelto a reavivarse con la publicación de un adelanto del libro King Corp. El imperio nunca contado de Juan Carlos I (Libros del K.O.) La obra pone por primera vez nombre al vástago. Se llama Alejandra. Y, según los expertos jurídicos consultados por infoLibre, tendría derecho a parte de la opaca herencia del monarca. Eso sí, tras un proceso complejo.
La hija, siempre según el capítulo publicado en El Confidencial, es fruto de una relación extramatrimonial de Juan Carlos I con una conocida aristócrata a finales de la década de los setenta y principios de los ochenta, tras el nacimiento de las infantas Elena y Cristina y del actual rey, Felipe VI. Supuestamente, Alejandra, que actualmente está casada y tiene un niño, creció ignorando quién era realmente su padre y, cuando lo averiguó, decidió continuar con su vida, si bien el rey emérito la habría estado ayudando económicamente. Todos los miembros de la familia conocerían la existencia de esta joven. Una paternidad secreta que Juan Carlos I habría compartido con su círculo más íntimo y que a los autores de la obra habrían confirmado tres fuentes diferentes.
Tras la publicación de la información surge una gran pregunta: ¿a qué podría tener derecho Alejandra? Varios abogados consultados por este diario explican que, como poco, a una doceava parte de la herencia del monarca. Un legado de valor desconocido. Poco, o muy poco, se sabe por el momento sobre el patrimonio que a lo largo de su vida ha podido ir amasando Juan Carlos I. Algunas estimaciones, como la que hizo The New York Times en 2012, atribuían al emérito casi 2.000 millones de euros. Desde entonces, se han conocido algunos detalles más. Por ejemplo, que cuatro años antes de que se pusiera sobre la mesa esa cifra el régimen de Arabia Saudí ingresó 65 millones de euros en la cuenta bancaria que en suiza tenía la fundación Lucum, de la que el emérito figuraba como primer y último beneficiario.
La compleja batalla judicial
Pero para poder optar a parte de esa herencia Alejandra tendría que ser reconocida antes como hija de Juan Carlos I. "Ésta no tendrá derecho alguno mientras no sea reconocida", explica Juan Ignacio Navas, socio fundador de Navas & Cusí. Podría hacerlo el propio emérito, pero lo cierto es que el monarca niega tener una hija secreta. Por tanto, la alternativa pasaría por los tribunales. "Si no está reconocida por el padre, deberá abrir un procedimiento de filiación", explica el abogado Manuel Vilches, del bufete Vilches Abogados. Jesús Odériz, socio fundador del despacho Odériz Echevarría, apunta que lo primero que debería hacer la hija no reconocida sería interponer una demanda de paternidad contra el emérito. En todo este tiempo, sin embargo, ella nunca ha querido reclamar nada.
Ahora bien, para que sea admitida a trámite tiene que haber "prueba suficiente". Esto último se lo conocen a la perfección la belga Ingrid Sartiau y el español Albert Solá. Ambos presentaron hace ocho años demandas de paternidad contra el rey emérito en el Tribunal Supremo. Sin embargo, ninguna llegó a buen puerto. El Alto Tribunal las acabó tumbando al entender que no se aportaba ese "principio de prueba de los hechos" que el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil fija como necesario para la admisión. En el caso de Sartiau, se puso sobre la mesa un acta notarial en la que la madre de la ciudadana belga explicaba las circunstancias en las que se había producido el encuentro sexual con Juan Carlos I en 1965.
En el marco de dicho procedimiento, explican los expertos consultados, se podría solicitar que el rey emérito se someta a una prueba de ADN, como hizo en su día Sartiau. Él puede negarse. Ahora bien, desde el despacho Gaurley Abogados avisan de que "oponerse a la prueba" se entiende como "favorable". "Un rechazo se entiende que va a favor del demandante", insiste también Vilches. En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que si bien la negativa a someterse a dicha prueba "no puede ser considerada" como una confesión presunta, sí que tiene la condición de "un indicio probatorio" que, unido a otras pruebas, debe ser ponderado por el juez a la hora de atribuir una paternidad reclamada.
Una doceava parte
Juan Carlos I tendría una cuarta hija fruto de una relación extramatrimonial
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Pelear por ese reconocimiento, por tanto, el paso previo a luchar por la parte de la herencia que le correspondería. En este sentido, los abogados consultados señalan que, como mínimo, a una supuesta hija secreta del rey emérito le correspondería la parte "legítima" –la que corresponde a los hijos y descendientes–, que equivale a un tercio del haber hereditario. Una porción que, al mismo tiempo, debería repartir con sus otros tres hermanos: las infantas Elena y Cristina y Felipe VI. Por tanto, le correspondería al menos una doceava parte de la herencia. A no ser que el actual rey renuncie a su parte, tal y como prometió tras estallar el escándalo de la fortuna oculta de su padre. En ese caso, el trozo de pastel sería mayor para las hermanas.
Con ese reconocimiento, la hija secreta ya podría reclamar lo que le correspondería de la herencia. En caso de que se abriese el testamento y ella no estuviese, explican los abogados consultados, tendría que impugnarlo. "Debería abrirse un proceso de preterición", explica Vilches. La preterición, en concreto, hace referencia a la ausencia de mención de un heredero forzoso en el testamento. Y puede ser de dos tipos: intencional –no se nombra un heredero a pesar de que se conoce su existencia– o no intencional –se omite al heredero porque se ignora su existencia–. En este sentido, Vilches señala que si se demuestra que ha sido intencional la herencia "quedaría bloqueada". Si se considera no intencional, la heredera simplemente sería incluida y cogería su parte del pastel.
Más allá de la herencia, los expertos descartan por completo que la hija secreta del rey emérito pueda tener derecho sobre la corona y aquellos otros derechos asociados. Al fin y al cabo, la proclamación de Felipe VI como rey ya está consolidada, pues fue a él a quien se reconoció como heredero al trono y a quien se proclamó en su día. Además, recuerda Xabier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Barcelona, la Ley Fundamental prima al varón sobre la mujer.