La Fiscalía Especializada en Violencia sobre la Mujer ha comenzado a analizar con la ayuda de Instituciones Penitenciarias (IIPP) cada caso en el que menores visitan en prisión a sus progenitores que son presos preventivos o que han sido condenados por violencia de género.
Según avanza elDiario.es y ha podido confirmar en fuentes de esta fiscalía Europa Press, en un primer recuento fruto de un oficio que se dirigió a IIPP para conocer la situación real, el Ministerio Público detectó hasta 800 casos en los que menores acuden a centros penitenciarios para estas visitas.
Lo que se busca ahora es aplicar la reforma del artículo 94 de la Ley 8/2021, que dice que no procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos.
Incluye la nueva norma que tampoco procederá un régimen de visita cuando la autoridad judicial advierta la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género. Aunque matiza que la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial.
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Esa nueva redacción resalta que "no procederá en ningún caso el establecimiento de un régimen de visitas respecto del progenitor en situación de prisión, provisional o por sentencia firme, acordada en procedimiento penal por los delitos previstos en el párrafo anterior", es decir, por delitos de violencia doméstica y de género.
Caso a caso
Ahora, con el listado de IIPP de los más de 800 casos sobre la mesa, desde la Fiscalía se quiere revisar cada uno de los supuestos, para lo que se ha acordado que con Prisiones, organismo dependiente del Ministerio del Interior, dirigir oficio a los centros para que pongan en conocimiento de cada juzgado competente en cada procedimiento las situaciones en las que los presos reciben a los menores, y si es algo que viene derivado de resolución judicial.
Las fuentes consultadas explican que algunos directores de centros penitenciarios lo ponen también en conocimiento del fiscal para que informe, y añaden que ahora deben examinar si esas visitas obedecen a una resolución judicial o se hacen al margen, para luego decidir siempre dando prioridad al interés superior del menor y al principio de legalidad.
La Fiscalía Especializada en Violencia sobre la Mujer ha comenzado a analizar con la ayuda de Instituciones Penitenciarias (IIPP) cada caso en el que menores visitan en prisión a sus progenitores que son presos preventivos o que han sido condenados por violencia de género.