La oposición del PP

El PP usará también el Senado para dilatar la aprobación de los Presupuestos

El portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó.

Desde que Pedro Sánchez llegó al Gobierno tras la moción de censura que desalojó a Mariano Rajoy de la Moncloa, el Partido Popular se sirve de su mayoría absoluta en el Senado para reforzar la labor de oposición que no le permiten sus escaños en el Congreso de los Diputados. Ahora, tras el pacto presupuestario entre el Gobierno y Unidos Podemos, los conservadores advierten de que, si el texto pasa de la Cámara Baja y este está en los mismos términos que el borrador que se ha remitido a Bruselas, harán una oposición frontal en el Senado.

El portavoz del PP en la Cámara Alta, Ignacio Cosidó, consideró este viernes que las cuentas son "inconstitucionales" y que si llegan a la institución, extremo del que dijo tener "muchas dudas", estudiarán un recurso ante el Tribunal Constitucional.

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Los conservadores defienden que estas cuentas no se adaptan a la legalidad ni fijando el déficit en el 1,8%, como figura en el texto pactado entre la Moncloa y la formación morada, ni en el 1,3%. Esgrimen que previamente debería haberse aprobado la senda de déficit. Aunque fuese para mantener la cifra heredada de la última etapa de Mariano Rajoy en la Moncloa. A ello, destacan, obliga la Constitución.

Otra de las vías que se plantea el Grupo Parlamentario en el Senado es la vetar las cuentas en el Senado. Una vez que se veta un proyecto, el Congreso puede levantar el veto con mayoría absoluta de la Cámara. O, transcurridos dos meses, con mayoría simple. Se trata, pues, de una maniobra que dilataría la aprobación de esta iniciativa y que obligaría a Pedro Sánchez a buscar apoyos en la Cámara baja.

"El Senado en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser sometido al rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta, en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple", puede leerse en el artículo 20 de la Constitución.

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