"No concurren indicios de criminalidad": el informe del fiscal del TS que rechaza terrorismo en 'Tsunami'
El informe de Álvaro Redondo, fiscal del Tribunal Supremo, se opone categóricamente a que el Alto Tribunal abra una investigación contra el expresident Carles Puigdemont por delitos de terrorismo en el caso Tsunami. El documento, al que ha tenido acceso infoLibre, señala que "los indicios tenidos en cuenta" por el instructor de la causa, el magistrado Manuel García-Castellón, "resultan demasiado abiertos" como para poderse afirmar que "concurre la situación procesal" que permitiría que el Supremo asumiera la competencia de la causa. El informe será estudiado este martes por la junta de fiscales de lo Penal del Supremo, que por lo general suele dar luz verde a los escritos que lleva cada fiscal, si bien en este caso, especialmente relevante, puede haber un intenso debate.
En su escrito, el fiscal señala que es "procedente" que la Sala del Supremo "se considere funcionalmente competente" para "conocer" de "las actuaciones provisionalmente atribuidas a los aforados" –Puigdemont y el diputado del Parlament Rubén Wagensberg, que ahora se encuentra en Suiza–. Ahora bien, considera que debe ser el instructor quien continúe con las pesquisas "al no concurrir indicios racionales de criminalidad en este momento procesal" que justifiquen la elevación de la causa al Supremo. De esta manera, Redondo responde al intento de García-Castellón de enviar el caso al Alto Tribunal, a cuya puerta llamó apenas quince días después de señalar que no era "procedente" elevar una "exposición razonada" al Alto Tribunal.
El documento, de 69 páginas, dedica casi medio centenar a hacer un repaso de los hechos que se derivan de la investigación, centrada en el papel de la plataforma Tsunami Democràtic en las protestas surgidas al calor de la sentencia del Supremo sobre el procés, y de los indicios que hay alrededor de las personas investigadas. Y tras ello, entra a valorar la calificación jurídica de los mismos. En este sentido, cree el fiscal que tanto la ocupación del aeropuerto de El Prat como el bloqueo de la autopista, así como los "disturbios causados" durante la huelga general del 18-O, las manifestaciones o la paralización de un partido de fútbol entre el Real Madrid y el FC Barcelona "son indiciariamente constitutivos" de "delitos de desórdenes públicos".
Ahora bien, al igual que la Fiscalía de la Audiencia Nacional, no ve terrorismo por ningún lado. En este sentido, el fiscal Redondo comienza señalando que en su exposición razonada al Supremo, García-Castellón apunta como "posibles actuaciones terroristas" el "encierro de los controladores aéreos" en la torre de control de El Prat, impidiendo su salida, así como el bloqueo de pasajeros en el aeródromo. Sin embargo, el representante del Ministerio Público señala que dichas actuaciones "no pueden ser consideradas" como constitutivas de una "detención ilegal". En todo caso, completa, estaríamos ante un "delito de coacciones".
"Siendo ello así, la condición de este último tipo penal como la propia de un delito menos grave no permite su incardinación en el tipo de terrorismo, al exigir este la comisión de un delito grave contra la libertad", continúa el fiscal. Y añade: "Decimos que no se verifica la detención ilegal, por cuanto esta figura penal exige que el elemento subjetivo abarque la intención específica de encerrar al perjudicado. Si ello no es así, la única calificación jurídica posible es la propia de un delito de coacciones". En este sentido, Redondo apunta que "la afectación de las instalaciones de la torre de control deriva de la presencia de vehículos de manifestantes". Sin embargo, si bien señala que "parece claro" que el "relevo" no podía "acceder a dichas instalaciones", no se "describe" una "situación de encierro de dichos profesionales".
También rechaza que puedan ser imputables a Puigdemont o Wagensberg las "lesiones específicas" causadas en el contexto de dichos acontecimientos. Y tampoco el fallecimiento del ciudadano francés durante el bloqueo de El Prat, que el magistrado instructor ha vinculado a las protestas en el aeródromo. "La muerte por paro cardíaco aparece vinculada a una enfermedad cardíaca crónica. En el supuesto de que tal conexión pudiera establecerse a partir de futuras investigaciones, parece evidente que dicho suceso no puede imputarse a la concreta actuación de los señores aforados", recoge el escrito del fiscal.
El fiscal tampoco observa un "delito electoral" en las "actividades culturales, políticas y festivas" que se organizaron durante la jornada de reflexión del 10-N. "No se verifica la conducta consistente en presionar con violencia o intimidación a los electores para que voten, o en dificultar la entrada o salida de los electores de los colegios electorales, ni una grave perturbación del acto electoral", apunta Redondo. Ahora bien, si que pone sobre la mesa, junto a los desórdenes públicos, un posible "delito continuado de falsedad en documento mercantil" –por la falsificación de billetes de avión y tarjetas de embarque– o un delito de daños causados a las instalaciones afectadas.
El informe de Redondo será estudiado este martes en la Junta de Fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo, que deberá decidir si da luz verde al documento. Sin embargo, aunque el sentido final del pronunciamiento del Ministerio Público acabe yendo en esta dirección, la última palabra sobre el futuro del procedimiento contra Puigdemont la tendrá la Sala de Admisiones de Causas Especiales del Alto Tribunal, que está compuesta por Manuel Marchena como presidente y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Carmen Lamela, Eduardo de Porres y Juan Ramón Berdugo, que será el ponente en este asunto.
El del fiscal del Supremo es el segundo varapalo que recibe el titular del Juzgado Central de Instrucción nº6 en las últimas horas. A finales de la pasada semana, la Fiscalía de la Audiencia Nacional remitió un escrito muy duro con la forma de instruir el caso Tsunami por parte de García-Castellón. En ese informe, el fiscal Miguel Ángel Carballo, encuadrado en la mayoritaria y conservadora Asociación de Fiscales, criticaba la "falta de argumentos" del magistrado instructor a la hora de atribuir terrorismo al expresident de la Generalitat. "Es más, ha extendido la práctica de diligencias a la acreditación de hechos que ni siquiera se recogen en los informes de inteligencia de la Guardia Civil llevando a cabo una amplitud del objeto del procedimiento carente de justificación", señalaba el fiscal.