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La prescripción del delito fiscal y el alcance de las regularizaciones, las dudas sobre el fin de la investigación al emérito

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La Fiscalía del Tribunal Supremo plantea emitir en las próximas semanas un decreto de archivo de las tres investigaciones abiertas contra el rey emérito. A la espera de conocer la letra pequeña de la resolución y analizar las razones que llevan al Ministerio Público a poner fin a las diligencias secretas que abrió hace más de dos años, la noticia genera más preguntas que respuestas y plantea algunas lagunas que es de esperar que el equipo de fiscales que han investigado a Juan Carlos I aclaren en su escrito. Se habla de prescripción de delitos, pero las fechas y las cuantías de lo defraudado no cuadran con este concepto jurídico, al tiempo que aún falta por saber en qué se basará la Fiscalía para dar por buenas las regularizaciones fiscales realizadas en el último año por el padre de Felipe VI.

Lo que se ha conocido este miércoles es lo que parece el principio del fin de unas pesquisas que, aunque se encarga de ellas la Fiscalía del Supremo desde junio de 2020, en realidad comenzaron hace más de tres años, en Anticorrupción, y versaban sobre el destino de unas supuestas comisiones a partir de la adjudicación del AVE a la Meca en Arabia Saudí a un grupo de empresas españolas. Todo a raíz de unas grabaciones en las que Corinna Larsen confesaba al comisario José Manuel Villarejo que Juan Carlos de Borbón la habría utilizado como testaferro para mover enormes cantidades de dinero sin ser detectado. Después, las investigaciones no han hecho más que crecer y las corruptelas del rey emérito han quedado al descubierto.

Inviolabilidad, delitos fiscales, blanqueo de capitales, regularizaciones... Son conceptos que se han hecho imprescindibles en cualquier información que se publica y que afecta al ex jefe del Estado. Y esto es lo que tendrá que poner negro sobre blanco el decreto del Ministerio Público. Previsiblemente lo hará en unas pocas semanas; en cualquier caso, en diciembre a más tardar, pues es entonces cuando termina el plazo de investigación y los fiscales no consideran que sea necesaria prorrogarla.

Según ha podido saber infoLibre de fuentes fiscales, en la resolución de archivo, que ya se está preparando y sobre la que hay varios borradores, se expondrá que las indagaciones realizadas en estos últimos años han revelado delitos fiscales en los que habría incurrido el rey emérito y se hará habrá un relato "pormenorizado" de los hechos delictivos que se han podido probar durante la investigación y que no dejarán lugar a dudas sobre la conducta de Juan Carlos de Borbón. Pero también se dejará clara la imposibilidad de enjuiciarle por cuestiones como la inviolabilidad que le protegía hasta su abdicación en 2014, prescripción de los ilícitos penales detectados y falta de peso probatorio en otros casos. Tras estudiar los informes de la Agencia Tributaria, en el decreto también se expondrán los motivos por los que los fiscales consideran que no se le puede perseguir penalmente por las dos regularizaciones fiscales realizadas, aunque esto suponga el reconocimiento de los delitos.

Delito agravado, diez años de prescripción

Inevitablemente, este planteamiento genera dudas acerca de cómo justificará la Fiscalía el archivo para ciertas conductas que ya han sido admitidas por el propio investigado. Para empezar, el rey emérito regularizó en diciembre de 2020 y febrero de 2021 deudas con Hacienda de algo más de cinco millones de euros. El primer importe ascendía a 678.393 euros, incluidos intereses y recargos, en pago por las donaciones percibidas y no tributadas para gastos a través de tarjetas bancarias. El segundo fue el más cuantioso: casi 4,4 millones de euros por gastos en viajes y vuelos abonados por la Fundación Zagatka, perteneciente a su primo lejano Álvaro de Orleans y en la que el padre del actual monarca llegó a constar como beneficiario.

En ambos casos, el importe supera los 600.000 euros, lo que implica, según el Código Penal, un delito fiscal agravado. Tal y como explican a este periódico expertos de Hacienda y juristas, un delito fiscal agravado implica, como es lógico, más años de condena, lo que hace que se incremente el periodo de prescripción hasta los diez años. Y en el caso de Juan Carlos I, no han pasado diez años desde que cometiera fraude fiscal: la primera regularización correspondía a los años 2016, 2017 y 2018, según la defensa del antiguo monarca, mientras que sobre la segunda no está del todo claro los ejercicios regularizados, pero lo que sí es seguro es que se trata de cuantías abonadas después de 2014.

El rey emérito sólo está reconociendo infracciones fiscales posteriores a su abdicación porque sabe que la inviolabilidad que le otorga el Título II de la Constitución –"La persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad"– le protege y que así lo interpreta también la Fiscalía del Supremo en base a la jurisprudencia de este mismo tribunal y también del Tribunal Constitucional.

Por tanto, el decreto de archivo del Ministerio Público deberá reflejar a qué prescripción se refiere y los motivos por los que cabe aplicar este mecanismo. "La prescripción por hechos cometidos a partir de 2014 no existe en 2021", opina Carlos Cruzado, presidente del sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, quien también considera que los delitos fiscales reconocidos por el rey emérito encajarían en la calificación de agravados y así, habrían de haber pasado diez años para su prescripción. A no ser que la Fiscalía considere que el tipo no es agravado y entonces el plazo de prescripción se reduce a cinco años, aunque esto tampoco incluiría todos los ejercicios fiscales regularizados.

La validez de la puesta al día con el fisco

En segundo lugar, los expertos consultados tienen dudas acerca de cómo justificará Fiscalía la validez de las dos regularizaciones realizadas. Para quedar eximido de un delito fiscal, la regularización ante Hacienda ha de considerarse espontánea, esto es, voluntaria y sin conocimiento previo de que se ha abierto una investigación. Así lo establece el ya famoso artículo 305.4 del Código Penal: "se considerará regularizada la situación tributaria" cuando se haya procedido "al completo reconocimiento y pago de la deuda" antes de que la Agencia Tributaria notifique la apertura de una investigación, de que la Fiscalía interponga una "querella y denuncia" o de que un juez de instrucción "realice actuaciones" que permitan tener conocimiento formal de esas diligencias.

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Pero el rey emérito sí tenía conocimiento de la investigación en su contra precisamente porque el Ministerio Público se lo comunicó. Tal y como publicó recientemente El País, lo hizo por escrito hasta en tres ocasiones –en junio, noviembre y diciembre de 2020– y le ofreció personarse en el procedimiento. Según las fuentes fiscales consultadas por este periódico, el equipo de fiscales encargado de la investigación se encuentra perfilando los argumentos que le llevan a concluir que Juan Carlos de Borbón habría eludido el delito fiscal.

Cruzado opina que "no sería fácil de entender" que la Fiscalía "no diera por válidas" sus notificaciones a la defensa del rey emérito y asumiera la tesis de ésta, que las notificaciones fueron muy generales y no hacían referencia a qué delitos se investigaban y por qué ejercicios. El Ministerio Público no ha desmentido la versión del abogado del ex jefe del Estado, Javier Sánchez Junco, por lo que habrá que esperar al decreto de archivo para dilucidar este punto.

En lo que parece que no tiene dudas la Fiscalía del Supremo es en lo que respecta a todos los hechos ocurridos antes de la abdicación de Juan Carlos I en junio de 2014. Esto afecta directamente a la línea de investigación abierta sobre las comisiones ilegales por la construcción del AVE a la Meca. Sobre este asunto, los fiscales tienen previsto incluir en el decreto todo lo averiguado en las pesquisas y que han incluido documentación llegada de Suiza, donde las revelaciones de Corinna Larsen llevaron a la apertura de una investigación por blanqueo de capitales que llevó hasta las fundaciones Lucum y Zagatka y sus cuentas relacionadas en bancos del país helvético. La panameña Lucum es la estructura a través de la cual el padre de Felipe VI recibió cien millones de dólares de Arabia Saudí que luego en 2012 traspasó a una cuenta de Corinna Larsen. Zagatka, por su parte, tiene de titular a Álvaro de Orleans.

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