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Multas millonarias y un Código Penal más duro: enero, mes negro para contratar falsos autónomos

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Enero ha sido un mes negro para las empresas que mantienen su estructura de negocio sobre la contratación de falsos autónomos. El balance de enero incluye una multa a Glovo de 56,7 millones de euros por emplear falsos autónomos, una sentencia contra Amazon por mantener a repartidores en el mismo régimen y la entrega en vigor de una reforma del Código Penal que ahora contempla penas de cárcel por esta práctica. Febrero arranca en la misma línea: este jueves el Parlamento europeo ha reconocido la “presunción de asalariados” de los repartidores, lo que podría beneficiar a 28 millones de trabajadores de estas plataformas digitales.

Por fin existe esta lucha contra la figura del falso autónomo”, declara a infoLibre María José Landaburu, portavoz de la Unión de Autónomos UATAE. “Es un cambio que se ha puesto en marcha en esta legislatura. Era una reivindicación histórica que la inspección actuara. Es negativo para los propios falsos autónomos, porque es evidente que les están hurtando derechos. Pero también supone una “competencia desleal" para el resto de trabajadores”, añade Landaburu.

La portavoz estima que aún existen alrededor de 250.000 falsos autónomos en España, aunque reconoce la dificultad de la estimación. Según ha podido conocer infoLibre con otra fuente conocedora de los datos, la mayor parte se concentra en tres sectores: transporte y almacenamiento (que incluye plataformas de reparto), actividades administrativas y servicios auxiliares y, por último, comercio al por mayor y por menor, incluyendo reparación de vehículos y bicicletas (talleres). 

Glovo, la única que se mantiene en rebeldía

La empresa española Glovo ha vuelto a ser multada en enero por la Inspección de Trabajo. Se le exigen 56,7 millones de euros. Trabajo sanciona a la plataforma tecnológica por emplear a 7.022 falsos autónomos y mantener a 813 trabajadores extranjeros sin permiso de trabajo. En total, la factura de multas de Trabajo a Glovo asciende a 205,3 millones por incumplimientos de la ley que han afectado a 37.348 trabajadores. La ley rider, que entró en vigor en agosto de 2021 con el acuerdo de patronal y sindicatos, obliga a las plataformas de reparto a contratar a los asalariados.

“Esto es resultado de mucho tiempo, muchas denuncias de trabajadores, de muchas inspecciones, muchas actas… Ha sido un proceso largo hasta llegar a este momento”, celebra María José Landaburu, de la asociación de autónomos. El cambio es que ahora la ley rider reconoce la “presunción de laboralidad” de estos falsos autónomos.

Este martes, el Parlamento Europeo ha dado un paso en esta dirección. El organismo reconoce esta presunción para aquellos que trabajan como repartidores en las plataformas de mensajería, como Uber, Just Eat o Deliveroo. Esta última dejó de operar en España tras la aprobación de la ley rider.

“Esta situación no es exclusiva en este país. Es un fenómeno recurrente en aquellos países y lugares donde el trabajo autónomo es un chollo para las empresas. Si un repartidor no les gusta, basta con decir que mañana no vuelvan. Los autónomos no tenemos los mismos derechos como asalariados, como la sindicación, huelga, participar en comités, disfrute de vacaciones, bajas por enfermedad…”, lamenta la portavoz de UATAE. 

“De las empresas de reparto, la única que se ha puesto en rebeldía es Glovo, el resto ha incorporado a sus trabajadores”, añade Landaburu. Según cifras del Ministerio de Trabajo, en España se han regularizado más de 80.000 autónomos desde el año 2020; la mitad, en 2022, lo que supone una cifra récord para un solo año. 

Amazon Flex, el sistema que no consigue sortear la ley rider

En los últimos días, el Juzgado de lo Social número 14 de Madrid ha condenado a Amazon por mantener a 2.166 repartidores como falsos autónomos que, según la mencionada ley rider, también tendrían que haber sido contratados. La tecnológica emplea el método que presenta como Amazon Flex, por el que estos utilizan sus propios vehículos de reparto, lo que, según la tecnológica, les hace ser autónomos con todas las de la ley. 

La tecnológica ha declarado este viernes que va a recurrir la sentencia: “Respetamos la resolución judicial, pero no estamos de acuerdo y vamos a presentar un recurso. En Amazon estamos comprometidos con la creación de oportunidades en las comunidades en las que operamos", han asegurado fuentes de la multinacional a Europa Press.

“Creo que es imprescindible perseguir estas conductas. Consiste en establecer una estructura empresarial y balance de negocios en los que los trabajadores no tengan derechos”, critica María José Landaburu, que ha realizado una tesis doctoral sobre los derechos fundamentales del trabajo autónomo. “Esto no solo ocurre en las grandes tecnológicas. Lo vemos en consultoras, despachos de abogados, de arquitectos, los captadores de socios de ONG… ¡pasa hasta en las clínicas dentales!”, resalta la portavoz de la asociación de autónomos. 

Un Código Penal más duro

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En diciembre, el Gobierno acometió una reforma del Código Penal para dificultar más los reiterados incumplimientos de la ley rider, como ha sentenciado el juez en numerosas ocasiones. El artículo 311 enumera los actos que supondrán penas de prisión de hasta seis años. La reforma ha añadido un nuevo párrafo: “Los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.

En la filosofía de este endurecimiento, el Gobierno considera que la incorporación de las nuevas tecnologías al mercado del trabajo ha propiciado una forma de esquivar  responsabilidades empresariales mediante el “camuflaje jurídico del trabajo por cuenta ajena bajo otras fórmulas que niegan a las personas trabajadoras los derechos individuales y colectivos”.

Tras la entrada en vigor de este endurecimiento, este jueves, el secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, ha explicado que, aunque esta nueva legislación penal no se puede aplicar con carácter retroactivo, ha advertido de su aplicación sobre una compañía como Glovo, ante sus reiterados incumplimientos: "No es tan importante cuándo se produjeron los incumplimientos, sino el hecho de que no se reparen, a pesar de que la Inspección insista a la empresa a que lo haga", ha señalado el secretario de Estado. Unos días antes, también se pronunció la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz: "Ninguna empresa en España, por muy grande o pequeña que sea, se va quedar al margen de la ley", remachó la ministra de Trabajo.

Enero ha sido un mes negro para las empresas que mantienen su estructura de negocio sobre la contratación de falsos autónomos. El balance de enero incluye una multa a Glovo de 56,7 millones de euros por emplear falsos autónomos, una sentencia contra Amazon por mantener a repartidores en el mismo régimen y la entrega en vigor de una reforma del Código Penal que ahora contempla penas de cárcel por esta práctica. Febrero arranca en la misma línea: este jueves el Parlamento europeo ha reconocido la “presunción de asalariados” de los repartidores, lo que podría beneficiar a 28 millones de trabajadores de estas plataformas digitales.

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