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Un 90% de condenas y un 0,001% de denuncias falsas: 20 años de la ley que puso nombre a la violencia machista

Lo que te gritan mientras te matan sí importa: claves del contundente veredicto por el asesinato de Samuel Luiz

Los acusados Catherine Silva, Kaio Amaral y Alejandro Míguez, acompañados por los abogados, durante el juicio.

El asesinato del joven Samuel Luiz al grito de "maricón de mierda" conmocionó a la sociedad española el 3 de julio de 2021. Este domingo, un jurado popular ha declarado culpables, tras una larga deliberación, a los cuatro hombres acusados del crimen, uno de ellos con la agravante de homofobia y otro como cómplice, y ha declarado no culpable a la única mujer juzgada en el proceso, en un caso en el que ya había dos menores condenados por el crimen.

Para el jurado popular, son autores del asesinato Diego Montaña, con el agravante de homofobia, y Alejandro Freire Yumba y Kaio Amaral Silva –culpable también de un delito de robo con fuerza del móvil de Samuel–, mientras que Alejandro Míguez fue cómplice del grupo. Catherine Katy Silva se salva a pesar de que no hizo mucho por impedir los hechos. Ahora será el tribunal el que redacte la sentencia y fije las penas. Las acusaciones pedían entre 22 y 27 años de prisión.

El crimen de A Coruña conmovió a toda una sociedad que pensaba que había superado la lacra de la discriminación por motivos de orientación sexual. El asesinato no había sido perpetrado en Irán o Mauritania, donde la homosexualidad se castiga con la pena de muerte, sino en una zona de copas en la España del año 2021, un país con una avanzada legislación para proteger los derechos de las personas LGTBI y pionero en la aprobación del matrimonio igualitario.

El asesinato provocó una ola de indignación, convocándose los días posteriores manifestaciones contra la LGTBIfobia en decenas de ciudades como Madrid, Bilbao, A Coruña o Barcelona. Fue entonces cuando la caverna político mediática alentó el debate sobre si a Samuel lo mataron por ser homosexual o solo se trataba de una paliza mortal en una noche de desfase y alcohol. Esta última hipótesis fue rebatida por decenas de asociaciones y activistas LGTBI bajo el lema "lo que te gritan mientras te matan, importa".

La violencia contra el colectivo LGTBI no acaba

Según la encuesta Estado LGTBI+ 2024, cuatro de cada 10 personas LGTBI+ ha sufrido algún tipo de acto de odio en los últimos cinco años en España. “El asesinato de Samuel es la punta del iceberg de la espiral de violencia que vivimos día a día las personas LGTBI+”, señaló este domingo la presidenta de la Federación Estatal LGTBI+, Paula Iglesias. “Esta espiral se nutre de los discursos de odio que, desde los espacios públicos y las redes sociales, alimentan diariamente esta violencia –añadió–. Porque matan los discursos y matan las consecuencias. Urge una solución que frene y prevenga el odio para que no haya más víctimas como Samuel que lamentar”.

Según la última encuesta realizada por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), la mayoría de las personas LGTBI+ sigue evitando ir de la mano con su pareja en público por miedo a ser atacada y más de la tercera parte de las personas del colectivo han contemplado el suicidio. “Vivir en este estado de alerta permanente tiene consecuencias para la salud del colectivo que tenemos, como sociedad, la responsabilidad de erradicar”, lamentó Iglesias.

Desde la asociación LGTBI+ ALAS A Coruña, que ejerció la acusación particular en el juicio, se manifestó la satisfacción tras conocer el veredicto del jurado. Ven positivo que "haya quedado probada en sede judicial la motivación homófoba. De esta forma, esta entidad LGTBI+ da por cumplido el objetivo que se marcó cuando decidió ser parte de este proceso judicial, clave para la defensa de los derechos de la comunidad LGTBI+", señalaron en un comunicado.

Los hechos

El jurado empezó a deliberar el pasado martes sobre las 115 preguntas planteadas en el objeto del veredicto y concluyó su trabajo este sábado por la noche. Y este domingo ha procedido a su lectura declarando culpables tanto a Diego Montaña como a Alejandro Freire por unanimidad, mientras que en los casos de Kaio Amaral Silva y Alejandro Míguez fue por siete votos, el mínimo que exige la ley. A Catherine Silva no la ha visto vinculada al crimen, pues cree que al principio intentó frenar a su entonces pareja, Diego Montaña, aunque luego también apartó a una amiga de Samuel Luiz que quería ayudarle. Para el jurado, los implicados no actuaron inicialmente con intención de causar la muerte a Samuel, pero sí ejecutaron una serie de actos que la provocaron. Los miembros del jurado han entendido que la víctima se encontraba "totalmente indefensa y desvalida debido al elevado número de personas que lo agredían y lo rodeaban", incapaz de hacer "ningún acto hostil" contra sus agresores.

Diego Montaña: La Fiscalía pedía para él 25 años de cárcel por un delito de asesinato con ensañamiento y alevosía, y el agravante de discriminación. El jurado considera probado que Montaña protagonizó una conducta agresiva contra Samuel Luiz por su condición sexual y que los actos que realizó contra el joven de 23 años buscaban al final causarle la muerte. La agravante de homofobia en un primer momento no se consideró probada, si bien durante la lectura el jurado corrigió y la situó probada por unanimidad. Así mismo, considera que el atenuante por la ingesta de alcohol por parte del acusado no justifica sus actos. Montaña seguirá en prisión hasta el veredicto final de la jueza.

Alejandro Freire. La Fiscalía pedía para él una pena de 22 años de prisión por un delito de asesinato con ensañamiento y alevosía. El jurado lo ve culpable de ambos delitos. Además, le considera culpable de realizar a Samuel Luiz el mataleón ―técnica que impide por completo a la víctima la posibilidad de defenderse― con el objetivo de ahogarle y que Diego Montaña pudiera seguir agrediéndole en el suelo. Freire lleva más de tres años en prisión. Y allí seguirá.

Kaio Amaral. El fiscal le pedía una pena de 27 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y robo con violencia a la víctima. El jurado popular le condena ahora por ser coautor del asesinato de Samuel con alevosía y además por robar a la víctima su móvil una vez se encontraba indefenso en el suelo. A pesar de que el acusado afirmó durante todo el proceso no haber tocado a Samuel, el jurado considera probada su participación así como que se sumó activamente en la persecución que sufrió Samuel la noche del crimen. El acusado seguirá en prisión.

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Alejandro Míguez. Es el único acusado, junto a Catherine Silva, que estaba en libertad, con medidas cautelares. El jurado ha considerado que participó en la agresión a Samuel como cómplice de asesinato, por lo que Míguez entrará en prisión.

Catherine Silva. El jurado popular ha dictaminado que no es culpable al no advertir pruebas para imputarle el delito de asesinato o considerarla cómplice, algo que si tenía claro la Fiscalía. Impidió que la amiga de Samuel pudiera socorrerle pero el jurado cree también que intentó detener a su entonces pareja, Diego Montaña, por lo que ha sido declarada absuelta por unanimidad.

Las defensas de tres de los condenados por el asesinato de Samuel –la de Diego Montaña lo está valorando– han anunciado este domingo que recurrirán la sentencia que dictará la magistrada en base a los hechos declarados probados por el jurado popular. Las acusaciones, mientras, han reclamado penas máximas para los cuatro culpables de asesinar a Samuel, con petición de condenas de entre 13 y 27 años según sus grados de responsabilidad, por su actuación "brutal, atroz y extremadamente inhumana", según la Fiscalía.

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