La causa contra Cristiano Ronaldo por sus prácticas tributarias no es sino una más del puñado de investigaciones que emprendió en 2015 la Agencia Tributaria en el mundo de los futbolistas de élite. Antes que él fueron inspeccionados Alexis, Mascherano, Adriano, Eto’o y Xabi Alonso. Después les tocó a Falcao, Carvalho, Di María y Coentrao. La cesión de sus derechos de imagen a sociedades pantalla ubicadas en paraísos fiscales era la nota común a todos ellos. Las investigaciones terminaron en la Fiscalía, que es lo que ocurre cuando un inspector detecta fraudes superiores a los 120.000 euros y, además, aprecia dolo, intención de engañar. El expediente administrativo se convierte en un caso penal.
Pese al ruido mediático que han ocasionado estos casos, lo cierto es que desde 2011 el número de denuncias por delito fiscal que la Agencia Tributaria ha presentado a la Fiscalía ha sufrido un descenso vertiginoso. Entonces interpuso 1.014, que sumaban 909 millones de euros de cuotas defraudadas. Seis años después, sólo 225 han llegado a los tribunales, con una cantidad defraudada de 327,83 millones, según consta en las memorias anuales de la Agencia Tributaria, que aún no ha publicado la de 2018. El desplome de las denuncias es del 78%. En millones de euros, la caída llega al 64%. El año en que más fraude se denunció a la Fiscalía fue 2004, con un total de 1.052,4 millones de euros. Y el ejercicio con mayor número de denuncias fue 2003, con 1.015.
También se han reducido año a año las denuncias por blanqueo de capitales, desde 136 en 2013 –en 2011 fueron 126– hasta 59 en 2017. El año en que más volumen de fraude por este delito se denunció fue 2014, 486 millones. En 2017 la cuantía se redujo a 64,24 millones de euros, casi ocho veces menos.
Ante estos datos, la Agencia Tributaria responde que “lo relevante” es “la calidad de las sentencias”: “Más del 71% de las dictadas en 2017 en materia de delito fiscal son totalmente favorables a la Agencia y un 4% parcialmente favorables”, explica a infoLibre, “6,7 puntos por encima de 2016 y cinco por encima de la media de 2012 a 2016”. Destaca, además, el crecimiento de 10 puntos en 2017, hasta un 22,5%, de las sentencias favorables con conformidad, que llevan aparejado el pago previo de la deuda con el fisco. Pero, sobre el descenso de las denuncias, la Agencia Tributaria elude mencionar cualquier tipo de causa interna u operativa y para explicarla recurre a factores externos como la crisis económica o al efecto disuasorio de las medidas contra el fraude que, además, visten de positivo la caída de cifras.
Por ejemplo, apunta al pinchazo del sector inmobiliario, “protagonista” de muchas de las denuncias por delito fiscal antes de la crisis. También al “decalaje de cinco o seis años” que advierte entre la fecha de las operaciones sospechosas y la denuncia ante el fiscal, debido a la complejidad de los expedientes y a su larga duración. “Las denuncias que se han venido efectuando en los últimos años son, en gran medida, de años afectados por la crisis”, cuando disminuyó la actividad económica y los beneficios de las empresas, asegura.
El secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) lo rebate en declaraciones a infoLibre. Las denuncias al fiscal no dejaron de aumentar precisamente en los primeros años de la crisis, desde 2008 hasta 2011, y con la recuperación económica, a partir de 2014, tampoco han crecido en número. “Tenemos hasta cuatro años para investigar cada caso antes de que prescriba”, precisa.
Tramas del IVA y gastos financieros abusivos
Según la Agencia Tributaria, otro motivo de la caída de las denuncias es la eficacia de las medidas antifraude, “que han puesto fin a algunas de las conductas” que en años previos habían terminado en la Fiscalía. Se refiere el organismo a tramas del IVA que ahora se han solucionado mediante la ampliación de los supuestos en que debe aplicarse la “inversión del sujeto pasivo” –cuando es el destinatario del servicio o bien, y no su prestatario o vendedor, el que lo hace constar en su declaración del impuesto– y a la deducibilidad de gastos financieros abusivos, que se ha limitado. “Ese límite no es una medida antifraude, sino que está pensada para reducir los créditos fiscales”, replica Mollinedo, quien además deja claro que si una operación “figura en la contabilidad de una empresa, no hay ánimo de ocultar y, por tanto, no hay dolo ni delito”. Sólo habría ánimo de defraudar si las operaciones consignadas fueran ficticias, no basta con que se cometa una negligencia.
Es lo que ocurrió con Iker Casillas, recuerda el responsable de Gestha. Los inspectores concluyeron que el exportero del Real Madrid y hoy del Oporto no tuvo “ánimo de eludir las obligaciones fiscales”, por lo que se llevó a cabo un “ajuste con discrepancias en la interpretación de la normativa”, sin sanción económica. Los dos millones de euros que pagó fueron por “diferencias sobre el modo de aplicar el tratamiento fiscal a determinados ingresos”.
Respecto al IVA, la inversión del sujeto pasivo sí se creó como medida de lucha contra el fraude. Con esta fórmula se intenta evitar que las empresas aprovechen que el comercio de bienes dentro de la UE está exento de IVA para eludir el pago utilizando varias filiales del mismo grupo. En estos casos, Hacienda no sólo no cobra el IVA de la operación, recauda menos, sino que, además, paga la devolución soportada por una de las empresas.
“Ojalá tuvieran efecto disuasorio”
La Agencia Tributaria cree que estas medidas contra el fraude y las investigaciones de sus inspectores han generado un “efecto disuasorio” en los contribuyentes, que han “cambiado de actitud”. También han aumentado las regularizaciones voluntarias de contribuyentes tras cometer “irregularidades”, lo que se traduce en “excusas absolutorias que han evitado la denuncia”, destaca la Agencia. Incluso habla de “cambio de cultura fiscal”.
José María Mollinedo lo pone igualmente en duda. “Ojalá tuvieran efecto disuasorio”, plantea, “si fuera ése el caso, se notaría en los resultados de recaudación de la Agencia Tributaria”. Y no es así, subraya. España es el tercer país que menos ingresa por IVA de la Unión Europea, con un 6,5% del PIB, sólo por delante de Irlanda –4,5%–, Luxemburgo e Italia –ambos con un 6,3%–. Tampoco se ha recuperado la recaudación del impuesto de sociedades, pese a sí que lo han hecho los beneficios empresariales: el fisco aún ingresa por este concepto casi la mitad que en 2007, “no sólo por los créditos fiscales acumulados durante los años de crisis, sino también porque hay muchos ingresos que no se incorporan y no tributan”, añade.
Además, los ingresos obtenidos gracias a las que se conocen como declaraciones extemporáneas –fuera de plazo– desmienten ese “cambio de cultura fiscal” que cita la Agencia Tributaria. “Aumentaron hasta la amnistía fiscal, pero desde entonces no se han recuperado”, resume el secretario general de Gestha. Llegaron a su máximo en 2011, con una recaudación de 1.223,33 millones de euros, tanto por declaraciones extemporáneas sin requerimiento previo como por aquéllas realizadas tras una petición judicial. En 2017 se han recortado hasta 571,13 millones de euros, menos de la mitad que antes de la amnistía, aunque han crecido un 20% en los dos años anteriores.
Este tipo de regularizaciones sólo son aplicables si el reconocimiento y pago de la deuda con la Agencia Tributaria se realizan antes de que sus inspectores abran una investigación, antes de que el fiscal o el abogado del Estado presenten una denuncia o el juzgado de instrucción inicie actuaciones. Y no siempre evitan la denuncia por delito fiscal. No le sirvió, por ejemplo, a Emilio Botín. Tras aparecer su nombre en la lista Falciani por culpa de los 2.000 millones que la familia del banquero cántabro ocultaba al fisco en el HSBC, ingresó 211 millones en 2010 para regularizar la situación. Pero terminó igualmente imputado en la Audiencia Nacional un año después. El caso quedó archivado en 2012, pese a que el juez Fernando Andreu no descartaba que los Botín hubieran cometido un delito e insinuaba que la regularización carecía de “motivos altruistas”.
José María Mollinedo resalta que buena parte de las investigaciones que han terminado en los tribunales se han derivado de revelaciones periodísticas, desde los papeles de Panamá, y los de la Castellanala Castellana hasta Football Leaks, “no de actuaciones propias de la Agencia Tributaria”. El caso de Cristiano Ronaldo fue desvelado gracias a las investigaciones basadas en los documentos de Football Leaks, que fueron publicados en diciembre de 2016 por Mediapart[socio editorial de infoLibre] y el resto de medios que conforman la red EIC (European Investigative Collaborations).
Complejidades legales
La Agencia Tributaria esgrime también un motivo legal para justificar la caída del número de denuncias a la Fiscalía por delito fiscal: el nuevo sistema de liquidación vinculada al delito que se introdujo en la Ley General Tributaria en 2015, que permite el cobro inmediato de la deuda sin esperar a que haya sentencia condenatoria. A juicio de la agencia, este mecanismo ha aumentado la complejidad en la tramitación de los delitos fiscales.
“Las actas de liquidación vinculadas a delito eran una necesidad, teniendo en cuenta la lentitud de los procesos judiciales, que en muchos casos terminaban convirtiendo en incobrables algunas deudas”, concede José María Mollinedo, pero niega que hagan más complejos los procedimientos. “Que haya delito complica el expediente, pero eso es algo que ha pasado siempre”, aduce, también antes de que existiera el tipo de acta. Gracias al nuevo sistema de liquidación, Leo Messi pagó antes de los dos meses de plazo establecidos por la ley, para conseguir después una rebaja en la pena de 21 meses de cárcel que le impuso la Audiencia de Barcelona en 2016 por tres delitos fiscales. Había defraudado 4,1 millones de euros entre 2007 y 2009 por no tributar en España por sus derechos de imagen. Cristiano Ronaldo, en cambio, superó ampliamente el plazo y no pagó al fisco hasta julio de 2018, por lo que tuvo que abonar no sólo 5,7 millones de euros por las cantidades defraudadas sino también 1,09 millones más por intereses de demora.
Actuaciones parciales, falta de competencias
Gestha hace su propio análisis sobre el hundimiento de las denuncias por delito fiscal, que achaca al hecho de que los técnicos de Hacienda, el cuerpo más numeroso –5.000 funcionarios, frente a 800 inspectores–, han dejado de tener competencias para seguir investigando si se topan con un ilícito penal. Cuando la cantidad defraudada supera los 120.000 euros, el expediente se declara “de especial dificultad sobrevenida” y el caso pasa a manos de un inspector. “Se desalienta así a los técnicos”, protesta Mollinedo. Este periódico se ha puesto en contacto con los Inspectores de Hacienda (IHE) para preguntarle por las causas del bajo número de denuncias ante la fiscalía, pero han declinado participar en este reportaje.
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Además de las disputas entre cuerpos, puede haber otra razón que explique por qué cada año la Agencia Tributaria acude menos a los tribunales. “Se han preferido las actuaciones parciales a las generales”, indica José María Mollinedo. En su opinión, los responsables del organismo apostaron desde 2012 por “hacer deuda tributaria menos invasiva para las empresas”. Por ejemplo, sólo se comprueba el IVA de un ejercicio, pero no el impuesto de sociedades pagado por una sociedad. “Descubrir una trama de facturas falsas sólo puede hacerse con una investigación más en profundidad, con una actuación parcial no tienes elementos ni tiempo”, se queja.
La Agencia Tributaria niega con contundencia que estos dos factores estén detrás de la caída de denuncias ante la Fiscalía. Mollinedo, por su parte, cree que la solución también está en “denunciar mejor”. “Y en coordinarnos mejor con la Abogacía del Estado”, aconseja, “los funcionarios tenemos que aprender, pero igualmente la Fiscalía”. El dirigente de Gestha recuerda algún caso que terminó prescrito y archivado tras permanecer durante 10 años en un juzgado de instrucción. O el de Emilio Botín, cuando la Agencia Tributaria fue incapaz de verificar si la ingente cantidad de documentación que le proporcionó el banquero era cierta y completa. No pudo desentrañar la compleja red de sociedades, cuentas y personas involucradas en un esquema que se remontaba por lo menos a 1986 y cuyo dinero se remontaba, según alegó la familia, a la Guerra Civil.
Porque quienes sí aprenden, y con rapidez, son los delincuentes fiscales. “Que no son los empresarios, sino los asesores”, dispara el técnico de Hacienda.
La causa contra Cristiano Ronaldo por sus prácticas tributarias no es sino una más del puñado de investigaciones que emprendió en 2015 la Agencia Tributaria en el mundo de los futbolistas de élite. Antes que él fueron inspeccionados Alexis, Mascherano, Adriano, Eto’o y Xabi Alonso. Después les tocó a Falcao, Carvalho, Di María y Coentrao. La cesión de sus derechos de imagen a sociedades pantalla ubicadas en paraísos fiscales era la nota común a todos ellos. Las investigaciones terminaron en la Fiscalía, que es lo que ocurre cuando un inspector detecta fraudes superiores a los 120.000 euros y, además, aprecia dolo, intención de engañar. El expediente administrativo se convierte en un caso penal.