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VIOLENCIA DE GÉNERO

Una cadena de errores y la urgencia de mejorar protocolos: las lecciones tras el caso de violencia vicaria en Sueca

Una mujer con un cartel en el que se lee 'Violencia vicaria' participa en una concentración feminista.

Jordi es la primera víctima de violencia vicaria en lo que va de año. Este domingo, su padre, condenado por malos tratos, terminó con la vida del menor de once años en la localidad valenciana de Sueca. Desde que en 2013 se inició el recuento, son ya 47 los menores asesinados a manos de sus padres. El pasado 2021 se cerró como uno de los años récord en violencia vicaria, pese al descenso en el número de mujeres asesinadas a consecuencia de la violencia machista. El caso que se dio a conocer este domingo deja muchos interrogantes, algunas lecciones y la certeza de que los protocolos tienen todavía un amplio margen de mejora.

Este lunes, la ministra de Igualdad, Irene Montero, aseguró que es una cuestión urgente "entender qué está fallando" y desplegar "los mecanismos institucionales y sociales" que permitan "llegar siempre a tiempo y proteger de forma efectiva" a las víctimas. Para entender qué está fallando, es necesario saber qué es lo que ha pasado. En julio de 2021, el matrimonio presenta una demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Lo hace ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 5 de Sueca, competente en materia de familia. Entonces se establece un convenio regulador –es decir, un acuerdo de divorcio– con custodia compartida sobre el pequeño.

Un mes después, sucede algo determinante: el agresor es condenado como autor de un delito de malos tratos. La sentencia la dicta el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4, competente en violencia sobre la mujer. La condena: cuarenta días de trabajo en beneficio de la comunidad, ocho meses de alejamiento y prohibición de comunicación con respecto a su exmujer y dieciséis meses y dos días de prohibición de tenencia de armas. Pero sobre todo, el fallo establece que la custodia y patria potestad recae sobre la madre. El régimen de visitas queda suspendido y se fija una pensión de alimentos para el menor. 

En septiembre, no obstante, ambos ratifican en el primer juzgado el convenio regulador presentado en julio, incluida la custodia compartida. Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana señalan que "ninguno de los cónyuges informa al juzgado de familia de la existencia de un procedimiento penal por malos tratos y de la sentencia dictada". ¿Por qué? Sin conocer la respuesta, lo cierto es que existen muchos matices que pueden condicionarla. Para empezar, el miedo. "En una situación como esa, las mujeres solo quieren terminar el proceso. Esa mujer posiblemente estaría muerta de miedo y querría terminar, en una situación así se renuncia a todo". Habla Altamira Gonzalo, vicepresidenta de Themis Mujeres Juristas. Coincide la abogada Consuelo Abril. "Esta señora es una víctima de maltrato, está en una situación de peligro y de miedo", señala la letrada, especialista en violencia sobre las mujeres.

Aunque en el momento del crimen el hombre no gozaba de un régimen de visitas, sino que tenía la custodia compartida, una portavoz de la familia materna aseguró este lunes que el niño solía permanecer con su padre los domingos. Una situación que las voces consultadas enmarcan, de nuevo, en la situación excepcional por la que transitan las víctimas de violencia. Aquí no entra en juego solamente el miedo que atraviesa a las mujeres, sino también la desconfianza en las instituciones. ¿Por qué ese niño pasaba los domingos con el padre maltratador? "Las víctimas tendrían que creer en la justicia para poder pedir auxilio, pero no lo hacen porque hay fallos enormes", señala Consuelo Abril. En la memoria de todos resuenan casos como el de Itziar Prats y Ángela González Carreño, víctimas no solo de violencia machista, sino de la violencia institucional que todavía hoy pesa sobre las mujeres.

Cadena de errores

Las mismas fuentes del TSJ valenciano insisten en que "ninguno de los cónyuges ni sus letrados comunica" el proceso penal que impone condena firme contra el maltratador, pero además el sistema informático no cuenta con "una alerta que salte" ante un caso de violencia machista y "por protocolo no se miran los antecedentes". En cualquier caso, las voces consultadas no lo achacan a "una falta de coordinación".

La magistrada Lucía Avilés hace balance de lo sucedido. "Hay un proceso civil y otro penal, no hay un cruce de datos y probablemente se confía en la buena fe procesal y en el buen hacer de las partes". Ocurre, además, que si el juzgado con competencias en violencia sobre la mujer "hubiera sabido que está en trámite un proceso civil, lo habría requerido para que se inhibiera". Por protocolo, así debería haber sido. Avilés recuerda que cuando existe un caso de violencia, especialmente con sentencia condenatoria, "la mediación está prohibida", por lo que el convenio regulador respecto al divorcio no tendría que haberse producido.

"No hay una base de datos única con el historial familiar y no hay una comunicación de las partes", insiste. La cadena de errores se asienta sobre la falta de información, los flecos sueltos y el amplio margen de mejora del sistema judicial. Este mismo lunes, la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, apostó precisamente por trabajar esa vía: "Todavía se puede mejorar la legislación".

Mejorar los protocolos y las prácticas

Según el estudio Violencia vicaria: un golpe irreversible contra las madres, firmado por la psicóloga clínica y perita judicial Sonia Vaccaro, en el 44% de los casos estudiados el crimen se comete durante el régimen de visitas del padre biológico. El 18% en algún momento de la convivencia, generalmente cuando el padre está al cuidado del menor y otro 18% durante o después de una agresión del padre a la madre.

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Las expertas creen que el caso de violencia vicaria conocido este domingo debe hacer saltar todas las alarmas hacia una mejora de los protocolos y las buenas prácticas. Se ha producido un "cúmulo de despropósitos y malas prácticas", lamenta Abril, por parte de los propios abogados, al no poner en el centro la violencia de género, pero también de los jueces y fiscales. "El Ministerio Fiscal y el juez tendrían que haber revisado ese convenio regulador de divorcio", completa Gonzalo, quien estima que los casos de violencia de género en la localidad no pueden ser tan abundantes como para hacer imposible una comprobación. "Es una dejación brutal por parte de los juzgados y de la Fiscalía".

Una buena práctica, señalan las voces consultadas, sería precisamente mejorar el sistema informático para que, ante un caso de violencia machista –incluso cuando el procedimiento está solo en fase de denuncia, dicen las especialistas–, salten los avisos pertinentes para que todos los operadores jurídicos sean conocedores de la situación. También sería positivo que, en casos de divorcio con un menor de por medio, el fiscal indague todas las circunstancias subyacentes, incluso cuando la separación se produce de mutuo acuerdo. "Sería una mejora que el fiscal no solo revise el papel, sino que cuente con un cuestionario adicional sobre cómo será la práctica de la guardia y custodia compartida, o sobre posibles antecedentes de violencia de género. Incluso sería positivo que se escuchara al menor", sugiere Abril.

La Ley de Infancia aprobada el año pasado modifica el Código Civil para, en los casos de violencia de género, decretar una suspensión automática del régimen de visitas. Según publicaba la Cadena Ser el diciembre pasado, desde la entrada en vigor de la norma los casos en los que se prohíbe el régimen de visitas a los maltratadores han pasado del 3% al 81%. "El legislador nos está diciendo que la violencia de género y la violencia vicaria se entrecruzan, no son compartimentos estancos", reflexiona Avilés, "pero también nos dice que un maltratador no es un buen padre".

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