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Consumo investiga a varias inmobiliarias por cobrar comisiones ilegales en la gestión de alquileres

Una mujer observa las ofertas de una inmobiliaria en Madrid.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto una investigación a varias empresas de gestión del alquiler de viviendas que habrían obligado a pagar a los inquilinos una comisión por la gestión del arrendamiento o a firmar contratos temporales sin que la temporalidad estuviera justificada, según informa EFE. Las inmobiliarias, que operan en todo el Estado, habrían cometido prácticas abusivas contra consumidores en la gestión del alquiler.

La Dirección General de Consumo ha abierto esta investigación formalmente tras tener conocimiento de estas prácticas, que en muchos casos eran abusivas para los inquilinos, a través de diversas denuncias presentadas por asociaciones de consumidores.

Desde el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy, quieren dejar claro que "trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato es una práctica prohibida" expresamente por la ley del derecho a la vivienda aprobada el pasado año, al igual que la firma de contratos temporales en los que la temporalidad no esté justificada.

Asimismo, recuerda a las empresas que la vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la ley de arrendamientos urbanos, una normativa que impide a las agencias inmobiliarias incluir cláusulas o prácticas que atenten contra los derechos que tienen los inquilinos. Además, estas prácticas podrían suponer un abuso según la ley de defensa de los consumidores.

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Por una parte, el incumplimiento de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, y el uso de prácticas comerciales desleales con consumidores o usuarios podrían calificarse como graves y ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros. Se podrían sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

Por otra, la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos, una tercera infracción, podría considerarse muy grave y ser sancionada con multas hasta un millón de euros, y se podría también sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.

Estas prácticas se enmarcarían dentro de otras que son contrarias a las normas vigentes, como exigir a inquilinos e inquilinas el pago de fianzas desproporcionadas, que asuman garantías adicionales o que tengan que pagar mensualidades adelantadas.

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