Andalucía
El coño “no era un insulto”
La crónica de lo ocurrido este jueves en el juzgado de instrucción número 10 de Sevilla exige el empleo reiterado de una palabra malsonante, de esas que los manuales dicen que hay que evitar en los titulares. Esa palabras es "coño". Pero es que la historia va de eso. De una vagina gigante que parece evocar la representación de una virgen, y de si sacarla a la calle en una especie de procesión, en el contexto de una manifestación festiva por los derechos laborales y la igualdad, es considerado delictivo en España en 2016.
Las implicaciones de lo ocurrido invitan a la reflexión sobre la libertad de expresión, el derecho a la manifestación, los límites entre lo lúdico y lo solemne, el papel de la justicia en una democracia... Pero el objeto protagonista sigue siendo una vulva de plástico de dos metros, a modo de imagen de una virgen, que un grupo de manifestantes portó, simulando una procesión de Semana Santa, durante los actos reivindicativos del 1 de mayo de 2014 en Sevilla. El resultado de aquello es que tres mujeres declararon este jueves, imputadas por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos, ante la jueza Pilar Ordóñez, que trata de aclarar si se produjo una vulneración del controvertido artículo 525 del Código Penal.
La jueza centró sus preguntas a las tres imputadas en "si hubo o no intención de insultar a la religión católica", explica Ana Isabel Fernández, abogada presente en el interrogatorio. Y añade: "Ellas han explicado que no, que no era ni un insulto ni una ofensa. Simplemente se sirvieron de un símbolo para defender los derechos de las mujeres, nunca para mofarse de la religión". Antonia Ávalos, una de las imputadas, circunscribe el caso en la "criminalización del movimiento feminista". "Aquel día salimos a reivindicar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y a denunciar la precariedad y la violencia", añadió al término de la declaración.
Dos sindicalistas investigados
La Fiscalía no estuvo presente durante el interrogatorio. Tampoco acudieron los querellantes, la Asociación Española de Abogados Cristianos, que debía haber pagado 1.000 euros para continuar con el proceso, y no lo hizo. Esta asociación no respondió a los requerimientos de información de este medio.
Ahora la jueza Ordóñez debe decidir si archiva o no la pieza, en la que también se encuentran imputados Miguel Sevillano, secretario general de la CGT de Sevilla, Félix Cervera, secretario de organización de CGT en Andalucía, y el propio sindicato como persona jurídica, según explicó la abogada de dicha organización, Ana Isabel Fernández. Los sindicalistas ya declararon como imputados en septiembre de 2015.
Reivindicación lúdica
Los hechos no se produjeron sólo el 1 de mayo de 2014. Arrancan el 10 de abril, con la celebración de la que fue llamada "procesión del santísimo coño insumiso y del santo entierro de los derechos sociolaborales". Por esta procesión, y por la del 1 de mayo, están imputados los sindicalistas. Aquel primer acto reivindicativo de abril se centraba en la denuncia del despido de una mujer en la empresa de transportes de Damas. En su declaración ante la jueza, los sindicalistas negaron cualquier insulto, menosprecio o intención de ofensa.
Por su parte, las tres mujeres imputadas lo están únicamente por su participación, en el contexto de la manifestación en Sevilla del 1º de mayo (día del trabajador) de 2014, en otra especie de procesión de similares características. El acto tuvo un carácter claramente lúdico y reivindicativo, como demuestran numerosos vídeos colgados en la red. Tiene los rasgos de lo que suele conocer por su nombre en inglés como una performance, aunque con una finalidad reivindicativa, más que artística.
"No hubo voluntad de mofa. Fue una reivindicación lúdica de los derechos de la mujer en el sentido amplio, no sólo laboral", señaló al término de la declaración la abogada defensora, Pastora Filigrana. "La instructora ha querido ver si estaban imitando una procesión y si ello tenía connotación de mofa e insulto, y ellas han dejado claro que no", afirmó. Y añadió: "Si parecía una procesión, en todo caso la procesión se utilizaba para exaltar o venerar la imagen de la vagina como imagen de la mujer precarizada". La abogada destacó que el paso de la procesión por varias iglesias fue inevitable, y no deliberado, y que "no hubo altercado de ningún tipo con los feligreses".
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Si hubo provocación o no, es subjetivo. Si alguien se sintió ofendido, las imputadas sostienen que no era su intención. La pregunta relevante que queda por resolver es si hubo delito. ¿Qué delito? El artículo 525 del Código Penal establece: "Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican".
El artículo dice "para ofender", implicando una voluntad que las imputadas niegan. Todas las personas del ámbito jurídico involucradas en los hechos opinan que la jueza archivará la causa.
El caso ha despertado expectación mediática, pero no reacciones enconadas, al menos no con repercusión pública, en la sociedad sevillana. Si la asociación de abogados cristianos no hubiera puesto la querella, seguramente la procesión ya estaría olvidada. Ayer unas decenas de personas se manifestaron ante los juzgados de Sevilla por la mañana en apoyo de las imputadas. Varios asistentes, pertenecientes a la llamada Red de apoyo al coño insumiso (que tiene más de 1.400 seguidores en Facebook), llevaban una pancarta que decía: "Contra su represión, subversión feminista".