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La 'lista negra' española y la ausencia de un veto para las filiales minimizan el impacto de la medida 'antiparaísos'

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La limitación de ayudas públicas a empresas en paraísos fiscales se incrustó este miércoles en la piedra del BOE dejando serias dudas sobre su alcance. ¿Por qué? Dos motivos, de entrada. 1) Una lista negra con lagunas significativas. La medida se aprueba con la legislación española antiparaísos sin completar,antiparaísos lo que ha frenado el propósito del Gobierno de afinar la definición de paraíso fiscal y la lista. 2) Una escapatoria fácil para una de las vías más utilizadas para la elusión fiscal. La restricción afecta a las empresas con "domicilio fiscal" en paraísos fiscales, lo que deja fuera a las filiales.

El decreto-ley de medidas sociales en defensa del empleo se publicó este miércoles. La alusión a la restricción para empresas en paraísos fiscales es sucinta:

"Las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales conforme a la normativa vigente no podrán acogerse a los expedientes de regulación temporal de empleo".

Dicha "normativa vigente" no está especificada. El Ministerio de Hacienda, consultado por infoLibre, sitúa como punto de partida un listado de 48 países, establecido en un real decreto de 1991. Dicho listado, añade del departamento dirigido por María Jesús Montero, "no se ha actualizado de forma expresa", pero sí de facto a través de una ley contra el fraude fiscal de 2006. Dicha norma fija requisitos para salir del listado, como la firma de convenios entre Estados.

El listado español

De modo que no hay un listado oficial resultado de pasar al listado de 1991 por el filtro de la ley de 2006. Tampoco una lista elaborada para aplicarse al caso presente, el de la limitación del acceso a ayudas. No obstante, la Agencia Tributaria sí utiliza un listado de paraísos fiscales. Se trata, explican desde la Agencia Tributaria, de un "listado vivo y dinámico", que aparecía en el último manual de la renta incluyendo un total de 33 "países y territorios" considerados "paraísos fiscales" [ver aquí]. Entre ellos están Antigua y Barbuda, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Islas Caimán y Bermuda (América), Bahrein, Jordania y Líbano (Asia), Fiji, Islas Cook y Islas Marianas (Oceanía), Mauricio, Liberia y Seychelles (Oceanía) y Liechtenstein y Mónaco (Europa). Están considerados "paraíso fiscal" Gibraltar, las Islas del Canal, las Malvinas, las Islas Vírgenes Británicas y la Isla de Man, con dependencia de la Corona Británica.

Merece un tratamiento aparte Luxemburgo, que se considera "paraíso fiscal" sólo a los efectos de lo recogido en el protocolo anexo al convenio bilateral de 1986. Dicho protocolo, suscrito por los ministros de Asuntos Exteriores de entonces "para prevenir el fraude y la evasión fiscal", "no se aplica a las sociedades holding, definidas en la legislación especial luxemburguesa", ni a las rentas que un residente en España obtenga de este tipo de compañías. "La regla general que se aplica en España es que Luxemburgo no es paraíso fiscal", señala Jesús Rodríguez Márquez, abogado experto en práctica tributaria en del bufete F & J Martín Abogados, uno de los autores de una guía de Intermón Oxfam para impulsar la contratación pública con empresas que no están en paraísos fiscales.

De la lista han ido saliendo desde 1991 un total 15 países y territorios, entre ellos Andorra, las Antillas Holandesas, Emiratos Árabes Unidos, Hong Kong, Bahamas, Barbardos, Panamá, San Marino y Singapur.

Unión Europea

El listado español tiene visos de quedarse corto, según los expertos consultados. Es "absolutamente insuficiente", según Ricardo García Zaldívar, miembro de la Plataforma por la Justicia Fiscal y presidente de Attac. "Hay que ver primero qué criterio utilizan. ¿El de la lista española? ¿El de la europea? En esas listas no están los países europeos que son paraísos fiscales. Se quedarían fuera por ejemplo todas las empresas españolas que practican el sándwich holandés [estrategia de elusión de impuestos]".

La UE tiene un listado de 12 países "no coooperadores". Sólo cuatro están también en la lista española: Islas Caimán, Fiyi, Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Seychelles. El resto no lo están. Así que se quedan fuera países como Panamá.

La utilización de la lista europea ya era considerada insuficiente por las organizaciones de justicia fiscal europeas, que han observado con escepticismo las iniciativas de limitación de acceso a ayudas en países como Dinamarca y Francia [ver aquí información en detalle]. La coalición de investigadores y activistas Tax Justice Network ha publicado un informe según el cual los Estados de la UE pierden más de 24.700 millones de euros al año en impuestos de sociedades en el Reino Unido, Suiza, Luxemburgo y los Países Bajos, con tipos de entre el 10% y el 0,8%. Según estima Tax Justice Network a preguntas de infoLibre, España está perdiendo 2.280 millones de euros al año por estos "cuatro paraísos fiscales corporativos" que no lo son para la UE. Ni tampoco para España, salvo parcialmente Luxemburgo.

Una ley pendiente

La aplicación de la medida contra los paraísos fiscales pilla a España con los deberes sobre la materia a medias. Actualmente está en tramitación la ley Ley Medidas para la Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, presentada al Consejo de Ministros en octubre de 2018. Cuando el coronavirus envió al garete todos los proyectos políticos salvo doblegar la pandemia y salvar puestos de trabajo, el proyecto estaba todavía pendiente de pasar por el Consejo de Estado, indica el departamento de Hacienda. La redacción de la ley, que podría sufrir modificaciones antes de una hipotética aprobación, admite que "la determinación de los países y territorios que tienen la consideración de paraísos fiscales requiere de una actualización atendiendo a las revisiones y trabajos desarrollados en el ámbito internacional, tanto en el marco de la Unión Europea como en el de la OCDE".

"Con la finalidad de combatir más eficientemente el fraude fiscal, resulta necesario ampliar el concepto de paraíso fiscal, atendiendo a criterios de equidad fiscal y transparencia, identificando aquellos países y territorios caracterizados por facilitar la existencia de sociedades extraterritoriales dirigidas a la atracción de beneficios sin actividad económica real o por la existencia de baja o nula tributación o bien por su opacidad y falta de transparencia", señalaba el anteproyecto. El plan de Hacienda era vincular por ley a España con el Código de Conducta en Materia de Fiscalidad Empresarial de la Unión Europea y con las pautas contra "prácticas perniciosas" OCDE.

Dudas y críticas

El diseño mismo de la limitación aprobada genera dudas. La norma habla de "empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales". Esto "deja fuera a las filiales", señala a este periódico Kenneth Haar, investigador de la ONG Corporate Europe Observatory. "La propuesta del gobierno español deja una gran laguna. Y sin incluir los territorios de la UE, me pregunto si esto tendrá algún efecto. Si se me diera la oportunidad, le preguntaría al gobierno qué diferencia va a suponer".

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Ricardo García Zaldívar afirma que la medida es "positiva" y un "gesto", pero al referirse a empresas "con domicilio fiscal" todo apunta, señala, a una exclusión "de las filiales". Esto hace que sea "ineficaz", a su juicio. "Ahora mismo hay un problema más de elusión que de fraude, como demuestran iniciativas bien encaminadas como la tasa Google", añade.

Jesús Rodríguez recuerda que es frecuente que las grandes empresas españolas tengan filiales en paraísos fiscales [ver aquí información en detalle sobre el IBEX]. "Todo eso se quedaría fuera", señala Rodríguez, que añade que se podría haber establecido como requisito que ninguna sociedad del "grupo de empresas", concepto delimitado en el Código de Comercio, pudiera estar en un paraíso fiscal. Ahora bien, añade, "eso habría tenido un impacto claro en el empleo y en los trabajadores", abocando al ERE a empresas que ahora pueden acogerse al ERTE.

El decreto ha recibido también críticas políticas. "A pesar de lo anunciado, las empresas con presencia en paraísos fiscales sí que podrán tener ayudas del Gobierno por covid-19, según el real decreto [...]. Entre otras, casi todas las del IBEX. Una cosa es la realidad y otra la propaganda", escribió en su cuenta de Twitter el diputado nacionalista gallego Néstor Rego. "Estamos ante una trampa", explica, "porque casi todas las empresas del IBEX tienen filiales en paraísos fiscales". Y añade: "Si hubieran defendido que la medida era así desde el principio hubiera sido menos criticable. Pero hay intentando hacer pasar como una medida muy progresista lo que en realidad no es". Rego cree que quedará en poco o nada.

La limitación de ayudas públicas a empresas en paraísos fiscales se incrustó este miércoles en la piedra del BOE dejando serias dudas sobre su alcance. ¿Por qué? Dos motivos, de entrada. 1) Una lista negra con lagunas significativas. La medida se aprueba con la legislación española antiparaísos sin completar,antiparaísos lo que ha frenado el propósito del Gobierno de afinar la definición de paraíso fiscal y la lista. 2) Una escapatoria fácil para una de las vías más utilizadas para la elusión fiscal. La restricción afecta a las empresas con "domicilio fiscal" en paraísos fiscales, lo que deja fuera a las filiales.

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