El riesgo de investiduras fallidas

Feijóo y Sánchez eligen estrategias diferentes para salvar un nuevo bloqueo institucional a partir de 2023

Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo en enero de 2021.

Nadie puede estar seguro de lo que depararán los resultados de las próximas elecciones generales. En teoría se celebrarán cuanto toca, en 2023, aunque cada vez son más las voces que especulan con la posibilidad de que el presidente Pedro Sánchez puede decidir adelantarlas a la vista de que la guerra de Putin ha puesto patas arriba sus previsiones de llegar al año que viene en plena recuperación económica. 

Sobre lo que sí hay acuerdo es en que existen muchas posibilidades de que de esas elecciones nazca un Congreso de los Diputados aún más fragmentado que el que ha sido la norma desde que en 2015 PSOE y PP perdieron su tradicional posición hegemónica en la política española.

El peligro de bloqueo, que obligó a repetir las elecciones en 2016 y en 2019, está más presente que nunca. Casi todas las encuestas anticipan la posibilidad de que ningún bloque, ni PSOE-Unidas Podemos ni PP-Vox, esté en condiciones de sacar adelante una investidura en un país en el que, a pesar de lo ocurrido en los últimos años, sigue vigente la norma constitucional —el artículo 99— que posibilita a las minorías el bloqueo de las legislaturas. 

Para ser investido, Sánchez tuvo que pactar en 2019 un Gobierno de coalición con Unidas Podemos y llegar a acuerdos con otros seis partidos (ERC, PNV, Compromís, Nueva Canarias, Teruel Existe y BNG) que hoy, a la vista de los sondeos, serían insuficientes para ganar la votación. 

¿Cómo resolverlo? Los expertos en derecho constitucional que en los últimos años se han ocupado de analizar el problema aseguran que sólo hay dos maneras. La primera, una reforma constitucional para cambiar el procedimiento de la investidura siguiendo el modelo del Parlamento Vasco o el de las Cortes de Castilla-La Mancha. La segunda, un acuerdo entre el PP y el PSOE para facilitar la investidura del partido que resulte más votado.

El presidente virtual del PP, Alberto Núñez Feijóo, ya está proponiendo la segunda opción. Consciente de que tendrá muy limitadas las posibilidades de llegar a acuerdos con otras fuerzas políticas, especialmente si acepta como socio a Vox, Feijóo quiere plantear a Pedro Sánchez que los dos partidos del turnismo parlamentario español durante los últimos cuarenta años se comprometan a facilitar la investidura del candidato más votado. Es a eso a lo que se ha referido insistentemente estos días durante los mítines de su campaña de primarias cuando reclama el gobierno de “la mayoría”. Una fórmula que busca sin disimulo promover el voto útil en torno a las dos grandes formaciones de la política española.

La idea de Feijóo no es muy diferente de lo que el propio Pedro Sánchez defendía en octubre de 2019 en pleno bloqueo de la investidura y que en la práctica suponía una enmienda a la totalidad del ‘no es no’ que defendió en 2016 para negarse a elegir a Mariano Rajoy: “Lo que pedimos es que si [el PP] no tiene una mayoría alternativa, al menos que respete el resultado electoral y que deje gobernar a la lista más votada”. Lo dijo en un mitin en Barakaldo y lo repitió en noviembre en un debate electoral, delante de sus rivales. Pablo Casado rechazó la oferta. 

Con todo, la propuesta de Sánchez de hace tres años introdujo un matiz relevante que la diferencia de la actual de Feijóo: el líder del PP habla de respetar la lista más votada; el presidente pide facilitar el gobierno de quien sea capaz de reunir la “mayoría parlamentaria” más numerosa, el bloque político con mayor presencia en el Congreso.

En España la Presidencia del Gobierno siempre ha recaído en el candidato del partido más votado, con la única excepción de los diez primeros meses de Pedro Sánchez en la Moncloa, a la que llegó gracias a una moción de censura. No obstante, se trata de una regla que todos los partidos han incumplido en las comunidades autónomas y los ayuntamientos. 

Lo que en realidad le gustaría al presidente del Gobierno, aunque sabe que es muy difícil de llevar a cabo, es una reforma del artículo 99 de la Constitución. Lo propuso por primera vez en julio de 2019, cuando el bloqueo de la investidura empezaba a hacerse visible.

“Este artículo no funciona, hay que reformarlo”, declaró en una entrevista en TVE. “Es el primer acuerdo de país que yo voy a ofrecer” (algo que nunca llegó a cumplir) para que la investidura se parezca a la que rige en los ayuntamientos, donde en caso de no haber mayoría absoluta se convierte en alcalde el cabeza de la lista más votada. “No digo que sea la fórmula para la gobernabilidad de España, pero es evidente que debemos encontrar un mecanismo que permita una investidura e impida coaliciones negativas que aboquen a una repetición electoral”. 

La propuesta socialista

Los socialistas se han comprometido con esta solución. El 40º Congreso del PSOE celebrado en València el pasado mes de octubre aprobó una propuesta muy concreta en esa línea: “Nuestro país no puede estar a merced de las llamadas mayorías de bloqueo. Por eso apostamos por reformar el mecanismo de elección del presidente del Gobierno recogido en el artículo 99 de la Constitución, evolucionando hacia el modelo vigente en comunidades como el Principado de Asturias y País Vasco, permitiendo la presentación de varios candidatos/as al mismo tiempo y garantizando la investidura del que logre un mayor apoyo parlamentario, garantizando la gobernabilidad y despejando la amenaza de repetición electoral”.

¿En qué consisten los modelos vasco y asturiano? En que cada partido puede presentar un candidato distinto a la presidencia y gana el que más votos obtiene. Sigue siendo posible que los grupos lleguen a acuerdos para votar a un aspirante determinado, pero no se puede votar en contra, de manera que es imposible bloquear la legislatura.

No es la única solución posible. En Castilla y León y en Andalucía (en este último caso de forma contradictoria, porque el reglamento del Parlamento dice una cosa y el Estatuto otra), si ningún candidato logra mayoría absoluta para ser investido lo será automáticamente el que encabece la lista más votada, exactamente igual que ya ocurre en los ayuntamientos.

No obstante, no todo el mundo está de acuerdo con este planteamiento. El catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo ha dejado por escrito que la designación automática de los presidentes le parece “de constitucionalidad más que dudosa, por no decir de una inconstitucionalidad manifiesta, ya que el supuesto que se contempla es el de la investidura de un candidato que no alcanza la mayoría relativa, es decir, un candidato contra el que se pronuncia expresamente la mayoría de la Cámara”. No obstante, el Tribunal Constitucional avaló este procedimiento en el caso de Navarra, donde estuvo vigente durante un tiempo.

Opiniones de expertos hay para todos los gustos. Cada vez son más abundantes los trabajos académicos que apuestan por una modificación del artículo 99 de la Constitución. En Investiduras fallidas y Constitución ignota (2015-2020), Artemi Rallo Lombarte, catedrático de Derecho Constitucional en la Universitat Jaume I, defiende una reforma constitucional que permita la investidura automática del candidato de la minoría parlamentaria mayoritaria, en el caso de que no se hubiera logrado una investidura por mayoría simple.

La sesión de investidura: manual de uso

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Otros, como Manuel Aragón, excatedrático de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Tribunal Constitucional, no creen que la reforma del artículo 99 sea una solución segura. Es verdad que admite la posibilidad de “modificar su redacción para, al menos, forzar las negociaciones y, en todo caso, evitar una legislatura fallida”, pero en su opinión son fórmulas que “conducirían inexorablemente a un Gobierno de minoría, con los problemas de inestabilidad o de ingobernabilidad que podría comportar”, argumenta en Legislatura fallida e investidura convulsa (Revista Española de Derecho Constitucional).

David Jiménez Glück, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III, admite en El bloqueo, evitable, de la formación del Gobierno (Revista de Derecho Político de la UNED), la necesidad de “actuar sin duda en el campo de la cultura política, en el diálogo y la responsabilidad institucional”. Pero defiende, al mismo tiempo, una reforma del artículo 99 para, entre otras cosas, cambiar el sistema de votación con el fin de “que no sea posible votar ‘no’ a una investidura, de tal manera que los diputados tengan que optar por alguna candidatura alternativa en lugar de rechazar la que se les propone”. 

Cambiar el artículo 99 no requiere el procedimiento agravado previsto en la Constitución pero tampoco es sencillo. Requiere, como mínimo, mayoría de dos tercios en el Congreso y mayoría absoluta en el Senado. Y una décima parte de los miembros de cualquiera de las dos Cámaras (35 diputados o senadores) pueden forzar que la reforma sea sometida a referéndum.

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