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El Constitucional blinda el derecho al aborto mientras las comunidades ponen trabas a las mujeres

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Trece años, dos reformas, una movilización masiva y una dimisión después, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado este martes sobre el recurso interpuesto por el Partido Popular contra la Ley del Aborto de 2010. Y ha sido claro: la ley de plazos es constitucional y el de la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho blindado. Los términos están claros, pero el reto ahora es que las comunidades respeten ese derecho reconocido de las mujeres y dejen de interponer trabas para su libre ejercicio. En estos trece años, las mujeres no solo han convivido con la incertidumbre, sino que han asumido un sinfín de obstáculos que de facto ponían en duda su legítimo derecho.

Pero primero, ¿qué dice la sentencia? "El respeto al derecho fundamental de la mujer a la integridad física y moral (art. 15 CE), en conexión con su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad (art. 10.1), exigen del legislador el reconocimiento de un ámbito de libertad en el que la mujer pueda adoptar razonablemente, de forma autónoma y sin coerción de ningún tipo, la decisión que considere más adecuada en cuanto a la continuación o no de la gestación", señalan los magistrados. Estas conclusiones han obtenido siete votos a favor y cuatro discrepantes.

Marisa Soleto, presidenta de la Fundación Mujeres, se mueve entre la celebración y la imposibilidad de ignorar la anomalía democrática que han supuesto los trece años de espera. "La sociedad española y particularmente las mujeres no pueden estar trece años en un terreno de incertidumbre, porque si el sentido de la sentencia hubiese sido otro estaríamos ante uno de los peores retrocesos en materia de derechos", dice en conversación con infoLibre. Pero además, abunda, esos trece años de retraso han contribuido a "dificultar la aplicación y mejora de las medidas de avance", particularmente todo aquello que tiene que ver "con el acceso y prestación de servicios". "Es más fácil que haya una resistencia a aplicar determinadas medidas de ejecución si la norma está sometida al cuestionamiento constitucional", expone la también jurista. "Estamos que la decisión del Tribunal Constitucional lo revierta".

En España, según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, correspondientes al año 2021, el 84,33% de las interrupciones voluntarias del embarazo se practican en centros privados. El llamativo porcentaje no es el peor de la serie histórica: en 2010 ascendía al 98,16%. En un total de cinco comunidades, los únicos centros que notificaron interrupciones fueron de titularidad privada. Son Madrid, Murcia, Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura.

Tal y como publicó en su día el diario Newtral, entre los años 2010 y 2020 hasta once provincias no practicaron ni un solo aborto: Huesca, Teruel (Aragón), Ávila, Palencia, Segovia, Soria, Zamora (Castilla y León), Cuenca, Guadalajara, Toledo (Castilla-La Mancha) y Cáceres (Extremadura). Sin embargo, los datos oficiales revelan que en estas provincias sí constan mujeres que han solicitado abortar, lo que significa que para hacerlo han tenido que desplazarse a otros territorios, con el coste que conlleva. Es uno de los grandes lastres que entorpece el buen funcionamiento de la ley.

El mismo diario también desveló recientemente la existencia de comunidades cuyos comités clínicos rechazan hasta un 20% de las peticiones de interrupción del embarazo a partir de la semana vigésimo segunda. La ley de 2010 permite interrumpir el embarazo en ese plazo sólo cuando se trate de una malformación incompatible con la vida o una enfermedad extremadamente grave, circunstancias que deben ser valoradas por un comité. Muchas de las mujeres que se han topado con el no de los expertos, han tenido que interrumpir sus embarazos en el extranjero.

La norma confeccionada por la socialista Bibiana Aído en 2010 contemplaba una figura, la Alta Inspección, encargada de velar por que "se garantice la igualdad en el acceso a las prestaciones y servicios establecidos" por el sistema sanitario en lo relativo a las interrupciones voluntarias del embarazo. Sin embargo, en estos trece años no ha sido capaz de cumplir con sus objetivos.

La jurista Altamira Gonzalo celebra que la decisión del Tribunal Constitucional dé la razón al "movimiento feminista que defendió con mucha fuerza y con mucha unidad el mantenimiento de esta ley, frente a los ataques del Partido Popular". La sentencia, agrega, "reconoce el derecho de la mujer a decidir libremente sobre su maternidad y reconoce también que este derecho forma parte de los derechos constitucionales que el Estado debe respetar".

En ese contexto, entiende que la consecuencia lógica debería ser el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo sin trabas ni diferencias territoriales. Pero reconoce que "no se van a derivar, necesariamente, esos efectos". Sí sería un paso de gigante, opina, ir un poco más allá: introducir el derecho al aborto en la Constitución.

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"Es muy importante porque eso dificultará en el futuro el cuestionamiento de este derecho, reivindicado por las mujeres desde hace décadas y siempre cuestionado por el patriarcado", añade Gonzalo. "Cuanto más se consolide y asegure, más efectividad tendrá en todas sus manifestaciones, también en la del derecho a que sea satisfecho en el propio lugar de residencia". Soleto comparte el diagnóstico. "Llegan propuestas interesantes a nivel internacional: blindarlo constitucionalmente. Sería una buena manera de contestación", razona.

El 2 de agosto de 2022, los ciudadanos de Kansas decidieron, a través de las urnas, consagrar el derecho al aborto a través de su Constitución. Se consolidaba así uno de los muchos pasos que vienen dándose en respuesta a la ofensiva contra el aborto en Estados Unidos, desde que el Tribunal Supremo anulara la sentencia Roe contra Wade. La decisión adoptada en agosto del año pasado, fue enseguida replicada en otros estados. Siguieron la estela Michigan, California y Vermont.

Con los ojos puestos en el continente americano, algo parecido podría pasar a miles de kilómetros, en Francia. El pasado mes de febrero, la Cámara Alta votó a favor de proteger el aborto como un derecho constitucional. No suena descabellado. A nivel europeo, la necesidad de preservar los derechos reproductivos de las mujeres también ha calado. A principios de julio de 2022, el Parlamento Europeo pidió –a través de una resolución aprobada con 324 votos a favor, 155 en contra y 38 abstenciones– incorporar el derecho al aborto en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. La sugerencia no es otra que añadir, en el artículo séptimo, que "toda persona tiene derecho a un aborto seguro y legal".

Trece años, dos reformas, una movilización masiva y una dimisión después, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado este martes sobre el recurso interpuesto por el Partido Popular contra la Ley del Aborto de 2010. Y ha sido claro: la ley de plazos es constitucional y el de la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho blindado. Los términos están claros, pero el reto ahora es que las comunidades respeten ese derecho reconocido de las mujeres y dejen de interponer trabas para su libre ejercicio. En estos trece años, las mujeres no solo han convivido con la incertidumbre, sino que han asumido un sinfín de obstáculos que de facto ponían en duda su legítimo derecho.

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