Las derrotas de Feijóo en el TC: perdió 12 de los 14 recursos que se interpusieron la Xunta y el Estado

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Alberto Núñez Feijóo se presenta como firme defensor de la Constitución, tanto durante sus 13 años al frente de la Xunta como en el año y medio que lleva al frente del PP estatal. Sin embargo, durante el tiempo que fue presidente del Gobierno gallego cosechó muchas más derrotas que victorias ante el Tribunal Constitucional cuando decidió recurrir normas estatales o cuando el Estado recurrió normas gallegas por vulnerar, respectivamente, las competencias atribuidas a cada administración por la carta magna o por considerar que la otra parte había aprobado dichas normas de manera inconstitucional. 

De los siete recursos de inconstitucionalidad que la Xunta presentó contra el Estado, solo uno fue estimado parcialmente. Por otra parte, también el Estado presentó siete recursos de inconstitucionalidad contra la Xunta, y en su caso solo uno fue desestimado.

Cuando las comunidades autónomas y el Estado discrepan sobre una norma lo habitual es que se abran negociaciones entre ambas administraciones para corregir o matizar la redacción o interpretación de la iniciativa en cuestión. Así se resuelven la gran mayoría de conflictos sobre competencias. Si aún así no hay acuerdo –y en algunos casos sin negociaciones– algunos conflictos llegan al punto de que una administración presente un recurso de inconstitucionalidad contra la norma aprobada por la otra parte.

Desde que Feijóo llegó en 2009 a la Presidencia de la Xunta, esta presentó siete recursos contra otras tantas normas aprobadas por el Gobierno de España. Los cuadros que acompañan esta información resumen brevemente el motivo y el resultado, con enlaces a las sentencias del Tribunal Constitucional publicadas en el BOE.

De los siete recursos, la Xunta solo logró la estimación parcial de uno, presentado también por Extremadura, Madrid y Cataluña contra un real decreto-ley de 2009 aprobado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero para la reestructuración bancaria y de las cajas de ahorro. El alto tribunal solo corrigió una frase que afectaba a las competencias autonómicas. 

Tanto en ese como en otros casos, para cuando el Constitucional emitió sus sentencias ya habían desaparecido algunos de los motivos de conflicto entre las administraciones, pero no todos. De esta manera, el alto tribunal declaró en varias ocasiones la "pérdida" o "desaparición sobrevenida" del objeto de parte de cada recurso. Pero como estos suelen impugnar varias cuestiones, entre ellas la manera de aprobación de las normas recurridas, el Constitucional también analiza esos otros aspectos y suele desestimar las quejas sobre ellos.

En cuanto al color del Gobierno central cuando la Xunta de Feijóo recurrió ante el Constitucional, su única vitoria se produjo con Zapatero, mientras que una de las derrotas fue frente a un ejecutivo de Mariano Rajoy, tres ante Zapatero y dos ante Pedro Sánchez. Estas dos más recientes rechazaron las pretensiones de Feijóo de que las herencias en vida en Galicia tributen menos y de que las concesiones privadas de terrenos públicos en el litoral duren más de lo que las restringió el Gobierno de Sánchez.

Por su parte, los gobiernos de España presentaron otros siete recursos de inconstitucionalidad contra normas impulsadas por la Xunta de Feijóo. En uno de los casos el Constitucional no llegó a pronunciarse ya que aunque Xunta y Estado no habían llegado a un acuerdo previamente y el caso había llegado a ser analizado por el tribunal, el Gobierno gallego desistió antes de que se emitiese la sentencia y corrigió su norma como pedía el Gobierno de Sánchez. Fue el caso de la reforma de la ley sanitaria gallega durante la pandemia con la que Feijóo quiso imponer la vacunación obligatoria en determinadas circunstancias.

De los otros seis casos de recursos del Estado contra la Xunta en los que el Constitucional sí llegó a emitir sentencia, solo en uno desestimó el recurso, presentado por el Gobierno de Zapatero. Fue por una norma gallega que estableció en 2010 un catálogo priorizado de medicamentos con el que Feijóo quiso reducir en plena crisis la factura farmacéutica que paga cada año la Xunta. El Constitucional lo consideró compatible con la normativa estatal y validó la ley gallega. 

Sin embargo, los otros cinco recursos del Estado fueron estimados parcialmente. De ellos, tres fueron presentados por gobiernos de Rajoy y dos por ejecutivos de Zapatero.

Estas sentencias se emitieron con composiciones del Tribunal Constitucional consideradas mayormente conservadoras, aunque en sus resoluciones hay, en ocasiones, votos particulares. La composición del tribunal cambió a comienzos de este año y ya se considera progresista. Con esta nueva composición emitió la sentencia que desestimó el recurso de Feijóo contra la norma estatal que había afectado a las herencias en vida en Galicia.

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El Constitucional también acaba de pronunciarse, con su nueva composición, avalando el impuesto estatal a las grandes fortunas frente a un recurso de la Comunidad de Madrid similar a los que también habían presentado Galicia, Andalucía y Murcia y que deberá resolver aplicando la misma doctrina. En este caso el recurso de la Xunta fue el primero que se presentó por Alfonso Rueda como presidente tras la marcha de Feijóo a Madrid.

Además, el Constitucional también tiene pendiente un recurso del Gobierno de Sánchez contra la Xunta por la ley gallega, también aprobada con Rueda en la presidencia, con la que quiere gestionar el litoral sin que el Estado le hubiese transferido expresamente las competencias. 

Aquí puedes leer el texto original en gallego.

Alberto Núñez Feijóo se presenta como firme defensor de la Constitución, tanto durante sus 13 años al frente de la Xunta como en el año y medio que lleva al frente del PP estatal. Sin embargo, durante el tiempo que fue presidente del Gobierno gallego cosechó muchas más derrotas que victorias ante el Tribunal Constitucional cuando decidió recurrir normas estatales o cuando el Estado recurrió normas gallegas por vulnerar, respectivamente, las competencias atribuidas a cada administración por la carta magna o por considerar que la otra parte había aprobado dichas normas de manera inconstitucional. 

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