AlRevésyAlDerecho es un blog sobre derechos humanos. Y son derechos humanos, al menos, todos los de la Declaración Universal. Es un blog colectivo, porque contiene distintas voces que desde distintas perspectivas plantean casos, denuncias, reivindicaciones y argumentos para la defensa de esos bienes, los más preciados que tenemos como sociedad. Colectivo también porque está activamente abierto a la participación y discusión de los lectores.
Coordinado y editado por Ana Valero y Fernando Flores.
Este Índice es un Informe que califica a 96 países según el bienestar económico y social de las personas mayores que viven en ellos, y mide su bienestar –el grado de eficacia de sus derechos– a partir de las áreas de “seguridad en los ingresos”, “salud”, “competencias” (empleo y educación) y “entornos favorables”. Sin embargo, en este post no voy a comentar el contenido del Informe, que tiene un muy buen análisis en el artículo “¿Dónde vivir de mayor?”, de Isabel Martínez (Presidenta de la Fundación HelpAge International España y de la Mesa Estatal por los Derechos de las Personas Mayores), y que fue objeto del estupendo reportaje de Daniel Ríos en infoLibre, “España se estanca en la clasificación de la calidad de vida de los mayores”. En este post voy a plantear una reflexión sobre un par de cosas que deduzco después de su lectura.
Esta reflexión se refiere, de una parte, a la (falta de) visibilidad de los mayores y sus derechos, una invisibilidad amparada en el argumento de que el reconocimiento y la garantía de los derechos humanos en general también incluye a las personas de edad, las cuales, por esa razón, no están desamparadas. De otra se refiere a la pertinencia de singularizar las necesidades específicas de los mayores, de los aspectos únicos que caracterizan la realización correcta de sus derechos, y de proteger éstos desde esa mirada concreta.
Resulta curioso, y revelador, que las campañas sobre los derechos de las personas mayores lanzadas tanto por Naciones Unidas como por organizaciones dedicadas a su protección –el caso de Help Age–, se vean en la necesidad de hacer visibles a los mayores (además de por causas de fondo o sustantivas) por el número de los que son y, sobre todo, por el número que en un futuro muy cercano van (vamos) a ser. “Se prevé que el número de personas de edad aumentará más del doble en todo el mundo, de 841 millones en 2013 a más de 2.000 millones en 2050”, dice el Secretario General de la ONU en su mensaje con motivo del Día Internacional, tratando de ponernos en guardia sobre el hecho de que “la cuestión de la edad” no va a poder ser evitada durante mucho tiempo, así sea por desbordamiento. Resulta obvio, no obstante, que desde la perspectiva de la protección de los derechos el elemento cuantitativo es importante, pero en absoluto decisivo. Las personas mayores merecen atención porque su realidad –la que afecta a la efectividad de sus derechos– les sitúa en muchas ocasiones en una posición más débil que la del resto de la población, y porque el Derecho de los derechos humanos debe ser, en primer lugar, “la ley del más débil”, la de quien más lo necesita. Así que los mayores deben ser objeto específico de atención y protección porque sus circunstancias lo requieren y porque, además, son muchos.
Por otra parte, esa atención debe procurarse desde el conocimiento del contexto (de los contextos) específico que vive la persona mayor. El acceso a los bienes básicos esenciales (el alimento, el agua, el refugio, la ropa y la calefacción), el empleo, la salud, el acceso a la educación, a la justicia o al asesoramiento legal, la participación ciudadana…, los engaños y abusos económicos, el maltrato…, todos estas circunstancias se revelan de forma singular cuando los sujetos a los que afectan son personas mayores. Normalmente en el sentido de alejarse cuando de acceder a bienes se trata, y en el de incrementarse cuando de peligros hablamos. Ni que decir tiene que las amenazas se revelan en toda su intensidad en los países pobres, o en los contextos de guerras y de crisis humanitarias, en los que las personas mayores son las golpeadas con mayor dureza. En consecuencia, es exigible un acercamiento especializado a los retos que afectan a los derechos de los mayores, pues específicas son sus circunstancias.
A pesar de ello, y como sucedió en su momento a las personas con discapacidad, los dependientes o las mujeres víctimas de la violencia de género (grupos cuya singularidad –y discriminación– provocó y provoca una lucha para obtener una protección especial), las personas mayores y sus derechos no han encontrado todavía el hueco en la atención social que sería deseable, ni se ha reflejado su especificidad en normas internacionales que favorezcan un marco jurídico de referencia más preciso, un marco que permita garantizar mejor los derechos y responder más eficazmente al fenómeno del envejecimiento de la población. Sin embargo, se están dando pasos importantes al respecto.
Hace poco más de un año, la ONU nombró un Experto Independiente sobre los Derechos Humanos de las Personas MayoresExperto Independiente, una decisión que va en la línea, precisamente, de impulsar acciones que sensibilicen a los Estados para aprobar una Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas MayoresConvención de Naciones Unidas, una Convención que reconozca que existe discriminación por edad y que los derechos de las personas mayores necesitan una mayor atención dentro del sistema internacional (y nacional) de derechos humanos. En esa dirección, y desde hace años, trabaja el Grupo Abierto de Trabajo de Envejecimiento (OEWGA, por sus siglas en inglés), grupo de Naciones Unidas en el que se debaten las propuestas que deben alimentar el futuro Convenio.
En España, impulsada por HelpAge, se creó hace unos meses la Mesa Estatal por los Derechos de las Personas Mayores, un grupo formado por las principales entidades del tercer sector relacionadas con la defensa de los derechos humanos, la acción social y la atención a las personas mayores. Su objetivo es la lucha contra la discriminación de los mayores, hacerlos visibles a en el actual sistema de protección de derechos humanos, y destacar las contribuciones positivas e imprescindibles que realizan a sus familias y a la sociedad en general.
En fin, desde hace unos años se viene reclamando (y trabajando para conseguirlo) una mirada específica sobre los derechos de las personas mayores, una “perspectiva de edad” que facilite la comprensión de los desafíos de derechos humanos a los que hacen frente las personas mayores, así como la comprensión de cómo esos derechos podrían ser protegidos de mejor manera. Hay que seguir en el empeño.
Sobre este blog
AlRevésyAlDerecho es un blog sobre derechos humanos. Y son derechos humanos, al menos, todos los de la Declaración Universal. Es un blog colectivo, porque contiene distintas voces que desde distintas perspectivas plantean casos, denuncias, reivindicaciones y argumentos para la defensa de esos bienes, los más preciados que tenemos como sociedad. Colectivo también porque está activamente abierto a la participación y discusión de los lectores.
Coordinado y editado por Ana Valero y Fernando Flores.