Los Servicios Penitenciarios de la Generalitat de Cataluña tienen en su mano conceder desde el próximo mes de enero los primeros beneficios penitenciarios a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a nueve años de prisión por el Tribunal Supremo. Oriol Junqueras, que es quien tiene la condena más alta –13 años–, podrá acceder a estos permisos a partir de enero de 2021.
A los condenados a entre 13 y nueve años de prisión hay que descontarles el tiempo que llevan en prisión preventiva, desde el 16 de octubre de 2017 en el caso de los Jordis y desde el 2 de noviembre de ese año para el resto de penados.
De esta forma, según los cálculos realizados por fuentes jurídicas y penitenciarias consultadas por Europa Press, Junqueras puede tener los primeros beneficios aproximadamente en enero de 2021; Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, en noviembre de 2020; Carme Forcadell, en julio de 2020; Joaquim Forn y Josep Rull, en mayo de 2020; y Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, en enero de 2020.
Al encontrarse los nueve presos en cárceles de Cataluña, será la Administración catalana –los Servicios Penitenciarios dependen de la Consejería de Justicia– quien valide las propuestas individualizadas que hagan las juntas de tratamiento, que se rigen por la misma ley orgánica y régimen penitenciario que en el conjunto de España.
Sin periodo de seguridad
El Tribunal Supremo ha rechazado aplicar a los condenados por el procés independentista en Cataluña el artículo 36.2 del Código Penal, que supondría que tengan que cumplir la mitad de la pena impuesta para poder acceder al tercer grado, tal y como solicitó la Fiscalía durante su exposición de conclusiones finales en el juicio contra los doce líderes independentistas.
Según explican a Europa Press diversas fuentes jurídicas y penitenciarias, esto valida a la Generalitat tanto a conceder el primer permiso penitenciario una vez completado la cuarta parte de la condena como a clasificar directamente con un tercer grado –régimen de semilibertad– a los penados, "sin límite temporal ninguno ni tener que ser clasificados antes en segundo grado".
Estas fuentes precisan que el alto tribunal ha rechazado aplicar el conocido como "periodo de seguridad", que es como se conoce a la potestad del juez o el tribunal para ordenar que la clasificación de tercer grado no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de las penas cuando la duración de la misma sea superior a cinco años, como es el caso de los líderes del procés, condenados a entre 13 y nueve años de prisión.
La Fiscalía puede recurrir ante el juez de Vigilancia los beneficios penitenciarios que se conceda a los presos, pero el recurso en sí mismo no paraliza su concesión hasta que no haya nueva resolución judicial, como ocurrió, por ejemplo, con el tercer grado de Oriol Pujol. Las citadas fuentes cuestionan que el recurso del Ministerio Público pueda tener recorrido ya que el Supremo explica al rechazar el artículo 36.2 que, una vez que han sido inhabilitados –también a entre 13 años y ocho meses– no existe riesgo de que los políticos vuelvan a cometer el mismo delito ejerciendo un cargo público.
Desde el tercer grado a las salidas tratamentales
También subrayan estas fuentes que los Servicios Penitenciarios no tienen limitación, más allá del régimen penitenciario y la ley orgánica, para aplicar diferentes posibilidades para hacer efectivo un régimen de semilibertad por la concesión del tercer grado, que va desde la salida de prisión durante el día a disponer de una pulsera telemática para cumplir la condena desde tu domicilio.
Si se opta por la clasificación en tercer grado, el preso puede disponer de permisos un máximo de 48 días al año. Si la clasificación inicial es en segundo grado, esta cifra se reduce hasta los 36 días de máximo al año. Los días se reparten en bloques que no pueden superar los siete días seguidos.
También existen posibilidades para flexibilizar la situación en prisión en aplicación de los artículos 100.2 (que mezcla ventajas del tercer grado aun estando clasificado en segundo grado) y 117, que fue el que se aplicó a Iñaki Urdangarin para abandonar dos veces a la semana la prisión en lo que se conoce como salidas tratamentales en ONG o centros adscritos.
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La sentencia tiene que llegar a las prisiones
Cuando la sentencia del Tribunal Supremo llegue a las cárceles catalanes empezará a contabilizarse el tiempo por el que, con un máximo de dos meses, las juntas de tratamientos tienen que proponer la clasificación de grado de forma individualizada para cada uno de los penados.
Los nueve líderes políticos condenados este lunes por delitos de sedición y malversación se encuentran desde junio, cuando concluyó el juicio en el Supremo en cárceles catalanas. En concreto, en Lledoners (Barcelona) se encuentran los exconsejeros Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull y Joaquim Forn, y también los representantes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. La exconsellera de Trabajo Dolors Bassa se encuentra en la cárcel Puig de les Basses de Figueres (Girona) y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell en la de Mas d'Enric de El Catllar (Tarragona).
Los Servicios Penitenciarios de la Generalitat de Cataluña tienen en su mano conceder desde el próximo mes de enero los primeros beneficios penitenciarios a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a nueve años de prisión por el Tribunal Supremo. Oriol Junqueras, que es quien tiene la condena más alta –13 años–, podrá acceder a estos permisos a partir de enero de 2021.