La Inspección de Trabajo ha remitido a la Fiscalía de Toledo las actuaciones sobre los "incumplimientos salariales y prácticas laborales irregulares" del modisto Alejandro de Miguel, por apreciar un presunto delito contra los derechos de los trabajadores descrito en el artículo 311 del Código Penal y castigado con prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses.
Según ha informado CCOO en un comunicado, a raíz de la denuncia presentada por el sindicato en noviembre de 2016, la Inspección constató "numerosas prácticas anómalas e incumplimientos en materia salarial", por lo que el pasado mes de julio requirió a la empresa Grupo de Confección Cadenas SL, propiedad del mencionado modisto y de su familia, a abonar a sus trabajadoras las deudas no prescritas, entre 3.500 y 6.500 euros, a cada una de ellas.
CCOO ha detallado que el modisto realizó los correspondientes ingresos por transferencia bancaria "para aparentar el cumplimiento del requerimiento" de la Inspección, pero exigió a las trabajadoras que le devolvieran el dinero nada más recibirlo en sus cuentas, lo que hicieron todas menos una, que fue inmediatamente despedida.
Alejandro de Miguel, junto con sus hermanas y su madre —que figura como administradora de la empresa, aunque es el diseñador "quien en todo momento hace de representante de la mercantil"—, convocó a esta trabajadora para exigirle que devolviera el dinero.
La mujer grabó esta conversación, en la que el diseñador y sus familiares exigen a la trabajadora el dinero que le habían ingresado por requerimiento de la Inspección; y subrayan en varias ocasiones que "todas las demás lo han devuelto".
Tras conocer estos hechos, el pasado 21 de agosto CCOO amplió su denuncia inicial ante la Inspección de Trabajo, aportando el 11 de septiembre la grabación facilitada al sindicato por la trabajadora y su transcripción textual. La Inspección, según CCOO, avala con diferentes pronunciamientos del Tribunal Constitucional la "licitud" de esta grabación, que también ha aportado a la Fiscalía junto con su transcripción.
Además, para confirmar la veracidad de la grabación y de "los gravísimos hechos que en ella se revelan", la Inspección requirió a una entidad bancaria los movimientos de cuentas de varias trabajadoras "a efectos de poder comprobar la retirada de dicho efectivo para, supuestamente, devolvérselo al empresario, ya que se podría estar ante un posible delito del artículo 311 del Código Penal".
Los extractos facilitados por el banco muestran que las trabajadoras retiraron de inmediato de sus cuentas el dinero que les acababa de ingresar Alejandro de Miguel. Corroborados así los hechos denunciados por CCOO y revelados por la grabación aportada por la trabajadora despedida, la Inspección ha remitido a la Fiscalía sus actuaciones y las pruebas acumuladas que apuntan al mencionado delito penal.
Posibles delitos
El Ministerio Fiscal deberá ahora estudiar "los posibles delitos que se castigan con las penas de prisión de 6 meses a 6 años y multa de 6 a 12 meses"; y las pruebas de las que dispone para demostrarlos; y en su caso formular la correspondiente denuncia penal contra el responsable de la empresa Grupo de Confección Cadenas SL.
En este sentido, la Inspección señala que, "aunque no es el administrador de la empresa, se entiende que don Alejandro Jiménez Tirado (Alejandro de Miguel) es realmente el dueño de la misma", quien ha actuado y adoptado las decisiones del artículo 31.1 del Código Penal y, por tanto, quien debe responder personalmente de las posibles penas derivadas de la conducta presuntamente delictiva.
Entre otras muchas pruebas de ello, el informe remitido a la Fiscalía por la Inspección aporta los movimientos de la cuenta bancaria de Alejandro de Miguel, donde "se comprueba cómo realiza transferencias a las trabajadoras y realiza facturaciones de comercio fuera de la propia cuenta de la mercantil".
Por todo ello, "se entiende que don Alejandro es el responsable principal de tener a los trabajadores con condiciones inferiores a las que se establecen legalmente, exigir la devolución del dinero transferido y de adoptar medidas sancionadoras de despido en caso de no atender sus exigencias, mediante supuestas amenazas y coacciones", ha informado el sindicato.
Tras las sanciones impuestas el pasado verano, la Inspección ha seguido constatando otros incumplimientos laborales y salariales por Alejandro de Miguel, emitiendo primero los correspondientes requerimientos y después imponiendo sanciones al afamado modisto.
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"Entre las prácticas habituales de su empresa está el abono de nóminas cerca de 200 euros inferiores a lo establecido en el convenio, si bien las trabajadoras debían firmar que reciben mensualmente el salario de convenio; el impago de varios pluses y de las pagas extras establecidas en el convenio, e incluso el impago del mes de vacaciones ("por tradición, aquí las vacaciones no se pagan", dice Alejandro de Miguel en la grabación mencionada). Todos estos incumplimientos afectan a toda la plantilla, si bien se agravan en el caso de algunas trabajadoras".
Al tiempo, CCOO tramita demanda de nulidad del despido de la trabajadora que rehusó devolver a la empresa el dinero que le ingresaron por requerimiento de la Inspección; así como el de otra trabajadora que fue despedida previamente; y a la que presuntamente obligó a firmar la recepción del dinero del finiquito, aunque luego no se lo ingresó.
La Inspección de Trabajo ha remitido a la Fiscalía de Toledo las actuaciones sobre los "incumplimientos salariales y prácticas laborales irregulares" del modisto Alejandro de Miguel, por apreciar un presunto delito contra los derechos de los trabajadores descrito en el artículo 311 del Código Penal y castigado con prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses.