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TRIBUNAL DE CUENTAS

Empleo deja que prescriba una deuda de 81,6 millones de euros por falta de control en prestaciones de paro cobradas indebidamente

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La falta de control del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el antiguo Inem, sobre la gestión de las prestaciones de paro cobradas de forma indebida le impide recuperar 81,6 millones de euros. Las reclamaciones prescriben a los cuatro años. Se trata del 10,6% del saldo de deuda a 31 de diciembre de 2013 y corresponde a deuda anterior a 2010 que no ha sido tramitada a tiempo. En 2013 el SEPE tenía pendientes de reingreso un total de 769 millones de euros, correspondientes a 418.272 personas. Es la cifra resultante del inventario que el Tribunal de Cuentas ordenó hacer al organismo dependiente del Ministerio de Empleo para gestionar su gestión. Porque el SEPE carece de un registro de contable de los derechos de cobro y de una base de datos histórica sobre los cobros indebidos, tampoco cuenta con una aplicación informática específica para gestionar esta deuda.

Según el informe de fiscalización elaborado por el Tribunal de Cuentas, el descontrol es tal que el saldo resultante de ese inventario es entre un 25% y un 28% superior al que los servicios centrales y las direcciones provinciales del SEPE remitieron al órgano. También aparecieron casi 100.000 deudores más que los contabilizados por Empleo. Es más, las cifras enviadas por el SEPE y por sus direcciones provinciales ni siquiera coincidían. Para el Tribunal de Cuentas, las discrepancias revelan el “deficiente control” y la “inadecuada” gestión que Empleo hace de esta deuda por las “incoherencias, inconsistencias y errores” de los datos que maneja.

El informe se detiene a analizar el trabajo de las direcciones provinciales del SEPE en Madrid y Barcelona. Los errores e ineficiencias de la gestión, sumadas a la falta de medios técnicos y de personal en ambas, producen demoras considerables en los trámites. Así, tanto Madrid como Barcelona tardan una media de dos años y medio –883 y 927 días, respectivamente– en emitir una certificación de descubierto. La de Madrid puede tardar casi un año –330 días– sólo en detectar un cobro indebido. “En diciembre de 2014”, destaca, “se estaban tramitando las certificaciones de descubierto de expedientes correspondientes al ejercicio de 2011”. Es decir, si se sigue manteniendo ese ritmo de tramitación, harían falta 16 años en Madrid y 18 años en Barcelona para resolver las 13.866 certificaciones de descubierto pendientes en la primera dirección provincial y las 24.420 pendientes en la segunda.

Esos cobros indebidos no son sólo imputables a trabajadores. Tampoco equivalen siempre a conductas fraudulentas. Hay casos en que es el empresario quien debe reintegrar las prestaciones percibidas indebidamente “por causa no imputable al trabajador”; por ejemplo, si el juez declara improcedente o nulo su despido.

El 52% de la deuda de las empresas, de díficil cobro

La deuda de las empresas tampoco la tiene contabilizada el SEPE. Según el Tribunal de Cuentas, Empleo no le envió dato estadístico alguno sobre la deuda derivada de la responsabilidad empresarial. Del inventario hecho a instancias del órgano fiscalizador, no obstante, surgió una cifra: 47,2 millones de euros, correspondiente a 5.593 empresas. El informe considera que el 52% de esa cantidad “de muy difícil cobro”: el 65% de las empresas están dadas de baja en el fichero general de afiliación a la Seguridad Social. Otras 36 sociedades se habían declarado insolventes. Y cifra en 1,22 millones de euros los créditos que son sencillamente incobrables. El SEPE no lo sabía porque no consulta los ficheros de empresas de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Tampoco recibe la información pertinente del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que paga salarios e indemnizaciones de las empresas en quiebra. Pese a que la ley le obliga a comunicar al SEPE qué trabajadores perciben salarios de tramitación –mientras esperan sentencia tras un juicio por despido–, no siempre lo hace, o lo hace con mucho retraso, asegura el Tribunal de Cuentas.

Finalmente, el SEPE no cruza sus datos ni con los servicios de empleo autonómicos –para saber qué perceptores de ayudas rechazan ofertas de empleo o abandonan cursos de formación, por ejemplo–ni con el Registro Civil –para saber si algún perceptor de prestaciones ha fallecido– ni con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) –a fin de conocer las sentencias favorables a los trabajadores tras un despido–. Ni siquiera el banco con que el SEPE tiene contratado –desde el 15 de diciembre de 2009 y hasta el 16 de diciembre de 2015– para gestionar los reintegros, le proporciona la información necesaria, asegura el órgano fiscalizador.

O se reclama dos veces o no se reclama en absoluto

Y las consecuencias no son menores. En Madrid, detalla el informe, ha ocurrido que, en el periodo entre que se recibe el fichero con los errores detectados en los cruces de ingresos y se identifica al deudor, se ha vuelto a reclamar una deuda que ya había sido abonada. O bien se ha trasladado el expediente a la vía ejecutiva para su gestión por la Tesorería de la Seguridad Social, por lo que se ha embargado a un trabajador por una deuda inexistente.

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No es de extrañar, pues, que en la Dirección Provincial de Madrid, el 82% de su saldo de deuda sea en realidad “deuda reintegrada o deuda duplicada”. Al tiempo, el impago en aplazamientos o fraccionamientos de la deuda alcanza en la capital del Estado el 54%, pero la dirección provincial ni emite la providencia de apremio ni aplica el recargo del 20%.

Además, la falta de integración de las aplicaciones informáticas utilizadas en la gestión y control de estos cobros indebidos de prestaciones provoca errores, datos duplicados y otras ineficiencias que obligan a los funcionarios a incorporar información “por procedimientos manuales”. También sucede que, al carecer la aplicación informática que gestiona las prestaciones de un aviso, cobros indebidos que han prescrito terminan compensadas con nuevas prestaciones por desempleo. Tampoco dispone el SEPE de un “manual de gestión de cobros indebidos”. Mientras, sus servicios centrales se limitan a “dictar instrucciones sobre aspectos parciales del procedimiento de gestión”, pero no coordinan las actuaciones de las 52 direcciones provinciales.

Finalmente, el informe del Tribunal de Cuentas reprocha a la Tesorería de la Seguridad Social que no reclame las prestaciones indebidas cobradas cuando el deudor es una administración, organismo o empresa pública. Así, ha dejado de cobrar casi 8,5 millones de euros.

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