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España incumple la directiva antiblanqueo y no creará un registro de propietarios reales de empresas hasta final de año

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en el Congreso.
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España es uno de los nueve países de la Unión Europea que aún no ha creado un Registro de Titularidades Reales tal y como le obliga a poner en marcha la directiva comunitaria contra el blanqueo de capitales. Ese registro público y centralizado debe reunir los datos de los beneficiarios últimos o propietarios reales de todas las empresas, asociaciones, fundaciones y fideicomisos, así como de las entidades sin personalidad jurídica –comunidades de bienes, sociedades civiles– que no declaren quién es su auténtico dueño en el Registro Mercantil o en cualquier otro. Se trata de un mecanismo básico de transparencia para impedir que se utilicen medios jurídicos y financieros para fines delictivos. El acceso a esa información no sólo por las autoridades de los distintos países, sino también por las propias empresas, los ciudadanos y los medios de comunicación es una manera de prevenir, detectar y perseguir todo tipo de conductas ilícitas.

España ha incumplido el plazo, enero de 2020, para crear el registro. Con fecha del 27 de abril de este año, el Gobierno aprobó un real decreto-ley donde se daba seis meses para brindar acceso al público al registro, por lo que debería estar funcionando antes de que acabe este año. Para ello hace falta que antes se apruebe el reglamento que detalle aspectos fundamentales del funcionamiento de este mecanismo. No obstante, por las características que se describen en el real decreto-ley, el registro adolecerá de algunos de los defectos que la ONG Transparency International considera que limitan el acceso tanto de otros gobiernos como del público en general a la información sobre quién es el dueño real de muchas sociedades, a veces sociedades pantalla de las que sólo se conocen los administradores, a veces sociedades intermedias en un larga cadena de control.

Por ejemplo, los datos –nombre y apellidos, mes y año de nacimiento, país de residencia y de nacionalidad de los titulares realesestarán accesibles de forma gratuita para las autoridades: Fiscalía, Poder Judicial, policía y Guardia Civil, Centro Nacional de Inteligencia, Sepblac (Comisión de Prevención del Blanqueo), la Agencia Tributaria–. Pero los ciudadanos tendrán que pagar una tasa si quieren obtener esa información. Además, previamente tendrán que identificarse, acreditar en condición de qué quieren esos datos e incluso demostrar que tienen “un interés legítimo” en conocerlos si lo que solicitan es información sobre fideicomisos tipo trust –donde una persona transmite bienes a otra, el administrador, para que los gestione en beneficio de terceros; precisamente una figura utilizada con frecuencia para ocultar patrimonio, por ejemplo–.

Pero el acceso a los datos tampoco es automático e ilimitado. Puede ser denegado si los responsables del registro –el Ministerio de Justicia– consideran que proporcionar determinada información puede exponer al propietario de una sociedad a un “riesgo desproporcionado” o bien a un riesgo de “fraude, secuestro, extorsión, acoso, violencia o intimidación, u otros de análoga gravedad”. También se podrá denegar el acceso si el titular real es un menor de edad o persona con la capacidad limitada o sujeta a especiales medidas de protección, explica el real decreto-ley.

Sólo Dinamarca y Letonia

Igual que España, Finlandia, Rumanía, Chipre, República Checa y Grecia han incumplido el plazo fijado por la directiva comunitaria. Chipre no lo tendrá listo hasta fin de año, la República Checa se ha comprometido para ponerlo en marcha este mismo verano, Grecia aún no sabe cuándo lo creará y Finlandia tiene el registro operativo, pero no permite a los ciudadanos conocer ni siquiera el nombre de los propietarios reales de las empresas inscritas.

Además, Hungría, Italia y Lituania carecen aún de cualquier tipo de registro ni están en proceso de constituir uno. Sólo Dinamarca y Letonia poseen registros públicos, gratuitos y con acceso total a los datos en formato electrónico y abierto.

En el caso de Alemania, en cambio, su registro central sólo incluye datos de las empresas que no aparecen en otros registros mercantiles. Como éstos no están integrados, “resulta imposible verificar si sociedades que deberían haber aportado información sobre sus dueños reales efectivamente lo han hecho”, advierte Transparency International, que ha examinado las características de los registros europeos. Y parece que los gobiernos son más que renuentes a proporcionar a los ciudadanos de forma sencilla, ágil y exhaustiva información sobre quién está detrás de sociedades, fundaciones y negocios.

Todo tipo de barreras

Así, es habitual que se requiera un documento digital de identificación o registro onlineonline, como en Austria, Bélgica, Croacia, Alemania, Irlanda, Holanda, Portugal y Suecia. En Luxemburgo, por el contrario, un ciudadano puede acceder incluso como “usuario anónimo”. Pero  su registro tiene un defecto crítico: no permite buscar por el nombre de una persona física, sólo por el de la compañía o por el número de identificación de la sociedad. Ello dificulta enormemente cualquier investigación periodística. El periódico francés Le Monde y la organización internacional Organized Crime and Corruption Reporting Project (OCCRP) pusieron en marcha OpenLux para superar esa dificultad.

Le Monde logró extraer 3,3 millones de documentos de la plataforma onlineonline de dicho Registro. Hay documentos corporativos y estados financieros de las 260.000 empresas que se han registrado en Luxemburgo desde 1955, de las que algo más de 124.000 estaban operativas en 2020. Los datos incluyen la identidad de 117.424 beneficiarios últimos (o administradores, cuando los dueños no pueden ser identificados). De ellos, 1.558 son españoles o tienen alguna vinculación con España (son residentes en este país u ocupan cargos en sociedades españolas). El periódico francés compartió esos documentos con el OCCRP, cuyos equipos de datos y tecnología los procesaron para facilitar su consulta, y luego los compartieron con una docena de medios internacionales. En el proyecto OpenLux están algunos de los periódicos más prestigiosos del mundo, como el propio Le Monde o el alemán Süddeutsche Zeitung. De esta forma, los periodistas de esos medios pudieron hacer búsquedas por el nombre de personas físicas.

En España, OCCRP facilitó a infoLibre el acceso a la base de datos. Tras varios meses de investigación, este periódico inicia ahora la publicación de una serie de reportajes basados en la información de OpenLux.

Un segundo problema del registro luxemburgués es que la base de datos está incompleta. En buena medida ello se debe a que sólo existe la obligación de identificar a una persona física como beneficiario último cuando controla al menos el 25% de la empresa. Si nadie llega a ese umbral, en el Registro de Titularidades Reales figuran los administradores de la compañía, algo que es un agujero evidente puesto que no siempre coinciden éstos con los beneficiarios últimos.

En otros países, además, el acceso a los registros está restringido a los ciudadanos nacionales o a de algunos Estados miembros. Es lo que ocurre en Bélgica –donde los extranjeros sólo pueden pedir información si tienen un NIF belga–, Croacia, Portugal y Suecia.

Aunque la restricción más clara es la de exigir una tasa para descargar documentos, obtener extractos o conseguir datos históricos sobre la propiedad de una empresa. En Austria, Bélgica, Estonia, Alemania, Irlanda, Malta y Holanda hay que pagar. Los precios oscilan entre el euro por archivo de Estonia y los cinco euros de Malta. Pero alcanza los 27 euros en Suecia si lo que se pide es un certificado de titularidad real. También habrá que pagar en España para acceder al registro cuando éste se ponga en marcha, pero la tasa no se desvelará hasta que se apruebe el reglamento que desarrolle el real decreto-ley de abril.

Según destaca Transparency International, sólo en cinco países es posible buscar en sus registros por el nombre de la empresa y por el nombre del titular real: Bulgaria, Dinamarca, Francia, Malta y Suecia. En Austria y Suecia, sin embargo, hay que aportar el nombre exacto de la empresa. En Bulgaria, sólo se puede hacer búsquedas en cirílico. En Polonia, sólo introduciendo el NIF de la empresa. En Malta, Suecia y Polonia, sólo con el DNI del titular real. En Luxemburgo, Alemania, Bélgica, Irlanda y Holanda, entre otros, únicamente se pueden hacer búsquedas con el nombre de la empresa. En Portugal, además, hay que “motivar” cada solicitud de información.

Los datos que se pueden obtener sobre una sociedad son los básicos: nombre del titular real, fecha de nacimiento, país de residencia y nacionalidad, así como naturaleza y extensión del interés del titular en la empresa. Pero en Eslovaquia no se puede saber cuál es la relación de ese titular real con la empresa: si la propiedad es directa o indirecta, a través de acciones, si hay derecho a voto o a beneficios o cuál es la distribución de los activos. En Eslovenia no se informa con cifras concretas, sino con rangos [del 25% al 30% del capital, por ejemplo] y no se proporciona la fecha de nacimiento ni la nacionalidad del propietario último.

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Transparencia contra la opacidad fiscal

El pasado 27 de mayo, Transparency International envió una carta al comisario de Economía de la UE, Paolo Gentiloni, donde le instaba a impulsar desde el G7, del que forma parte y que se reunió la semana pasada en Londres, a mejorar la transparencia sobre titularidades reales. “Sólo será posible avanzar en el combate contra los abusos de las empresas anónimas si la información sobre sus propietarios reales está disponible fácil y oportunamente en todas las jurisdicciones, y si las autoridades pueden usar esa información y cruzar los datos con fines de investigación”. La organización reconoce la resistencia de algunos “centros financieros claves” a este ejercicio de transparencia, pero subraya que, una vez que Canadá ha anunciado su intención de abrir su propio registro público, sólo queda Japón como el único miembro del G7 que no planea abrir un registro público de este tipo.

La obligación de las multinacionales de publicar informes sobre los beneficios que obtienen en todos los países donde desarrollan sus negocios, recién aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo, el anuncio de un tipo mínimo mundial para el impuesto de sociedades, así como la tributación por los ganancias en los países donde las grandes compañías generan sus ventas, y, finalmente, la publicación de quiénes están detrás de muchos de los instrumentos legales que se utilizan para eludir el pago de impuestos pueden dar un vuelco a un panorama fiscal donde, hasta ahora, ganaban los paraísos offshore, por opacos, y la ingeniería tributaria creativa, aprovechando los agujeros del sistema.

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