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Medio ambiente

El Gobierno reconoce que incumple la Ley de Aguas al no aplicar a la salud de los ríos un impuesto a las hidroeléctricas

Peces muertos en la ribera del río Tajo a su paso por Toledo.

El decreto 198/2015 regula el artículo 112 de la Ley de Aguas, para determinar que lo recaudado por el canon que se le aplica a las centrales hidroeléctricas deberá dedicarse a "actuaciones de protección y mejora del dominio público hidráulico", es decir, los ríos y arroyos y sus cauces, los embalses, los lagos y los acuíferos. El pasado martes, el Ejecutivo reconoció, en una respuesta parlamentaria, que, al contrario de lo que estaba previsto en la norma, no ha previsto ni un solo euro en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para este propósito. En plena crisis de sequía, reconoce que no ha cumplido con el decreto para mejorar el estado de las masas de agua continentales y sus cauces, a pesar de que "la mitad de ellas no cumplen con el estado de conservación que requiere la Unión Europea", según Julia Martínez, portavoz de la Fundación Nueva Cultura del Agua. Cuidar el dominio público hidráulico es cuidar recursos esenciales para la vida, para los ecosistemas, para el sector primario, para la industria y el turismo. Y, también, cuidarnos del impacto del cambio climático, que puede precipitar que, simplemente, nos quedemos sin agua.

La respuesta parlamentaria al diputado de Unidos Podemos Juantxo López de Uralde desarrolla con precisión el artículo del decreto que establece el uso del canon a las hidroeléctricas para terminar reconociendo que "sin embargo, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado no ha habido ni hay una cantidad equivalente dedicada a protección y mejora al dominio público". "Estamos ante una estafa cuya víctima son nuestros ríos", asegura el autor de la pregunta. El decreto 198/2015 establece un gravamen del 22% anual sobre el valor económico de la energía producida por las centrales que se encuentren en cuencas intercomunitarias: cuencas cuyo ámbito de acción se encuentre en más de una comunidad autónoma. En el artículo 12, establece que el 2% de lo recaudado se ingresará directamente a los organismos de gestión de cada cuenca y el 98% irá directamente al Tesoro público. Con una condición que convierte al impuesto en finalista: cada año, los PGE deben destinar "al menos un importe igual a dicha cantidad prevista" para la protección de ríos, arroyos y embalses. Este martes, el Ejecutivo aseguró que no lo había cumplido. El Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente no ha respondido a la pregunta de infoLibre sobre las razones del incumplimiento.

No es la primera vez que este canon, concebido como un impuesto ambiental de los que hacen falta en España, se pone en cuestión: los primeros en criticarlo fueron los que lo pagan, las centrales hidroeléctricas. En mayo de 2015, la Asociación de Productores de Energías Renovables (APPA) interpuso un recurso contencioso administrativo contra el decreto. El Tribunal Supremo, entendiendo que la norma podía contravenir el derecho comunitario, planteó en julio de 2017 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial, en la que busca determinar si la ley es incompatible con el principio de quien contamina, paga, básico en todas las directivas europeas en materia medioambiental, así como con el "principio de no discriminación" que contempla la directiva que regula el mercado interior de electricidad. Considera la sala que la norma podría perjudicar a la libre competencia, al aplicarse a las instalaciones en cuencas que pasan por más de una comunidad y no al resto.

El Supremo niega con rotundidad que el canon a las hidroeléctricas se trate de un impuesto medioambiental. "El canon que nos ocupa no responde a este perfil porque no vela por proteger los supuestos daños medioambientales", plantea en el sumario de la cuestión prejudicial, aún pendiente de respuesta por parte del TJUE. No vela por proteger al medioambiente porque, tal y como plantea el TS en el texto y ha reconocido el Gobierno, no existe la partida en los PGE que repercuta positivamente en el agua del país.

El mandato que establece destinar una cantidad equivalente a lo recaudado en la protección de ríos, arroyos y embalses "no aparece cumplido en los PGE para el año 2016 (…) al destinar los ingresos del canon a financiar el déficit del sistema eléctrico", afirma el Supremo. La Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, donde se introdujo el canon, establece, efectivamente, que una cantidad igual o superior a lo recaudado por los tributos presentes en dicha ley debe destinarse en los PGE a el déficit de tarifa: la diferencia entre lo que las eléctricas reciben de la factura y lo que les cuesta producir la energía, que durante años ha sido deficitaria para las grandes empresas. No es incompatible cumplir con ambos mandatos. Según el tribunal, con uno se ha cumplido; del otro, el medioambiental, no hay noticias.

Agua en el ojo del huracán

La "estafa" de la que habla Unidos Podemos es un capítulo más de la polémica que rodea siempre a la gestión del agua en España, atenazada por el calentamiento global, germen de tensiones entre comunidades y, según ecologistas y la Unión Europea, poco proclive a respetar cuestiones medioambientales. Los recursos hídricos son administrados por los las confederaciones hidrográficas, entidades públicas que se encargan de establecer los derechos de explotación de las aguas, planear las infraestructuras y cuidar por la calidad del agua de la cuenca en la que se encuentren. Hay una para cada gran río. Cada demarcación hidrográfica –los territorios designados por la ley para la gestión– debe contar con un plan de cuenca. Actualmente nos encontramos en el segundo ciclo de estos planes, que empezó en 2015 y durará hasta 2021, y no todos han sido aprobados: faltan los que son responsabilidad de las comunidades autónomas de Cataluña y Canarias, al estar circunscritos al territorio de cada región. Los intercomunitarios son asunto del Estado.

Los tirones de oreja de la Unión Europea por estos planes de cuenca son ya habituales. El primer ciclo, de 2009 a 2015, casi cuesta una multa a España por la tardanza en aprobar las normativas, aunque finalmente el proceso sancionador se detuvo. La Comisión Europea, en un análisis de los planes de este primer periodo, recomendó a España que mejorara el cuidado medioambiental de los ríos y sus cuencas, al entender que los criterios verdes no estaban primando sobre los económicos, tal y como establece la Directiva Marco del Agua. Un segundo informe de dos parlamentarios europeos y aprobado por la Comisión de Peticiones del órgano, más duro, sentenciaba que los segundos planes de las cuencas del Ebro y del Tajo seguían sin preservar el caudal ecológico, que establece el agua necesaria para preservar el buen estado del ecosistema fluvial garantizado por su flora y fauna, su paisaje o la ausencia de contaminación. El análisis al completo de la Comisión Europea, el brazo ejecutivo del club comunitario, de los segundos planes está aún sin ver la luz. A estas reprimendas europea se le suma otro proceso sancionador de la Comisión con respecto a las aguas residuales generadas por los núcleos urbanos, gestionadas con deficiencias por España, según Europa, y que afectan de manera severa a los ecosistemas a donde van a parar.

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El Tajo y el Ebro son dos de los grandes ríos de España, en los que se centra el informe negativo de los parlamentarios europeos y dos de los más señalados por la contaminación de sus aguas. La sequía está haciendo estragos en el Tajo a su paso por municipios que necesitan de un caudal abundante para vivir. Muchos apuntan con su dedo acusador al polémico trasvase Tajo-Segura, pero la falta de lluvias no ayuda precisamente a los niveles bajísimos en los embalses a lo largo de su curso, que causan despoblación en los pueblos y la necesidad de distribuirles el líquido elemento con cisternas. A su paso por Toledo, por ejemplo, el agua aparece con espuma y en otros muchos tramos son comunes los peces muertos, los olores nauseabundos y las plagas de insectos. Hay poca agua y la que hay está en un estado muy pobre. 

En el caso del Ebro, el asunto se complica cuando la corrupción se une a la presencia de la industria en la ribera. La empresa pública Acuamed fue contratada para la depuración del embalse de Flix, en Tarragona, en un pésimo estado de conservación debido a la actividad de la química Ercros durante años. Según los pinchazos de la Guardia Civil, la compañía planeó verter ácido –y matar prácticamente a toda vida en la zona– en el Ebro para beneficiar a la contratista, FCC. Los análisis de las aguas del río también han encontrado mercurio, medicamentos, otros químicos o incluso droga, procedente de las aguas residuales de las grandes ciudades. Y estos dos ríos son solo dos ejemplos del mal estado de todo el dominio público hidráulico español, al que los Presupuestos no destinan los euros que debe por ley.

Nos quedamos sin agua para vivir por culpa de la excesiva presión sobre los recursos hídricos, necesarios para casi cualquier tipo de actividad humana, y que, desde el punto de vista del conservacionismo, convierte a los ríos en lugares donde a la vida le cuesta cada vez más germinar. España cuenta con un impuesto, supuestamente ambiental, para ayudar a reducir esta tendencia, común en toda la UE, donde al igual que en España casi la mitad de los ríos están en mal estado. Lo recauda pero no lo destina a este propósito.

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