Sector eléctrico
El Supremo tumba dos recursos de eléctricas contra la financiación del déficit de tarifa
El Tribunal Supremo ha desestimado en sendas sentencias las denuncias de Gas Natural Fenosa y Endesa en contra de su obligación de financiar temporalmente el déficit de tarifa de 2012 conforme a las liquidaciones mensuales elaboradas por la Comisión Nacional de la Energía (CNE).
En concreto, el Supremo ha rechazado el recurso de casación que estas dos compañías habían presentado contra una sentencia anterior de la Audiencia Nacional, en la que las eléctricas denunciaban esta obligación al considerarla discriminatoria, y que se falló en su contra.
En las nuevas sentencias, el Alto Tribunal analiza la impugnación de la segunda liquidación provisional de 2012 de la CNE, en la que a Gas Natural Fenosa le correspondía financiar 81 millones de euros de la deuda eléctrica de ese año, y a Endesa otros 91 millones.
Las empresas consideran que esta obligación vulnera el artículo 14 de la Constitución, al obligar a cinco empresas eléctricas, y no al resto de agentes con actividades reguladas, a financiar el déficit de tarifa.
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La Audiencia Nacional había recordado en su sentencia ahora ratificada por el Supremo que la asignación de esta obligación a las eléctricas se estableció como consecuencia de la concesión a estas empresas de los llamados Costes de Transición a la Competencia.
La sentencia entiende además que en la imposición de este medida existe un objetivo legítimo que justifica la imposición de la obligación de financiar el déficit de tarifa.
El Supremo también entiende que no es aplicable la sentencia de febrero de 2012 acerca del bono social, en la que se anuló la obligación de las cinco eléctricas de financiar esta ayuda y se reconoció el derecho de las empresas al reintegro de lo abonado.