Memoria histórica
Las fundaciones Franco y Serrano Suñer se lucran con 216.000 euros en 2015 por cuotas de asociados que desgravan al fisco
Las dos principales entidades creadas en España para exaltar a figuras relevantes del golpe de Estado de 1936, del bando sublevado y de la posterior dictadura sobreviven en pleno siglo XXI gracias al nada despreciable respaldo económico que anualmente reciben de aquellos nostálgicos de los años más oscuros de la historia reciente de España. La Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF), creada en 1976 con el propósito de “proyectar” el ideario del dictador sobre “el futuro de la vida española”, y la Fundación Privada Don Ramón Serrano Suñer ingresaron 216.277 euros en concepto de cuotas de asociados y afiliados durante el año 2015, según reflejan sus últimos balances de contabilidad depositados en el Registro de Fundaciones y facilitados por el Gobierno al portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet. “La mayoría de estas fundaciones, ya con la actual ley de memoria histórica, deberían estar ilegalizadas, por hacer apología y exaltación del franquismo”, aseveró el senador a través de un comunicado.
De las dos, la que más percibió por la vía de los socios y afiliados fue la Ramón Serrano Suñer, dedicada al cuñado de Carmen Polo, conocido filonazi al que se considera uno de los arquitectos del orden institucional naciente tras la victoria de los golpistas tras la Guerra Civil. Puesta en marcha en 1997 y presidida actualmente por uno de los cinco hijos del que fuera ministro de Gobernación durante la dictadura, esta fundación, que tiene como objetivo “recopilar y difundir toda la obra política, literaria, periodística y jurídica” del que fuera “pieza clave en la construcción del nuevo Estado” –en palabras de la propia entidad–, recibió en 2015 gracias a las cuotas 118.672 euros. Ese año, además, recibió 5.000 euros adicionales por la vía de las “subvenciones, donaciones y legados”. En total, 123.672 euros de ingresos con los que tuvo que hacer frente a 137.355 euros de gastos, de los que un 37% correspondió a desembolsos por personal. El balance, por tanto, se cerró en números rojos.
Algo más reducida fue la suma por cuotas en la Fundación Nacional Francisco Franco. La entidad, constituida hace más de cuatro décadas para “difundir el conocimiento” sobre la vida del general golpista y “exaltar su vida como modelo de virtudes”, percibió en 2015 de sus socios y afiliados 97.605 euros, una cantidad ligeramente superior a la del año 2014 –80.402 euros–, pero un 26,4% por debajo de la cuantía recibida por este concepto siete años antes –132.968 euros–. Junto a las cuotas, la segunda vía principal de ingresos en ese ejercicio de la Fundación Franco, extremadamente beligerante con todo lo relacionado con la memoria histórica, fueron las “subvenciones, donaciones y legados”, que le reportaron 75.372 euros. Además, percibieron 6.773 euros en concepto de “ventas e ingresos de la actividad mercantil” e “ingresos accesorios y otros de gestión corriente”. En total, 179.750 euros que no fueron suficientes para afrontar los 181.034 euros de gastos. De nuevo, números rojos.
Mulet criticó que este tipo de “fundaciones abiertamente fascistas” se estén “financiando indirectamente con dinero público, al permitir desgravar a sus socios y socias sus aportaciones, cuotas o donaciones, algo aberrante, y que únicamente puede pasar en España”. En efecto, la Ley 49/2002 establece en su artículo 17 que los contribuyentes pueden deducirse todos aquellos “donativos, donaciones y aportaciones irrevocables” realizados en favor de fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG, delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones o federaciones deportivas son deducibles. La norma establece dos tramos de deducción del IRPF para el mecenazgo: del 75% en los primeros 150 euros y del 30% a partir de esa cantidad –del 35% si en los dos años anteriores se hubiera donado a la misma entidad por importe igual o superior–. Ventajas fiscales que la Fundación Franco usa como reclamo en sus campañas para captar socios.
De Queipo de Llano a Blas Piñar y Primo de Rivera
La Francisco Franco y la Serrano Suñer son las entidades de corte franquista con mayor volumen de ingresos a día de hoy. Sin embargo, no son las únicas. También incorporada oficialmente en el registro dependiente del Ministerio de Justicia se encuentra la Fundación Pro Infancia Queipo de Llano, asentada en Sevilla y cuya finalidad gira teóricamente en torno al cuidado de niños sin recursos. Esta entidad, inscrita en 1945 y que toma su nombre de quien lideró la terrible represión franquista en el sur de España –enterrado, por cierto, en la Basílica de la Macarena–, declaró en 2015 haber percibido 31.537 euros en concepto de “ventas y otros ingresos de la actividad mercantil”, según las cuentas facilitadas por el Gobierno al senador de Compromís. Frente a esa cantidad, la Pro Infancia Queipo de Llano tuvo que afrontar unos gastos de 35.000 euros en concepto de “ayudas monetarias” y de 13.081 euros por “otros gastos de la actividad”.
Anecdótica fue, por otra parte, la actividad económica de la Fundación Blas Piñar y de la Fundación José Antonio Primo de Rivera. La primera, creada en 2014 para “la promoción, el estudio y la investigación del pensamiento y la obra religiosa, política y jurídica” del fundador de Fuerza Nueva y máximo referente de la oposición a la democratización tras la dictadura, ingresó en 2015 apenas 534 euros, de los que 150 euros procedieron de subvenciones del sector público y 384 euros entraron en las arcas en concepto de “otros tipos de ingresos”. Por el contrario, esta entidad, que nunca ha tenido personal en plantilla, desembolsó durante ese ejercicio 15.526 euros. La práctica totalidad de esos gastos fueron por la digitalización de libros –15.011 euros– y la compra de una impresora –126 euros–. Los 389 euros restantes se desembolsaron en concepto de “otros gastos de la actividad” y “amortización del inmovilizado”.
En cuanto a la Fundación José Antonio Primo de Rivera, constituida en 1996 para “actualizar” el pensamiento del fundador de la Falange “en relación con la situación socio-política, económica y cultural actual y futura”, todavía no son accesibles sus cuentas referentes al año 2015. “El ejercicio está presentado pero tiene pendiente de subsanar defectos formales que impiden su depósito y por lo tanto no son públicas”, explica el Ejecutivo en su respuesta a Mulet. Sí que pueden consultarse las de 2014, que muestran una actividad casi inexistente. En ese año, la entidad declaró unos ingresos de 361 euros, de los que 360 procedieron de “aportaciones privadas” –esta cantidad proviene, en concreto, de una donación de 18.030 euros que recibió la fundación en el año 2000– y el euro restante por intereses bancarios. Los gastos, por otro lado, fueron de 511 euros.
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Cuentas no depositadas
Para Mulet, todas estas fundaciones, además de por exaltar la dictadura, deberían estar ilegalizadas “por no entregar en tiempo y forma su contabilidad tal y como exige la ley”. En la contestación, el Ejecutivo señala que constan como no depositados un ejercicio de la Pro Infancia Queipo de Llano –el de 2017–, tres de la José Antonio Primo de Rivera –2006, 2016 y 2017–, dos de la Blas Piñar –2016 y 2017–, dos de la Ramón Serrano Suñer –2007 y 2017– y tres de la Fundación Franco –2002, 2016 y 2017–. En este sentido, el Ejecutivo de Pedro Sánchez apunta que “el motivo de que falten determinados ejercicios antiguos es porque tienen alguna incidencia bien de observaciones o bien de subsanaciones pendientes y, por lo tanto, no constan como depositadas”. No obstante, la Fundación Ramiro Ledesma, inscrita en 1999 y dedicada al “estudio, desarrollo y extensión” de la figura del considerado fundador del nacionalsindicalismo, no ha publicado una sola cuenta desde el año 2000.
Las fundaciones están reguladas en España por la Ley 50/2002. Esa norma establece en su artículo 25 que "deberán llevar una contabilidad ordenada" mediante "un libro diario y un libro de inventarios y cuentas anuales" y que el Protectorado de la fundación, "una vez examinadas [las cuentas] y comprobada su adecuación formal a la normativa vigente, procederá a depositarlas en el Registro de Fundaciones". La contabilidad, además, deberá ser aprobada "en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio" y tiene que presentarse en el registro en los diez días hábiles siguientes a su aprobación.