El Consejo de Ministros dio luz verde este martes a un anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos que endurece las sanciones en este sistema instaurado en 2006. Entre otras cuestiones, duplica la sanción en el caso de aquellos conductores que usen el móvil al volante. Según informó en rueda de prensa el titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, aquellos conductores que "sujeten el teléfono móvil con una mano" mientras conducen perderán seis puntos, frente a los tres actuales.
En el caso de no llevar puesto el cinturón de seguridad, se detraerán cuatro puntos en lugar de tres. La misma sanción se extiende en el caso de no portar casco en el caso de las motocicletas o los sistemas de protección infantil.
La reforma tifipifica como infracción grave "llevar en el vehículo" mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos. En la actualidad solo está sancionado el uso de dichos dispositivos durante la conducción, pero la experiencia ha demostrado que, ante un control vial, los conductores los desactivan para impedir que los agentes de Tráfico puedan acreditar su utilización, por lo que una vez aprobada la reforma se sancionará su mera tenencia, señalan en el ministerio.
La reforma unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida. E incluye una nueva infracción muy grave, cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.
En segundo lugar, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto que modifica tanto el Reglamento General Circulación como el Reglamento General de Vehículos en materia de medidas reguladoras del tráfico urbano. "La finalidad de este texto es reducir la siniestralidad en el ámbito urbano a la vez que regular las nuevas formas emergentes de movilidad ciudadana", informan en el ministerio.
Entre otras cuestiones se suprimirá la posibilidad de superar en 20 kilómetros por hora la velocidad permitida a la hora de adelantar en carreteras convencionales. Y redefine los límites generales de velocidad en vías urbanas en función de su distinta clasificación. En las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h, en las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.
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El segundo gran área de incidencia de este Real Decreto es la regulación de los vehículos de movilidad personal, "definidos como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h", explican en Interior.
"Esta definición, que excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, conlleva que queda prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales. Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos. Para poder circular, los vehículos de movilidad personal deberán disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características que se aprobará mediante resolución del Director General de Tráfico", añaden.
El objetivo de estos cambios legislativos es generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la política de la Unión Europea y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para reducir, durante la próxima década, un 50 por ciento el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico, informan desde el Ministerio del Interior.
El Consejo de Ministros dio luz verde este martes a un anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos que endurece las sanciones en este sistema instaurado en 2006. Entre otras cuestiones, duplica la sanción en el caso de aquellos conductores que usen el móvil al volante. Según informó en rueda de prensa el titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, aquellos conductores que "sujeten el teléfono móvil con una mano" mientras conducen perderán seis puntos, frente a los tres actuales.