La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Pamplona ha archivado la causa abierta por la emisión de un programa de la cadena de televisión autonómica vasca ETB1 en el que, según los denunciantes -UPN y el SUP (Sindicato Unificado de Policía)- se promovía el odio hacia España y se mofaban de sus símbolos.
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En el auto, que es recurrible, la magistrada sostiene que las expresiones denunciadas "no incitan al odio, discriminación o violencia contra un grupo o persona".
Según expone la jueza, el programa puede contener algunas frases incorrectas, tal y como reconoce el propio manifestante, y en el mismo se contraponen manifestaciones negativas y positivas, pero, en definitiva, del "contexto íntegro" del programa no puede deducirse la existencia del delito de ultraje a España.
De igual modo, la jueza no aprecia un delito de ultraje a la bandera por las manifestaciones vertidas "contrarias a la combinación de colores", ni tampoco ve delito por las declaraciones de otro entrevistado al que le produce rechazo el himno nacional.
La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Pamplona ha archivado la causa abierta por la emisión de un programa de la cadena de televisión autonómica vasca ETB1 en el que, según los denunciantes -UPN y el SUP (Sindicato Unificado de Policía)- se promovía el odio hacia España y se mofaban de sus símbolos.