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Economía sanciona sólo al 0,15% de las empresas que incumplen la obligación legal de presentar sus cuentas

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La Ley de Sociedades de Capital obliga a las empresas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil antes de que haya transcurrido un mes desde su aprobación. Si no lo hacen, se arriesgan al cierre registral: el Registro Mercantil les prohíbe inscribir ningún documento, excepto el cese de los administradores, la revocación de poderes y la disolución de la propia sociedad. Pero, además, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía, debe abrir un expediente a la empresa infractora e imponerle multas de 1.200 a 60.000 euros e incluso de hasta 300.000 euros si la sociedad factura más de seis millones de euros anuales.

Sin embargo, las sanciones que el ICAC impone cada año son poco menos que anecdóticas. Según el Directorio Central de Empresas (Dirce) del Instituto Nacional de Estadística (INE), en España había en 2018 un total de 1.260.493 sociedades activas, entre anónimas, limitadas, colectivas y comanditarias, que son las que tienen obligación de inscribirse en el Registro Mercantil. Ese ejercicio depositaron cuentas un total de 1.154.084 sociedades. Es decir, incumplieron la obligación de presentar la documentación preceptiva 106.409 empresas. Estas cifras proceden de las estadísticas de los registros mercantiles, que no facilitan aún para 2018 el desglose de cuántas sociedades presentaron las cuentas que debían ese año (correspondientes a 2017) y cuántas lo hicieron respecto a ejercicios anteriores. La última cifra desglosada corresponde a 2017 y fueron 944.575 sociedades las que presentaron los datos cuando debían, y otras 192.522 depositaron cuentas de ejercicios anteriores.

En comparación, los expedientes resueltos por el ICAC son mínimos. En 2016 sólo fueron sancionadas 179 empresas, según los datos que publica en su memoria de actividades. En 2017 el número fue aún menor, 159, la cifra más baja desde 2012. El ICAC no facilita ni el importe global de las sanciones ni el individual, y tampoco identifica a las empresas multadas.

Es decir, no resulta penalizado ni un 0,15% de las sociedades infractoras. Tan residuales son las sanciones que el Colegio de Economistas advierte de la “relajación” que cunde en las empresas sobre sus obligaciones de depósito de cuentas. “Muchas han llegado a pensar que las sanciones no existen o que es tan poco probable que te multen que no presentar las cuentas no tiene consecuencias o que tiene carácter voluntario”, explica Francisco Gracia, presidente de Economistas Contables del Colegio de Economistas.

Cada comienzo de año el Registro Mercantil suministra al ICAC el listado de las empresas que no presentaron sus cuentas el ejercicio anterior. De ahí, el instituto selecciona una muestra aleatoria sobre la que después abre sus expedientes y decide sanciones. Ni el Registro Mercantil, ni el Ministerio de Justicia del que depende, ni el ICAC proporcionan el número de sociedades que cada año incumple su obligación de depósito. Un portavoz de Economía precisa que la muestra se selecciona primero cribando qué empresas se encuentran inactivas, después se miden según su tamaño y, finalmente, procuran repartir los expedientes entre todas las provincias “para que no haya sensación de impunidad”. El trabajo está al cargo únicamente de tres funcionarios, según consta en la memoria del organismo. Economía habla también de “racionalización de recursos” cuando se le menciona el escaso personal dedicado a la tarea.

Francisco Gracia se queja precisamente del pequeño tamaño de la muestra y de que ésta no tiene “criterios objetivos”. También de que sólo tres funcionarios se encarguen de este trabajo. Por el contrario, critica el elevado importe de las sanciones establecidas en la Ley de Sociedades de Capital: “Es desproporcionado llegar a los 300.000 euros”.

Se dispara el número de sociedades inactivas

Además de que afectan a un número “casi irrelevante” de empresas, se da el caso de que cada vez hay más sociedades inactivas, resalta Gracia, que ni se liquidan ni se extinguen para ahorrarse los costes que tienen esos trámites, “parecidos a los de constituirlas”. Lo que no significa que estén eximidas de presentar las cuentas. También es común que no se depositen “por intereses comerciales”, asegura el presidente de Economistas Contables.

El Registro Mercantil tampoco hace público el dato de cuántos cierres registrales ordena cada año a las empresas que no depositan cuentas. Ni la Agencia Tributaria informa de a cuántas revoca el NIF. Según sus estadísticas, en España había en 2016 un total de 361.961 empresas inactivas entre las que hacen la declaración del impuesto de sociedades. En el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019, el organismo destaca que las sociedades inactivas o con escasa o nula actividad son “una parte muy significativa del colectivo societario”. “A menudo han sido simplemente abandonadas por sus administradores y socios sin realizar los actos jurídicos que el ordenamiento prevé para los casos de terminación, extinción y disolución de la persona jurídica”, señala la Agencia Tributaria, que tacha de “muy perjudiciales” para la gestión adecuada de los recursos “este tipo de actitudes”.

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Por ese motivo, ampliará este año la depuración de los censos de empresas, revocando el NIF a las inactivas. Así, la Agencia Tributaria ha incluido en sus planes de gestión y de visitas de los inspectores un módulo de control y verificación censal de los datos declarados sobre la actividad de las sociedades. El plan utiliza términos muy duros para referirse a estas empresas y sus gestores. De hecho, subraya que con esta medida quiere impedir “la proliferación estéril de empresarios mercantiles societariamente aparentes que banalizan con su comportamiento la personalidad jurídica de la que el ordenamiento jurídico les dota”.

En efecto, el número de sociedades inactivas no hace más que crecer. Desde 2007, cuando la Agencia Tributaria contabilizaba 152.320, hasta 2016, la cifra se ha disparado un 137%. Antes de la crisis representaban el 7,32% de las empresas que debían pagar el impuesto de sociedades. En 2016 equivalían al 14,62%. Han aumentado mucho más de lo que lo ha hecho el censo total de empresas, un 18,9% desde 2007. Entonces el fisco tenía registradas 2,08 millones de sociedades; nueve años después son 2,47 millones. No todas ellas, en cualquier caso, están obligadas a inscribirse en el Registro Mercantil, como las cooperativas, las sociedades agrarias de transformación o las sociedades civiles.

Y ésa es otra anomalía. ¿Cuántas empresas están inscritas en los registros mercantiles? El Registro no facilita el número de sociedades que tiene inscritas, ni en sus memorias estadísticas anuales ni a petición de infoLibre. Sólo publica la cifra de las que se constituyen o se extinguen cada año.

La Ley de Sociedades de Capital obliga a las empresas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil antes de que haya transcurrido un mes desde su aprobación. Si no lo hacen, se arriesgan al cierre registral: el Registro Mercantil les prohíbe inscribir ningún documento, excepto el cese de los administradores, la revocación de poderes y la disolución de la propia sociedad. Pero, además, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía, debe abrir un expediente a la empresa infractora e imponerle multas de 1.200 a 60.000 euros e incluso de hasta 300.000 euros si la sociedad factura más de seis millones de euros anuales.

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