entrevista
“El juez ha preparado un informe parcial contra mí para que el Supremo admita una querella política”
La controversia sobre la instrucción que la diputada de Podemos Victoria Rosell realizó cuando era jueza en Las Palmas en una causa contra el empresario Miguel Ángel Ramírez se resolverá de forma definitiva en el Tribunal Supremo, cuyos jueces serán los encargados de resolver si las "relaciones comerciales" que el investigado declaró tener con la pareja sentimental de la jueza, el periodista Carlos Sosa, debieron llevar a Rosell a abstenerse de instruir esa causa.
La investigación a Rosell parte de una querella presentada por el exministro José Manuel Soria que los jueces de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal admitieron parcialmente, tal y como recoge un auto conocido este martes. Los magistrados acordaron investigar si Rosell pudo cometer los delitos de retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y cohecho –que le atribuyó Soria–, si bien convinieron inadmitir los delitos de injurias y calumnias que también figuraban en la querella.
La diputada accedió el lunes a responder a las preguntas que infoLibre, un día antes de que se hiciera público el auto de admisión a trámite de esta querella. El martes, preguntada de nuevo por este diario, Rossell prefirió no hacer comentarios porque, aseguró, todavía no se le ha notificado oficialmente.
Rosell niega haber cometido delito alguno y acusa al exministro de Industria –su rival en las generales del 20-D– de haber pedido al Tribunal Supremo el informe "extraño, interesado y parcial" que redactó el juez que la sustituyó al frente del Juzgado nº 8 de Las Palmas "para conseguir que se admita una querella política que el fiscal pidió que se inadmitiera". "Eso es lo que hay detrás y hasta ahora nadie lo ha publicado", subraya.
P. El juez que la sustituyó en Las Palmas, Salvador Alba, señala en el último informe que envió al Tribunal Supremo que durante la instrucción que usted llevó a cabo contra el empresario Ramírez hubo "falta de impulso procesal”, sin que hubiera ninguna "incidencia" que explicara este retraso. De hecho, asegura que la actividad procesal se detuvo entre abril de 2014 y mayo de 2015. ¿Son ciertas estas afirmaciones? ¿Qué resoluciones firmó durante ese periodo?
R. El problema es que el contenido del informe es parcial, en varios sentidos. Primero, por voluntad propia. Es el único juez de Las Palmas que ha tenido problemas con las asociaciones judiciales, y el colegio de abogados y la junta de personal le llegaron a declarar “persona non grata”. Yo me he manifestado en desacuerdo con él en muchas ocasiones, tenemos dos modelos opuestos de lo que debe ser la función judicial. Me tiene una manía espantosa que es conocida en el foro en Las Palmas y ha sido publicada en varios medios. Y, segundo, porque solo ve parte del trabajo, la que a él le interesa porque es la que ha ido buscando. Fíjese qué curioso: llegó al juzgado el 30 de octubre, pidió esa causa y se entrevistó antes con la fiscal que la lleva –que es la que me denunció dos veces ante el CGPJ por los mismos motivos y llevó una investigación contra mí que fue anulada por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el 7 de marzo de 2016– que con la fiscal adscrita al juzgado. Con esa actuación se delató.
No creo que ningún juez de instrucción sepa cuántas resoluciones ha dictado en cada causa porque eso no es lo relevante sino el contenido, aparte de que no es función exclusiva del juez. En esa causa la fiscal en vez de realizar su instrucción previa en seis meses, tardó un año, y no oyó ni al denunciado ni a ningún testigo. Presentó una querella que tuve que admitir el día que el juzgado se mudaba de edificio, el 30 de enero de 2014, porque prescribía el delito. En ese primer auto, yo ordeno unas ocho o diez diligencias, entre ellas dos informes detallados de Hacienda y Seguridad Social. Esos informes no se habían recibido en mayo de 2015 y eran imprescindibles para saber si había defraudación fiscal y de cuotas de la Seguridad Social, así como su cuantía. Faltaba mucho trabajo previo, que no se había hecho antes de la querella de la fiscala. Pidió 192 testigos, previa averiguación de domicilio, cuando los domicilios constaban en Hacienda, y ella no había citado a uno solo. Yo practiqué muchas diligencias, pero tenía que esperar esos informes.
Además una vez que el juez ordena numerosas diligencias, es el secretario [ahora se llama letrado] y el personal quien impulsa el proceso hasta que se completan y tramitan los traslados, etc... El número de resoluciones es una extraña forma de medir el trabajo judicial. Puedes dictar un auto motivado con ocho diligencias, y ejecutarlas, u ocho autos o providencias "a goteo". Lo que sí le debo añadir es que en ese juzgado había muchas más cosas que hacer: personas detenidas, víctimas de delitos, exploraciones de menores, visitas al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE)... y 6.500 causas más al año aparte de ésa. Creo que a la gente le interesa la calidad del trabajo judicial, no solo la cantidad. Ese juez que presume de rapidez no ha pisado el CIE de Las Palmas en seis meses y ha estado de guardia de 24 horas mientras celebraba un juicio en la Audiencia Provincial, es decir, en dos sitios diferentes.
En suma, me parece un informe extraño, interesado y parcial en mi contra. Es el tercer o cuarto informe sobre la misma historia. Hasta ahora no han tenido éxito. Creo que la gente no sabe que es el exministro Soria quien pide al Tribunal Supremo este informe. Para conseguir que se admita una querella política que el fiscal pidió que se inadmitiera. Eso es lo que hay detrás y hasta ahora nadie lo ha publicado.
P. En ese mismo escrito, el juez Alba asegura que "existen en la causa hasta siete escritos presentados desde noviembre de 2014 interesando impulso procesal”. ¿Es cierto que existen esos siete escritos? ¿Qué pasó con ellos? ¿Los contestó?
En esa causa llegó a haber cinco o seis acusaciones personadas, que yo recuerde, cada una con su interés particular; legítimo, pero particular. Algunas querían que se solicitara fianza o se añadieran ejercicios económicos antes de tener liquidada la deuda tributaria, otras que se añadieran delitos societarios, delitos contables, o examinar toda la documentación contractual y contable de una empresa de la competencia. La investigación tenía por objeto tres delitos y la creación artificial de macrocausas sin base fáctica suficiente sabemos por experiencia que no conduce a nada. Es más fácil admitir todo y llenar folios y folios que intentar conducir un proceso a buen puerto. Si hay indicios racionales de delito, que llegue a juicio. No que se quede años en instrucción engordando y creando una maraña que luego se desinfla en sentencia.
P. El juez Alba también subraya que la paralización de la instrucción llegó a su fin cuando la Fiscalía puso en marcha una investigación sobre cómo estaba instruyendo usted y sobre si debía haberse abstenido de investigar a un empresario relacionado con su pareja. ¿Son ciertas estas afirmaciones?
R. Son rotundamente falsas. Yo me marcho del juzgado el 22 de octubre. La fiscal empieza su investigación sobre mí el 23 de noviembre. La afirmación cae por su propio peso. Y resulta bastante grosero, jurídicamente hablando, que un juez haga referencia a una investigación que fue declarada nula e ilegal en sentencia del TSJC. Nula significa que a efectos jurídicos no existió, porque no debió hacerse. Pero además como he dicho es falso. Y ahí están las fechas para demostrarlo.
P. El juez que le sustituyó también asegura que usted ignoró a lo largo de casi dos años hasta siete peticiones de que se impusiera fianza a los investigados. ¿Por qué no aceptó esas peticiones?
R. Se han publicado falsedades sobre eso. Primero, la fiscal jamás lo pidió. Una sola vez informó con tres palabras: “No se opone”. Pero ni una palabra sobre su cuantía. La fianza civil, según la ley, se impone en el auto de apertura de juicio oral. Antes, se puede imponer si es necesario asegurar las cantidades que vayan a imponerse como responsabilidad civil en sentencia. Y no teníamos cuantificada la deuda, ni de Hacienda ni de la Seguridad Social.
P. En su último comunicado, usted señaló que no se impuso la fianza porque había que liquidar la deuda tributaria “y no hacerlo a ojo” porque la fianza civil tiene que guardar relación con la cuota defraudada y la necesidad de asegurarla. No obstante, es habitual la fijación de fianzas provisionales. ¿Por qué no fijó una fianza provisional?
R. Es habitual cuando están las cantidades defraudadas, jamás he visto fijar fianza a ojo sin liquidación de Hacienda. Las de 2008 y 2009 estaban, y sin embargo la fiscal querellante, que pudo hacerlo desde el principio, no lo pidió. O no vio riesgo de impago, o no vio clara la deuda. Y de 2010 a 2013 no teníamos las cuotas supuestamente defraudadas. Pero atengámonos a los hechos: el siguiente juez impone fianza de 35 millones. A los pocos días la baja a 17. Y según la prensa, aún no hay un euro depositado, porque se ha recurrido. Mire, si se impone se puede ejecutar de inmediato, con recurso o sin él, conforme a la ley. Lo eficaz es imponer y ejecutar, no imponer, que queda muy bien de cara a la galería, y luego no exigirla. Hechos, no palabras.
P. En plena campaña electoral del 20-D El Mundo publicó –basándose en un informe enviado a la Fiscalía por el juez Alba– que usted había retenido durante 22 meses un pendrive con datos clave de la investigación a Ramírez. Usted respondió haciendo pública una providencia del 30 de julio de 2014 con la que ordenaba dar traslado a las partes de esa documentación. Pero su sustituto asegura que ese escrito tiene una fecha posterior a la del cierre del tomo en el que está incluido, que se produjo el 16 de junio de 2014. ¿Cómo explica este hecho?El Mundo
R. Primero dijo que yo no había ordenado dar traslado del pendrive. Y lo dijo en un documento oficial. Y se filtró a prensa, y fue portada de un periódico nacional en plena campaña electoral. Yo demostré que era falso. Ahora dice que sí se hizo pero que el 30 de julio va después del 16 de junio. El secretario cierra el tomo en junio, y sí, julio va detrás de junio. Y creo que el secretario estaba de vacaciones. El juez ha querido comprobar si la providencia era en realidad de otra fecha y ha visto en el sistema informático que era real. Así que hace público que estaba mal foliado. Es ridículo. Pero además de que los jueces no son quienes folian los asuntos, en el mismo informe dice que cuando él llega ese tomo está sin foliar. No entiendo mucho ese lío que cuenta. No obstante, cuando se folia mal, el juez es él, no yo.
P. ¿Qué ocurrió con la información contenida en ese pendrive? ¿La analizó? ¿Tomó alguna iniciativa al respecto de esa información?
R. Ordené dar traslado a las partes, que es lo que hay que hacer, y lo que nadie dice, solo el secretario, cuando alguien hace pública la historia del pen drive, es que lo relevante de esa documentación se imprime por la policía –que es ante quien se presenta, no en el Juzgado– y forma parte del atestado-informe del que también se da copia a todas las partes. Yo no recuerdo el contenido, ni debería revelarlo aunque lo recordara. Pero mi obligación la cumplí, y el que cambia de versión sobre esto es el juez. Los hechos, una vez más.
P. En ese mismo escrito presentado a la Fiscalía, el juez Salvador Alba asegura que la fiscal solicitó que se tomara declaración a los investigados en esta causa por los periodos comprendidos entre 2009 y 2013. ¿Es cierto? Si es así, ¿por qué no aceptó esta petición?
R. Tampoco es exacto. La fiscal tenía base para denunciar fraude fiscal en 2008 y 2009 que era lo que le prescribía en las manos. Desde la querella pidió extender la investigación al periodo 2010-2013, sin tener los informes de Hacienda y Seguridad Social. En el auto de incoación admití esa extensión, incluso amplié de oficio la investigación a presunto delito contra los derechos de los trabajadores, porque la fiscal se olvidó –pese a que lo había denunciado un sindicato– de que si una empresa no cotiza, y no paga las horas extraordinarias, ello perjudica los derechos laborales, presentes y futuros. Yo interrogué al empresario por todo ello, en marzo o abril de 2014. También intervino la fiscal y preguntó lo que estimó pertinente. Lo que no tiene sentido es repetir interrogatorios sin tener más datos sobre los que preguntar. Aparte de lo poco que aporta interrogar al imputado una y otra vez. Lo que importan son las pruebas objetivas en este tipo de delitos y eso lo sabe también la fiscal.
P. El juez Alba –en otro escrito enviado al CGPJ hace sólo unos días– asegura que al folio 1335 del sumario de la causa que usted comenzó a instruir sobre Ramírez "obra unido un folio en blanco". Y señala que este hecho sugiere la sospecha de que no se trata de un error, sino de un "fallo" intencionado. Usted dijo en un comunicado que este hecho ni es su responsabilidad ni tiene transcendencia jurídica alguna. ¿De quién es la responsabilidad entonces? ¿Quién tuvo acceso al sumario?
R. Por lo que dice el informe, acceso a la causa cuando se folia en noviembre, tiene él, yo no. Pero es que lo del folio es ridículo. Mire, en ese juzgado hay un personal honesto y competente. Ni el secretario ni la gestora procesal merecen que se ponga en duda su trabajo por un juez que da relevancia a un folio en blanco, que a mí no me consta. Pero si está foliado, no se puede cambiar, porque todas las partes tienen copia del tomo. Es absurdo, de verdad. Lo que es grave es la insinuación. Supongo que consiste en que el fedatario público, la oficial y yo lo hacemos adrede para falsificar una resolución después, y encima cuando me voy se nos olvida hacerlo. En fin, que cada cual saque sus conclusiones.
P. En su declaración ante el juez Alba el pasado 23 de marzo, Miguel Ángel Ramírez declaró que mantiene desde el año 2000 y hasta la actualidad relaciones empresariales con su pareja, el periodista Carlos Sosa. De hecho, aportó al juzgado documentos sobre los movimientos empresariales que le relacionan con Sosa. Y citó a las empresas Canarias Ahora, Virtual Press, Clan de Medios de Comunicación y Marketing y Gestión y Asesoramiento 3.000. ¿Qué sabía usted de estos negocios? ¿Desconocía que durante 14 años su pareja había tenido una relación comercial con el investigado? ¿No considera que debería haberse abstenido?
R. Están dando por sentada la veracidad del investigado cuando, además, se le preguntó sobre algo que no es objeto de la causa y respondió sin documentos, de memoria. Se ha publicado el interrogatorio íntegro. El juez le anuncia que le va a quitar el delito contra los trabajadores –sin haber dictado aún el auto– y empieza a interrogar sobre mi pareja y la fiscal sobre mí, sin tener competencia para ello y sabiendo que es competencia del Tribunal Supremo, que tiene la querella de Soria. Eso es absolutamente irregular. Pero aun así, lo que dicen que encuentran no es verdad. Primero, no era mi pareja, ni nos conocíamos en esos años. Segundo, esas empresas no eran de él, ni era socio. Sólo Clan de Medios de Comunicación y Marketing, que se crea a finales de 2008 o principios de 2009. Es difícil que contrate en el año 2000, pero para embarullar, es suficiente.
La única "relación comercial" que, tras mucho escudriñar en lo que no es objeto de la causa y abusando de su función, encuentra este juez entre la empresa de comunicación de mi pareja actual y Ramírez consiste en un contrato con una empresa de servicios que se llama Ralons, que limpia la oficina de Clan de Medios de Comunicación y Marketing, creo que en media jornada y por un importe de 700 euros mensuales. Eso no es causa legal de abstención, es absurdo. Le aseguro que, de mediar causa de abstención, yo lo habría hecho encantada. Sólo lo habría sentido por el juez que me tendría que sustituir. Pero no es así.
P. En la transcripción de la declaración de Ramírez, que publicó La Provincia, el empresario admite que firmó cuatro contratos de participación en empresas en las que Carlos Sosa era directivo: Virtual Press y Canarias Ahora Radio. Sosa ha aclarado que esos contratos se firmaron entre 2003 y 2008. ¿Esos datos de la declaración de Ramírez son ciertos?
R. En la fecha de los contratos no éramos pareja y por lo que sé, Carlos no era ni dueño ni siquiera socio, sino empleado de esos medios. Trabajador por cuenta ajena. Él no recibió ningún dinero. Se está tratando de vincular esos contratos –que yo desde luego no conozco– con empresas ajenas a una persona que además no era mi pareja entre 2003 y 2008 con un deber de abstención de una investigación que yo comienzo en enero de 2014, seis años después. No hay causa de abstención legal que ampare esto. Y, desde luego, ni hay retraso imputable al juzgado ni hay ninguna decisión favorable al empresario. Absolutamente ninguna. Y quien diga lo contrario, miente. Así de claro.
P. El 26 de octubre de 2015 se firma el contrato por el que Sosa le cede temporalmente a Ramírez la frecuencia de una emisora de radio de la que es adjudicatario. A usted se le había concedido la excedencia para pasar a la política cuatro días antes. ¿Cuándo empezó la negociación? ¿Se cerró el acuerdo en cuatro días, entre el 23 y el 26 de octubre?
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R. Tampoco es cierto. El contrato es del 28 de octubre, lo que hay es un borrador del 26 de octubre. Le voy a contar algo curioso: el ministro Soria reclama el contrato cuando se entera y es el que llega a la Fiscalía, según dicen, en un sobre anónimo que tampoco aparece aunque lo hemos pedido. Es el único que tiene el borrador del día 26 y cree que es el contrato definitivo.
Sobre la negociación previa, cuando ya salta todo esto, me demuestran con documentos que el Gobierno de Canarias en septiembre advierte de la ilegalidad de la radio de la Unión Deportiva Las Palmas [club del que es presidente Ramírez]. Buscan deprisa una emisora legal, primero otra con la que no hay acuerdo y después en octubre ésa que es de mi pareja. Y la negociación, de la que me han mostrado desde el primer hasta el último correo electrónico, tiene lugar del 20 al 28 de octubre, con un contrato de producción de contenidos. Hay varios correos, el borrador del 26 y un contrato final a los dos días. Yo había pedido la excedencia el 15 de octubre y me la conceden el 22, que es cuando salgo del juzgado. En ningún momento adopto ninguna resolución favorable al imputado, ni la causa está parada tampoco. Es más, participamos dos jueces, porque desde junio de 2015 hay un juez titular de refuerzo, que lleva conmigo la instrucción sabiendo que en octubre me marcho. Eso es lo que se denunció dos veces por la fiscal y el juez, se desestimó por el CGPJ y Soria denuncia de nuevo ante el Tribunal Supremo.
Se archiva por el CGPJ porque las fechas son claras y evidentes (aunque el contrato que les llega por la Fiscalía es el borrador, de 26). Es la misma historia una y otra vez. Primero la Fiscalía; cuando se lleva el varapalo del TSJC, lo intenta Soria, y así hasta que logren que alguien se crea esta historia, sin mirar papeles, ni los contratos ni la causa que se investigaba. Que por cierto, me temo que con todo esto están poniendo en serio peligro que llegue a buen fin. La fiscal y el juez ya ha insinuado que puede ser nula, lo cual es gravísimo, porque al final si se anula el primer auto, se prescribe el presunto delito, y aquí la única investigada sería yo. El mundo al revés.