Los documentos del conflicto en Podemos

El abogado despedido denunció al secretario de Organización ante Protección de Datos

Primera página de la denuncia presentada ante la AEPD por José Manuel Calvente.

Álvaro Sánchez Castrillo | Alicia Gutiérrez

La guerra entre Podemos y José Manuel Calvente tiene derivadas jurídicas, pero también ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Y es que Calvente no era solo el coordinador del equipo legal del partido, sino que también era su Delegado de Protección de Datos. El pasado 25 de octubre, Calvente interpuso una denuncia ante la AEPD contra el secretario de Organización Estatal y la gerente del partido, Alberto Rodríguez y Rocío Esther Val, respectivamente, por "incumplimiento de las obligaciones establecidas" en el Reglamento General de Protección de Datos. En concreto, el escrito, al que ha tenido acceso infoLibre, acusa a ambos cargos de haber cometido "ciertos actos en el desempeño de sus funciones" que interfirieron en el trabajo de Calvente. Hechos que, dice, podrían haber sido constitutivos de "infracción grave" tipificada en la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). 

José Manuel Calvente, en nómina de Podemos desde el 1 de agosto de 2014, fue objeto de despido disciplinario el pasado 2 de diciembre. Ese mismo día también fue cesado como Delegado de Protección de Datos. En la carta de despido, a la que también ha tenido acceso este periódico, el partido lo acusa de "desobediencia" a sus superiores y de "acoso sexual" y "hostigamiento laboral" a una compañera. El abogado niega todas las acusaciones, asegura que quien ha sido víctima de acoso laboral es él y en defensa de su posición recuerda que ya en julio presentó un escrito ante el Juzgado de Arganda del Rey exigiendo que la persona supuestamente acosada, la también abogada de Podemos Marta Flor N., se retractase de sus acusaciones o presentaría una querella criminal contra ella. El acto de conciliación por este asunto se celebrará el próximo 12 de diciembre. 

La reclamación se interpuso ante la AEPD el 25 de octubre, cuatro días después de que Rodríguez –que un mes antes se había convertido en responsable del equipo legal del partido– avisara a Calvente de que su "negativa" a facilitarle determinada información sobre asuntos jurídicos vigentes era considerada como "desobediencia intencional a la organización" y, en algunos extremos, "negligencia grave". En el escrito, el abogado cesado señala que Rodríguez y Val impidieron su "participación adecuada" en las "cuestiones relativas a la protección de datos personales del partido", critica no haber recibido "el respaldo necesario para el correcto desarrollo" de sus funciones y denuncia "instrucciones" que interfirieron "gravemente" en su desempeño como Delegado de Protección de Datos "con el consiguiente riesgo en el cumplimiento de las obligaciones legales de Podemos".

Este periódico preguntó a una portavoz de Podemos por su opinión sobre la denuncia de Calvente ante la AEPD. "No nos consta esa denuncia", explicaron en el partido. Calvente le comunicó a Rodríguez que presentaría esa denuncia, mediante un burofax enviado el 23 de octubre, donde le detallaba las presuntas infracciones cometidas contra la Ley de Protección de Datos, que en algún caso "podría ser sancionada con multa administrativa de hasta 10.000.000 euros".

La nueva gerente

Calvente apunta que el "inicio de las desavenencias" coincide con el nombramiento, a comienzos de año, de Rocío Esther Val como gerente de la formación morada. Y relata varios ejemplos de las interferencias supuestamente sufridas. En primer lugar, asegura que "durante el desarrollo informático de la web del perfil del contratante de Podemos", la gerente "pretendió lanzar la web de manera urgente sin los correspondientes avisos legales", algo que se hizo "sin que realmente existiera urgencia alguna" y "por intereses puramente personales". "Para evitar cualquier tipo de enfrentamiento y evitar que decidieran publicar la web sin los avisos legales dejé el trabajo electoral urgente en el que estaba ocupado y dediqué todo el día (...) a preparar y revisar las 'condiciones mínimas legales' para poder publicar la web, pero sin realizar las pruebas finales necesarias que aseguraran su funcionamiento óptimo", explica el letrado. 

El segundo enfrentamiento con Val se produjo, siempre según el denunciante, "tras el cese" de la abogada Marta Flor N. como miembro del equipo legal –salida que según señaló el partido en la carta de despido de Calvente nunca se produjo–. El letrado explica que se aplicó en ese mismo momento "el protocolo de seguridad informática establecido" para suprimir el acceso de su compañera "a los expedientes judiciales que lógicamente contienen datos personales y confidenciales". "Al enterarse de la aplicación de estas medidas –recoge el escrito–, la gerente doña Rocío salió en defensa de su amiga cesada y asumiendo competencias internas que no le correspondían ordenó al responsable de informática que no cumpliera ninguna de mis instrucciones como Delegado de Protección de Datos". 

 

Conversación por Telegram entre José Manuel Calvente y Rocío Val, el pasado 25 de junio.

Tras esto comenzó un cruce de mensajes entre Calvente y Val. "Me escribió (...) de forma autoritaria, irrespetuosa y amenazante para que restituyera los accesos de doña Marta Flor a los expedientes judiciales del equipo legal", afirma el abogado. Y aporta el contenido de la conversación de Telegram, que arrancó a las 16.25 horas del 25 de junio y concluyó a las 19.40 horas de ese mismo día con la siguiente instrucción de Val: "La dirección no contraviene la ley, ejerce sus funciones. La solicitud es clara: volver a incluir a la compañera Marta Flor ya que ha sido excluida". Un simple extracto de esa conversación evidencia el tono del intercambio de mensajes:

 

– Rocío Val [18:13]: Gracias por la información, pero como te he pedido, vuelve a incluirla en dropbox con la mayor celeridad, en cuanto sea posible. Gracias!– José Manuel Calvente [18:15]: Sí, por supuesto, en cuanto la responsable me indique a qué datos puede acceder le doy acceso.– Rocío Val [18:19]: Creo que me has entendido desde el principio, te he pedido, por directriz política además, que lo hagas de forma inmediata. No te lo voy a volver a repetir José Manuel, porque creo que ya es una negación reiterativa a un mandato directo. No necesito visto bueno de nadie más, que de quién ya lo tengo, cosa que no he de demostrar ante ti además. Si te decides a efectuar la inclusión solicitada me avisas. Gracias.– José Manuel Calvente [18:50]: Perdona Rocío, no te entiendo y tal vez sea porque no me he explicado bien.No estoy incumpliendo ninguna orden directa, sino todo lo contrario, estoy cumpliendo mis obligaciones, estoy cumpliendo una orden directa interna en materia de protección de datos y cumpliendo la normativa de protección de datos. [...]En cuanto a la "directriz política" que me indicas, dado que contraviene una norma legal, por favor, te agradecería que en cumplimiento de las funciones de gerencia y del protocolo de Cumplimiento Normativo, me indiques quién ha dictado dicha directriz de vulneración en materia de protección de datos y me la remita directamente por email a la dirección protecciondedatos@podemos.info, para dejar constancia en el expediente.– Rocío Val [18:59]: Me reitero, estás incumpliendo una instrucción directa: que vuelvas a incluir a la compañera Marta Flor en el Dropbox de legal. La relación q haces de esto con tu responsabilidad como LOPD es irrelevante, ya q Dropbox existe en más ámbitos. Un saludo.

 

Conversación por Telegram entre José Manuel Calvente y Rocío Val, el pasado 25 de junio.

"Al final, las medidas de seguridad terminaron incumpliéndose por orden expresa de la gerente", sostiene Calvente en su reclamación, añadiendo que la abogada "mantuvo el acceso al correo electrónico de notificaciones electrónicas judiciales y no se eliminó el disco duro de su ordenador, que sigue utilizando". La explicación de que el abogado hable sobre el cese de la letrada y, sin embargo, el partido asegure que siguió desempeñando sus funciones radica en que el partido mantuvo dos equipos legales separados durante algunos meses.

"Expresiones amenazantes"

Otra "incidencia de seguridad" que recoge la denuncia se produjo a comienzos de octubre, cuando una letrada del equipo legal se encontró a una persona "ocupando su puesto y utilizando su ordenador", un equipo que contiene "información confidencial y datos personales". Fue entonces cuando Calvente se puso en contacto con los responsables de la asignación de los ordenadores a los miembros del partido, quienes le dieron explicaciones "contradictorias" sobre lo sucedido, algo que, desde su punto de vista, demostraba que desde la Gerencia y la Secretaría de Organización "se habían dado instrucciones para aleccionar a los empleados" al objeto de ocultarle la verdad, "que no es otra que el incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas".

La Agencia de Protección de Datos archiva la denuncia del abogado de Podemos cesado bajo acusación de “acoso sexual”

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El abogado también acusa a ambos órganos del partido de haber "dificultado" su acceso "a una notificación de un expediente" de la Agencia Española de Protección de Datos. "Es evidente que el retraso de casi una semana en entregarme la notificación, y sin responder a mis peticiones, ha sido malintencionado y es una vulneración grave del deber de colaboración con el Delegado de Protección de Datos", sostiene Calvente.

Por último, pone sobre la mesa el tira y afloja que mantuvo con Rodríguez en relación con la información que le solicitaba el secretario de Organización y responsable del equipo legal. "No cabe duda de que [Rodríguez] sabía que no accedería a su petición indiscriminada de información confidencial sin antes expurgar aquella información judicial con datos personales de asuntos particulares ajenos a Podemos, y por eso utilizó esas expresiones amenazantes", apostilla Calvente, quien considera ese incidente "la última interferencia sufrida" en el desempeñó de sus funciones. Eso ocurrió el 17 de octubre y una semana después presentó su denuncia ante la AEPD.

En opinión del letrado, los hechos descritos en la denuncia serían constitutivos de "infracción grave" tipificada en el artículo 73 w) de la Ley Orgánica de Protección de Datos: "No posibilitar la efectiva participación del Delegado de Protección de Datos en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales, no respaldarlo o interferir en el desempeño de sus funciones". 

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