Conducir a 215 por hora en un coche oficial le sale gratis a José Manuel Baltar en el PP

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Conducir a 215 kilómetros por hora le puede suponer al presidente de la Diputación y del PP de Ourense, José Manuel Baltar, enfrentarse a un juicio penal por la posible comisión de un delito contra la seguridad vial. Pero también puede tener repercusiones internas en el PP: el Comité Nacional de Derechos y Garantías es el único órgano con "competencia exclusiva y excluyente" para incoar y resolver un expediente contra cualquier afiliado que pertenezca a "cualquier órgano nacional" del partido como ocurre con Baltar, que es miembro del Comité Ejecutivo Nacional. Sin embargo, el código ético de la Diputación de Ourense impulsado hace una década por Baltar, que reclama "ejemplaridad" a sus cargos electos, no contempla sanciones.

Los estatutos del PP ponen el foco en suspender o expulsar del partido a cargos o afiliados implicados en delitos de corrupción, pero también consideran una infracción muy grave “la condena por un delito que, por su naturaleza o por las circunstancias en que se en las que se cometió, se considere incompatible con las obligaciones o deberes éticos establecidos en los presentes estatutos, según la valoración motivada del Comité de Derechos y Garantías competente”. Pero aun sin que Baltar sea condenado por la justicia por lo que hizo, los estatutos también reprueban a quienes no se comporten de forma "ejemplar". 

El artículo 12 de los estatutos del PP establece como "principios generales" que todos los cargos públicos y orgánicos del partido deben "observar la máxima ejemplaridad, rigor y exigencia en el desempeño de sus funciones, velando siempre por el interés público" y "absteniéndose de cualquier conducta que, aun siendo plenamente legales, pueda dañar la imagen y la honorabilidad de la organización a la que pertenecen". Más adelante, en el artículo 16, los estatutos describen lo que considera “infracciones muy graves”, entre las que se encuentra “actuar en el ejercicio de cargos públicos u orgánicos de forma contraria a los principios” del partido, en referencia al citado artículo 12.

En este caso, Baltar estaría actuando "en el desempeño de sus funciones" y "en el ejercicio de un cargo público", como dicen los dos artículos, ya que solo en ambas circunstancias podría estar conduciendo un coche oficial de la Diputación de Ourense.

Los estatutos continúan exponiendo que “las infracciones muy graves serán sancionadas en los siguientes términos: a) suspensión de afiliación por un periodo de tiempo de entre cuatro y seis años, b) inhabilitación para ejercer cargos en el partido o en su representación por el mismo periodo de tiempo, c) expulsión del partido”. Asimismo, también aclaran que “las sanciones previstas en los apartados a) y b) anteriores no son excluyentes entre sí”.

Pero los estatutos del partido también apuntan que “en caso de que el afiliado estuviese aforado o pertenezca a algún órgano nacional del partido, la competencia exclusiva y excluyente para instruir y resolver el expediente corresponderá al Comité Nacional de Derechos y Garantías, de oficio o a propuesta del presidente nacional o del Comité Ejecutivo Nacional”. Es decir, será el comité estatal de garantías, elegido en el congreso del PP hace un año en Sevilla y presidido por el expresidente extremeño José Antonio Monago, el que decidirá sobre el futuro de Baltar a nivel interno. 

La actuación del comité de garantías no está, en teoría, supervisada por la dirección del partido ni por el propio Alberto Núñez Feijóo, quien sólo podría proponerle que inicie un expediente contra Baltar. De hecho, los estatutos explican que un posible expediente "puede" ser incoado de oficio por el presidente de la comisión o que el competente para instruir y resolver el expediente también "de oficio o a propuesta" del presidente del PP, pero no dice nada sobre que alguno de los dos tenga la obligación de hacerlo si no lo hace el otro, sólo señala la posibilidad.

Así que el PP considera muy grave no ser "ejemplar", pero deja abierta cierta ambigüedad en los pasos para sancionar esas conductas. De hecho, son numerosos los casos tanto a nivel autonómico como estatal en los que los populares han utilizado todo tipo de argumentos para evitar actuar contra sus propios cargos. Uno de los más recientes fue el caso del exalcalde de Badalona Xavier García Albiol, que se enfrenta a un juicio por prevaricación. Los conservadores argumentan ahora que la prevaricación no es corrupción ya que en ese caso tendrían que suspender de militancia a García Albiol.

Volviendo al caso de Baltar, los estatutos del PP señalan que “en el caso de infracciones muy graves previstas en el artículo 16 y por razones de urgencia, el presidente y el secretario del Comité Nacional de Derechos y Garantías, incluso antes del iniciado el expediente, podrá acordar la suspensión provisional de la afiliación y de las funciones del expedientado, si bien esto deberá ser ratificado por el propio comité en la primera reunión que celebre”.

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Por otro lado, además de los estatutos del PP, también sería de aplicación a Baltar el Código Ético y de Conducta que la Diputación de Ourense aprobó en 2014 a iniciativa del propio presidente. Este código señala en su artículo 3 que los cargos electos y el personal de la Diputación deben comportarse con "ejemplaridad" y dice que "al ser espejo de la institución en el que se mira la ciudadanía, deben evitar cualquier acción u omisión que pueda perjudicar en lo más mínimo la imagen institucional de la Diputación de Ourense y minar la confianza de los ciudadanos en la institución”.

Para velar por el cumplimiento del código ético se prevé un Comité de Ética, compuesto por expertos ajenos a la Diputación, que será el encargado de analizar las posibles denuncias de incumplimiento que se le formulen, informar de ellas al Pleno de la Diputación y elaborar un informe anual al respecto. Pero en ningún punto del Código Ético se señala ningún tipo de sanción o amonestación por estos incumplimientos.

Aquí puedes leer el texto original en gallego.

Conducir a 215 kilómetros por hora le puede suponer al presidente de la Diputación y del PP de Ourense, José Manuel Baltar, enfrentarse a un juicio penal por la posible comisión de un delito contra la seguridad vial. Pero también puede tener repercusiones internas en el PP: el Comité Nacional de Derechos y Garantías es el único órgano con "competencia exclusiva y excluyente" para incoar y resolver un expediente contra cualquier afiliado que pertenezca a "cualquier órgano nacional" del partido como ocurre con Baltar, que es miembro del Comité Ejecutivo Nacional. Sin embargo, el código ético de la Diputación de Ourense impulsado hace una década por Baltar, que reclama "ejemplaridad" a sus cargos electos, no contempla sanciones.

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