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La XII Legislatura

La reforma de la ley electoral para no votar el día de Navidad depende del PP

La reforma de la ley electoral para no votar el día de Navidad depende del PP

Ibon Uría

La mayoría de expertos en Derecho Constitucional considera que es posible aprobar una reforma en las próximas semanas para modificar la ley electoral, acortar a una semana la campaña electoral y evitar que unas hipotéticas terceras elecciones generales se celebren el 25 de diciembre. Si la iniciativa prosperara esos comicios se celebrarían, llegado el caso, el 18 de diciembre. Las fuentes consultadas por este diario advierten, no obstante, de que será el PP el que tenga en su mano el devenir de esa iniciativa: los conservadores pueden facilitar que se tramite a tiempo o bien dilatar los plazos para hacer que naufrague.

Este jueves, el portavoz socialista en el Senado, Óscar López, admitió que su partido "estudia fórmulas" para evitar la "salvajada" y el "chantaje" de unas elecciones en Navidad. López afirmó, en declaraciones a Cuatro, que Rajoy eligió esa fecha con una "intencionalidad" y como "herramienta de presión" para conseguir la abstención socialista, y calificó la hipótesis de celebrar unas elecciones el 25 de diciembre de algo "infumable" y de "chapuza". Unidos Podemos, por boca de su portavoz en el Congreso, Íñigo Errejón, aseguró estar "de acuerdo" en "no trampear los tiempos institucionales" con una votación el 25D y en apoyar esa hipotética reforma.

"No nos gusta que el señor Rajoy utilice ese chantaje [de votar el 25 de diciembre] para ver si el resto de partidos le dan por miedo lo que ahora no le están dando. No nos parece bien, pero es más importante agotar las posibilidades", subrayó el diputado de la coalición de izquierdas. Por parte del PP, la presidente de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, se mostró a favor de acortar "para siempre" las campañas, si bien reprochó al PSOE que lo plantee ahora "porque a ellos les interesa". Juan Carlos Girauta, portavoz de Ciudadanos en el Congreso, se mostró dispuesto a estudiar esa posibilidad. "Ningún problema en aprobarla", comentó.

La fórmula que se plantea es la modificación del artículo 51 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Actualmente establece que la campaña "comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria", que "dura quince días" y que "termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación". El cambio consistiría en reducir la duración a la mitad. El debate no es completamente nuevo: el ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, planteó en abril articular "algún instrumento legal" para reducir la campaña y "no dar tanto la lata" a los ciudadanos si se repetían las elecciones, como finalmente ocurrió.

Entonces los socialistas rechazaron la posibilidad que ahora defienden. Su portavoz en el Congreso, Antonio Hernando, respondió así a las preguntas de los periodistas en una rueda de prensa el 11 de abril, cuando restaban 20 días para la disolución automática de las Cortes: "¿Usted ha hecho el cálculo de plazos de los que se tarda en lectura única una modificación legal que, además, ya veríamos si incluso lleva consigo una modificación constitucional? Yo sí lo he hecho. Por lo tanto, que el Gobierno cumpla con sus obligaciones". A preguntas de infoLibre, el PSOE no precisó este martes en qué plazos podría sacarse adelante ahora la reforma.

Una reforma jurídicamente viable

La mayoría de constitucionalistas consultados por este diario coinciden en que la reforma es viable, incluso ahora que el Gobierno está en funciones. Antonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED, asegura que "es viable" que un grupo presente una proposición de ley para acortar la campaña –el Ejecutivo no puede hacerlo, porque la Ley del Gobierno le impide llevar al Congreso proyectos de ley cuando está en funciones–. "No veo absolutamente ningún impedimento jurídico", añade el experto, que considera que la reforma sería "relativamente fácil" de llevar a cabo.

Eduardo Vírgala, catedrático de la Universidad del País Vasco, comparte ese criterio: "La reforma es viable, porque el Congreso y el Senado pueden trabajar. El Gobierno no puede presentar proyectos de ley, pero los grupos sí pueden sacar adelante proposiciones. No hay problema desde el punto de vista jurídico". Vírgala agrega que la "otra posibilidad" sería una modificación "exprés" de la Constitución para modificar el artículo 99 y acortar el plazo de disolución automática de las Cortes a partir de la primera votación de investidura, actualmente fijado en dos meses. "Pero sería tocar la Constitución, y podría tener otras implicaciones", comenta.

Gregorio Cámara, diputado del PSOE y catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, añade que la reforma "se puede hacer sin ningún problema" y sugiere "afinar" en la ley los supuestos en los que se acortaría la campaña. "Sería especialmente razonable en el supuesto concreto de una repetición de elecciones, cuando la gente ya conoce a los candidatos y los programas, y donde una campaña de dos semanas es un gasto innecesario". Cámara, además, dice que si se acortan los plazos hasta las elecciones también cabría reformar el procedimiento del voto desde el extranjero para no complicar más aún el ejercicio de ese derecho.

Claro que el consenso no es total entre los expertos. Este mismo jueves, el catedrático Jorge de Esteban sostuvo en un artículo publicado en el diario El Mundo que "la solución (...) es materialmente imposible", porque "para que el parlamento funciones es necesario también que el Gobierno esté en plenitud de facultades, y ahora no lo está al ser un Gobierno en funciones", lo que a juicio de este experto "impide" que pueda emitir el correspondiente informe –uno de los pasos a cumplir en la tramitación de la reforma– sobre "su criterio respecto a la toma en consideración" de la iniciativa, así como sobre "su conformidad o no a la tramitación".

Otras fuentes consultadas por este diario también respaldan ese criterio. Un catedrático en Derecho Constitucional, que prefiere no ser citado, dice que "sería muy díficil" hacer la citada reforma "con un Gobierno en funciones, porque [la reforma] tendría que ser informada por el Gobierno, y parece que esa función escapa a las competencias de un Ejecutivo en funciones". En ese sentido, sugiere que la única posibilidad sería que el Ejecutivo se acogiera al apartado tercero del artículo 21 de la Ley del Gobierno, que permite al Ejecutivo en funciones gestionar asuntos más allá de los "ordinarios" si concurren motivos de "urgencia" o "interés general".

En cualquier caso, la mayoría de expertos creen que un Gobierno, incluso en funciones, sí puede cumplir el trámite de emitir el correspondiente informe. "El Gobierno en funciones sí puede informar, porque ninguna ley lo impide", dice Torres del Moral. "La Ley del Gobierno no prohíbe ni impide desarrollar una función ordinaria como el informar sobre proposiciones de ley", añade Vírgala. Gregorio Cámara, finalmente, señala que "el Gobierno, aunque esté en funciones, no tiene vedada la capacidad de informar sobre proposiciones de ley", por lo que cree que, de haber consenso político, la reforma podría hacerse "perfectamente".

Los tiempos, en manos del PP

Esa, la del consenso político, es la clave que todos los expertos señalan sin excepción. Y es que, aunque jurídicamente consideren que la modificación para no volver a votar el día de Navidad se ajusta a derecho, apuntan que el PP y el Gobierno tendrían el control de los tiempos: los conservadores podrían dilatar los trámites introduciendo enmiendas en el Senado o bloqueando la iniciativa del PSOE en la Cámara alta, de modo que no se aprobase antes de la disolución automática de las Cortes el 31 de octubre; el Ejecutivo, por su parte, dispone de un mes para emitir el informe sobre la proposición, y si agotara ese plazo haría prácticamente inviable que saliera adelante.

EH Bildu es el único partido que ha planteado propuestas a la subcomisión del Congreso para la reforma de la ley electoral

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Si la reforma se tramita con el voto favorable del PP –su concurso es imprescindible, pues controla el Senado– y con el beneplácito del Gobierno –que debería elaborar con rapidez el informe que debe emitir antes de que la iniciativa pueda votarse en el Pleno–, podría salir adelante, según fuentes consultadas por este diario, en "apenas dos semanas parlamentarias". Se tramitaría así por el procedimiento de urgencia, que reduce todos los plazos de la tramitación parlamentaria a su mínima expresión, y en lectura única, lo que evita que el texto pase por ninguna Comisión.

El proceso, por tanto, sería el siguiente: la Mesa del Congreso, tras escuchar a la Junta de Portavoces, incluiría la proposición en el orden del día. El Pleno de la Cámara baja tendría entonces que aprobarla con mayoría absoluta –pues se trata de una ley orgánica–. Entonces se remitiría al Senado, donde se repetiría ese proceso. Si la Cámara alta no introdujera enmiendas ni vetara la iniciativa, la ley no tendría que regresar al Congreso y quedaría lista para su publicación y su entrada en vigor.

Como referencia, aunque los casos no son idénticos, en el verano de 2011 la tramitación parlamentaria de la reforma del artículo 135 de la Constitución culminó en menos de dos semanas. La proposición de reforma se presentó, avalada por el grupo parlamentario socialista y por el PP, el 26 de agosto de 2011. El nuevo texto se aprobó en el Pleno el 2 de septiembre, y se remitió al Senado. En la Cámara alta se debatió cinco días después: el 7 de septiembre. Total: 12 días en pasar por ambas cámaras. Al tratarse de una reforma constitucional, posteriormente se abrió un plazo de 15 días para que una décima parte de los diputados o senadores pudieran solicitar que se sometiera a un referéndum, cosa que no sucedió y que, en el caso de la modificación legal que evitaría votar el día de Navidad, no sería necesaria.

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