La decisión de los diputados de Podemos de dejar la coalición de Sumar y pasarse al grupo mixto en el Congreso ha suscitado el debate sobre si es un caso de transfuguismo, como afirman algunos, o no, como afirman los mismos miembros de Podemos. Para ello me he permitido acudir a las fuentes y examinar el Acuerdo de los partidos sobre el transfuguismo y los diversos Acuerdos en forma de Adendas al mismo. Como se observará, lo hago con el tipo formal parecido al de las sentencias.
Motivos
El motivo general que dio lugar a los Acuerdos de los grupos políticos sobre el transfuguismo se basó en la extensión del trasvase de concejales de unos grupos municipales a otros y la alteración de las políticas que suponía en los gobiernos locales.
El primer Acuerdo de los partidos políticos sobre transfuguismo se firmó con fecha 7 de julio de 1998. Su pacto tenía únicamente un alcance político en el ámbito municipal o local, fácil de comprender en ese momento donde los pactos municipales y las coaliciones operaban exclusivamente. Se reconoció el transfuguismo, pero referido solo a casos individuales. El Acuerdo tenía las funciones de analizar las posibles situaciones de transfuguismo y tomar medidas encaminadas a aislar a los calificados como tránsfugas. Tenía que producirse en la misma legislatura, que tuviera efectos inmediatos al suponer una alteración de la representación política, una debilitación de la estabilidad gubernamental o falseara la representación política por el trasvase de concejales a otros partidos distintos del suyo originario. Se introdujo el término de patología política.
El 26/9/2000 se suscribió la primera Adenda, en la que se constató que el transfuguismo había calado en la sociedad, había conseguido reprobación social y consiguientemente se había reducido y aislado, manteniéndose en el ámbito municipal su localización.
La segunda Adenda al Acuerdo antitransfuguista se produjo con fecha 23/5/2006, todavía circunscrito al ámbito municipal, e introdujo un término más preciso: la deslealtad, “reconociendo la necesidad de frenar y reducir a la menor expresión política el condenable fenómeno de deslealtad política conocido como “transfuguismo”. Y extendió la deslealtad al individuo y/o al grupo.
Fue en la tercera Adenda al Acuerdo contra el transfuguismo, de fecha 11/11/2020, cuando se amplió “el Acuerdo sobre un Código de conducta política en relación con el transfuguismo en las Instituciones democráticas, al aumentar significativamente el número y tipología de fuerzas políticas”. Amplía así sus efectos al ámbito estatal y autonómico. E introduce dos nuevos conceptos, “que es una forma de corrupción y una práctica antidemocrática que altera las mayorías expresadas por la ciudadanía en las urnas”.
Los fundamentos políticos
Los Acuerdos sobre transfuguismo solo tienen una base política y, por tanto, su debate solo puede circunscribirse a ese ámbito. Me atendré a los motivos que se expresan en los Acuerdos aprobados por todos los partidos para su condena y si estos acontecen en el caso que nos ocupa. Estos motivos son: la deslealtad que supone, la corrupción en que incurre y la práctica antidemocrática que conlleva.
La deslealtad es una expresión relativa y depende del color del cristal con que se mire, con el que la miren unos y otros. La deslealtad es subjetiva y para echar en cara esa crítica, también hay que hacer una introspección de uno mismo. En definitiva, depende de los objetivos que nos marquemos y de los medios que pongamos para conseguirlos. Si la lealtad se personifica mucho, y no en las ideas y la política, se puede caer en el culto a la personalidad y un tufillo se percibe en Sumar.
Si comparamos la oposición que tiene la Ley de amnistía y las movilizaciones que está provocando con las que tuvo la Ley del “solo sí es sí”, no hay color
En el último Acuerdo de fecha 11/11/2020 se describe el transfuguismo como una forma de corrupción, sin que vaya más allá de su señalamiento. Pero por las medidas que se toman en el mismo, se puede deducir su inconsecuencia. “Se refuerza el criterio de que la persona tránsfuga no reciba privilegios ni premios por quebrar la voluntad, limitándose sus derechos a lo mínimo exigido constitucionalmente”, para los no adscritos, de sus derechos económicos y administrativos. A los tránsfugas, individuales o en grupo, pues, se les condena con una penitencia gravosa por incurrir en una supuesta corrupción, imposible de cometer. Se impide vestir al desnudo, porque se les impide beneficiarse o lucrarse en su nueva situación, por el cambio de las normas y reglamentos. Al mismo tiempo, “los grupos políticos no sufrirán menoscabo de dichos derechos por la pérdida de integrantes por transfuguismo, manteniendo a efectos de su determinación los correspondientes a su resultado electoral”. Se reafirma la disciplina.
El Acuerdo último define, por último, el transfuguismo como una práctica antidemocrática, que, en este caso, yo no percibo. No creo que nadie ponga en duda, ahora que el neoliberalismo se acentúa, y con el mismo la brecha de la desigualdad, y que la ola reaccionaria y fascista es su principal soporte, mientras que el Partido Socialista, Sumar y Podemos abogan por afianzar la democracia, reducir las desigualdades implementando la socialdemocracia, el único campo en el que juegan. Y que la socialdemocracia tiene diversos grados y formas de llevarla a cabo, desde las más suaves a las más intransigentes con el capitalismo. Sobran, pues, las apelaciones a no equivocarse de enemigo, ni las de dejar el acta u otras renuncias. Voces sensatas han manifestado su deseo e interés por que se oiga la voz de Podemos. Alimentemos esa esperanza, aun reconociendo que su porvenir es otro. No se puede despedir a los que se van deseándoles “buenas noches” y que cierren la puerta, si solo se quedan en la iglesia el monaguillo y el sacristán con el cura. Con la misma fuerza y voluntad que nuestro Presidente del Gobierno defiende la amnistía, Irene Montero defendió la Ley del “solo sí es sí”, aunque ésta se aprobara en un contexto distinto, al final de la legislatura, como la de vivienda. Pasaron sus efectos indeseados, menores de los que se propagaron, aunque muy alarmantes, y ahora les toca a las nuevas ministras su aplicación, sin que puedan renunciar a ello, como al Presidente lo suyo. Si comparamos la oposición que tiene la Ley de amnistía y las movilizaciones que está provocando con las que tuvo la Ley del “solo sí es sí”, no hay color.
El transfuguismo comporta abrir un socavón humano y político, como la naturaleza lo ha abierto en Aranjuez, que ha provocado el desalojo de sus viviendas a los habitantes de un edificio entero por el peligro de su hundimiento y a otras que peligran, con la amenaza de su derribo. Es la sima que se abre entre los partidos democráticos y la ultraderecha y el fascismo. Es un trasvase de ideología y políticas entre extremos. En ese punto es más acertado situarlo. Aunque indudablemente comporta una lucha por el poder conseguido por parte de Sumar y las fuerzas principales que operan en él y el perdido por Podemos, sin que haya predominado la concordia a la que tanto se ha apelado.
Vistos los hechos y los motivos que han provocado la ruptura entre Podemos y Sumar, pienso que ni la deslealtad ni la corrupción ni una imposible aventura antidemocrática operan en esa ruptura y, por tanto, no puede considerarse un caso de transfuguismo.
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Felipe Domingo Casas es socio de infoLibre.
La decisión de los diputados de Podemos de dejar la coalición de Sumar y pasarse al grupo mixto en el Congreso ha suscitado el debate sobre si es un caso de transfuguismo, como afirman algunos, o no, como afirman los mismos miembros de Podemos. Para ello me he permitido acudir a las fuentes y examinar el Acuerdo de los partidos sobre el transfuguismo y los diversos Acuerdos en forma de Adendas al mismo. Como se observará, lo hago con el tipo formal parecido al de las sentencias.