El Observatorio Nacional de Tecnología pide considerar la violencia de género digital en el ordenamiento jurídico

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El Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (ONTSI), dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, ha recomendado que se considere expresamente la violencia de género digital como una forma de violencia de género en el ordenamiento jurídico y que se definan nuevos tipos penales para abordarla, según informa Europa Press.

"Se antoja necesaria la consideración expresa de la violencia de género digital como una forma de violencia de género en el ordenamiento jurídico y la definición de nuevos tipos penales para abarcar todas las facetas de la violencia de género digital que actualmente no son denunciables por no ser constitutivas de delito", se recomienda en un documento publicado por el ONTSI, consultado por Europa Press.

Así se contempla en la nueva serie de Policy Briefs con la que el Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad pretende visibilizar retos sociales derivados del uso de la tecnología digital y hacer propuestas para atajarlos.

En este documento, titulado Violencia digital de género: una realidad invisible se aboga por "visibilizar" la violencia de género digital y se recomienda ampliar las bases legislativas y participativas para ayudar a la prevención, afrontamiento e intervención del problema.

Entre otras medidas, proponen crear líneas específicas de ayuda y observatorios que midan crear mecanismos estables de comunicación con los proveedores de las plataformas donde las mujeres sufren violencia digital de género.

Un 18% de mujeres han sufrido acoso sexual online

Según datos de 2019 de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, el 18,4% de las mujeres declara haber sufrido acoso sexual online, y un 15,2% experimentó acoso reiterado por parte de la misma persona, y de ellas, una de cada cuatro, tuvo que soportar comentarios o propuestas inapropiadas en Internet.

De acuerdo con el Consejo de Europa, entran dentro de este fenómeno las amenazas, el ciberacoso, los crímenes de odio, las violaciones de la privacidad y la explotación sexual online. El Instituto Europeo de Igualdad de Género añade el ciberhostigamiento y la pornografía no consentida.

Si bien, el ONTSI advierte de que no está considerada de forma expresa como una forma de violencia en el ordenamiento jurídico ni se han definido tipos penales para considerar delito todas sus facetas.

Desde softwares espía hasta el deepfake

Según señala el Observatorio, las posibilidades que brinda el anonimato y el desarrollo de la tecnología digital, como los softwares espía o las técnicas deepfake (algoritmos que manipulan la realidad) que son utilizados en algunos de los ataques.

En todo caso, señala que también se produce violencia digital de género digital con menos complejidad técnica como, por ejemplo, los delitos de grooming (contacto a una menor de 16 años con fines sexuales), que en 2020 fueron 328 casos.

En el documento se señala también la vulnerabilidad de las profesionales que tienen exposición en redes sociales e Internet, por ejemplo, mujeres en puestos públicos o de responsabilidad, como políticas o periodistas.

"Muchas se ven obligadas a cerrar sus perfiles en redes sociales; acaban renunciando a su identidad online, incluso cuando la necesitan para ejercer su trabajo. Esta renuncia, además de tener repercusiones sociales, puede afectar a su vida profesional, incluso tener un coste", avisan. El Parlamento Europeo lo ha estimado en hasta 89.300 millones de euros para el conjunto de la UE.

Ataques de pánico, ansiedad o estrés

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Además, el texto aborda las consecuencias psicológicas de la violencia digital de género. Una encuesta de Amnistía Internacional revela que el 54% de las mujeres que sufre acoso en redes tiene ataques de pánico, ansiedad o estrés; el 57% genera aprensión por los canales online y un 41% siente amenazada su seguridad física.

En otro estudio de la ONG Plan Internacional con niñas y jóvenes se recogía que a un 24% le afectó a su autoestima, el 19% comenzó a tener problemas con sus amistades y su familia y el 18% los tuvo en su colegio o instituto.

Aunque de momento no existe un marco legal uniforme para combatir el problema, como ha declarado el Parlamento Europeo recientemente, en España se modificó la Ley 11/2007, del 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género para incluir la digital.

El Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (ONTSI), dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, ha recomendado que se considere expresamente la violencia de género digital como una forma de violencia de género en el ordenamiento jurídico y que se definan nuevos tipos penales para abordarla, según informa Europa Press.

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